Boletín nº 1 (02-01-2024)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Zuheros

Nº. 5.469/2023

DON JUAN MANUEL POYATO CUENCA, Alcalde Presidente del Ayuntamiento de Zuheros (Córdoba), hace saber:

Que por la Alcaldía del Ayuntamiento de Zuheros se ha dictado Resolución de fecha 13 de diciembre de 2023, la que se suprime la Base Undécima-Formación Bolsas de Trabajode las reguladoras del proceso selectivo convocado para la cobertura por el sistema de concurso de las plazas pertenecientes a la Oferta de Empleo Público para la Estabilización del empleo temporal de este Ayuntamiento, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público cuyas bases fueron publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba, de 30 de diciembre de 2023, con rectificaciones en  el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba, de 1 de marzo de 2023 y 28 de noviembre de 2023, del tenor literal siguiente:

"RESOLUCIÓN

GEX 237/2023

Visto el reducido número de solicitudes presentadas para participar en el proceso selectivo convocado para la cobertura de las plazas pertenecientes a la Oferta de Empleo Público para la Estabilización del empleo temporal de este Ayuntamiento, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo publico cuyas bases fueron publicadas en el  Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba, de 30 de diciembre de 2023, con rectificaciones en  el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba, de 1 de marzo de 2023 y 28 de noviembre de 2023.

Considerando que la Base Undécima establecía que, una vez finalizado el proceso selectivo y efectuada la adjudicación del destino, mediante Resolución de Alcaldía se formará una Bolsa de Trabajo para la celebración de contratos laborales temporales en esta Entidad por razones motivadas de necesidades del servicio, estando integrada por los aspirantes que hubieran participado en el proceso selectivo y hubieran alcanzado una puntuación mínima de 30 puntos.

Considerando que la Base Séptima establece un sistema selectivo excepcional de estabilización del empleo temporal de larga duración: concurso de méritos siendo la valoración máxima de los méritos 100 puntos de los cuales hasta 80 son por experiencia profesional.

Considerando que, conforme a lo establecido en el artículo 61 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido del la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, los procesos selectivos tendrán carácter abierto y garantizarán la libre concurrencia, sin perjuicio de lo establecido para la promoción interna y de las medidas de discriminación positiva previstas en este Estatuto añadiendo que los procesos selectivos que incluyan, además de las preceptivas pruebas de capacidad, la valoración de méritos de lo aspirantes solo podrán otorgar a dicha valoración una puntuación proporcionada que no determinará en ningún caso, por sí misma el resultado del proceso selectivo.

Por medio del presente,

RESUELVO:

PRIMERO. Suprimir la Base Undécima.- Formación de Bolsas de Trabajo de las reguladoras del proceso selectivo convocado para la cobertura por el sistema de concurso de las plazas pertenecientes a la Oferta de Empleo Público para la Estabilización del empleo temporal de este Ayuntamiento, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo publico cuyas bases fueron publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba, de 30 de diciembre de 2023, con rectificaciones en  el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba, de 1 de marzo de 2023 y 28 de noviembre de 2023.

SEGUNDO. Publicar la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba y en la Sede Electrónica Municipal dando emplazamiento expreso, a través del correo electrónico indicado en el Anexo III , a quienes resulten afectados, aperturando un plazo de quince días hábiles a partir de dicha publicación, para que manifiesten su voluntad de permanecer en el proceso selectivo o de desistir al mismo con devolución del importe de la tasa por derechos de examen satisfecha.

La falta de manifestación expresa de la voluntad de continuidad o renuncia en el plazo anterior de 15 días determinará la permanencia del solicitante en el proceso selectivo sin derecho a la devolución de la tasa por derecho de examen.

La manifestación expresa se realizará conforme al modelo anexo dirigido al Presidente de la Corporación y podrá presentarse manualmente en el Registro General del Ayuntamiento de Zuheros o telemáticamente conforme a lo dispuesto en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

TERCERO. La presente Resolución es definitiva en vía administrativa y contra la misma puede interponerse potestativamente recurso de reposición ante el mismo órgano que las hubiera dictado en el plazo de un mes o directamente recurso contencioso administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso Administrativo de Córdoba en el plazo de dos (2) meses, contados en ambos casos a partir de la publicación en el Boletín Oficial de la Provincia. En el caso de interposición de recurso de reposición, se deberá esperar a que este se resuelva y notifique, o bien a que pueda ser entendido como desestimado en virtud de silencio. No obstante ello, los/as interesados/as podrán interponer cualesquiera otros recursos si lo estiman pertinente.

Zuheros, a 15 de diciembre de 2023. Firmado electrónicamente por el Alcalde, Juan Manuel Poyato Cuenca.


Adjuntos: 5469_anexo.pdf |

Aviso jurídico

Cláusula de exención de responsabilidad aplicable a la información contenida en el BOP en conformidad con la Ley 5/2002, de 4 de abril, reguladora de los Boletines Oficiales de las Provincias.

  • El Boletín es un servicio público cuya edición y gestión corresponde a la Diputación, pero los textos se transcriben en la forma en que se hallen redactados y autorizados por el órgano remitente, sin que puedan variarse o modificarse salvo autorización previa de tal órgano.
  • La información contenida en las disposiciones y textos publicados es de carácter público y su publicidad es responsabilidad del firmante del documento.
  • No ofrece necesariamente información exhaustiva, completa, exacta o actualizada.

Buscar en boletines

Desde el año 2010

Categorías

Ir a un boletín

Calendario

Ir a un boletín

Boletines anteriores

www.dipucordoba.es Web de la Diputación de Córdoba

Sede

Créditos

Diputación de Córdoba

Eprinsa

Datos de contacto

Diputación de Córdoba. Plaza Colón 14071 Cordoba. Tfno:957 211 100 | Contactar

Intranet

Intranet

Tecnologías usadas

Xhtml1.0 válido

Accesibilidad