Boletín nº 5 (08-01-2024)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Añora

Nº. 5.541/2023

Por medio del presente se hace público que el Ayuntamiento Pleno, ha adoptado el día 18 de diciembre de 2023, el siguiente acuerdo, el mismo se somete a información pública por plazo de veinte días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, en el que cualquier persona interesada podrá presentar alegaciones:

Modificar el acuerdo adoptado el 17 de diciembre de 2021, por el Ayuntamiento Pleno, por el que se aprobó la cesión gratuita a la Comunidad Autónoma de Andalucía, el pleno dominio de un terreno a segregar de la parcela 26 del Polígono 3, propiedad del Ayuntamiento de Añora, con la finalidad de que en el mismo la Consejería de Salud y Familias de la Junta de Andalucía construya, equipe y ponga en funcionamiento el nuevo Consultorio Local de Añora.

Dicha modificación se entiende necesaria al haberse puesto de manifiesto en la redacción del proyecto básico y de ejecución del nuevo consultorio que la superficie del terreno que albergará el nuevo equipamiento es sensiblemente mayor a la inicialmente prevista. Al mismo tiempo se actualiza la información que contiene el acuerdo y al haberse avanzado en la tramitación del expediente.

En base a lo expuesto se aprueba la modificación del citado acuerdo cuyo texto íntegro queda redactado en los siguientes términos:

"En febrero de 2021, se recibió de la Delegación Territorial de Salud y Familias de Córdoba, escrito en el que se informaba de la inclusión en el Plan de Infraestructuras Sanitarias la construcción en Añora de un nuevo Consultorio Local como actuación prioritaria y se solicitaba al Ayuntamiento que decidiera el emplazamiento del futuro Consultorio.

El Ayuntamiento dio respuesta al citado escrito, comunicando que el nuevo Consultorio se ubicará en terrenos integrantes de la parcela 26 del Polígono 3 (referencia catastral 14006A003000260000XK), con acceso desde la calle Fernando Santos y que había sido recientemente adquirida.

Para que se puedan proyectar, licitar y ejecutar las obras del nuevo Consultorio es imprescindible que el Ayuntamiento ceda la propiedad del suelo necesario para albergar la nueva infraestructura sanitaria en la localidad a la Comunidad Autónoma de Andalucía.

El Ayuntamiento ha instruido expediente administrativo de cesión de la propiedad un bien patrimonial (nº Gex-499/2021) al que se han incorporado los documentos previstos en el artículo 51 del Decreto 18/2006, de 24 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales de Andalucía.

En base estos antecedentes y a que el artículo 26 de la Ley 7/1999, de 29 de septiembre, de bienes de las Entidades Locales de Andalucía permite que las entidades locales puedan ceder de forma total o parcialmente gratuita sus bienes a otras administraciones públicas, se adopta el siguiente acuerdo:

PRIMERO. El Ayuntamiento de Añora cede gratuitamente a la Comunidad Autónoma de Andalucía, con Nif. nº S4111001F, el pleno dominio de un terreno de 948 m², a segregar de la parcela 26 del Polígono 3, propiedad del Ayuntamiento de Añora e inscrita en el Registro de la propiedad en el Tomo 873, Libro 48, Folio 178, alta 5, finca registral N. 3055, con la finalidad de que en el mismo la Consejería de Salud y Familias de la Junta de Andalucía construya, equipe y ponga en funcionamiento el nuevo Consultorio Local de Añora.

La parcela a segregar y que será destinada a la construcción del Consultorio Local se situará en la esquina sur-oeste de la parcela 26 del Polígono 3 del término municipal de Añora, con fachada sur de 26,45 metros recayentes a la calle Fernando Santos, y fachada oeste de 40,65 metros al Vial Peatonal que comunica la calle Fernando Santos con la travesía de la carretera A-3177 de Pozoblanco a El Viso. Dicha parcela ha sido valorada según Informe Técnico firmado por la Arquitecta Técnica Municipal el 5/12/2023 e incorporado al expediente en 6.259,30 euros.

SEGUNDO. Se establece un plazo de seis años para que el bien inmueble cedido se destine efectivamente a la construcción, equipamiento y completa puesta en funcionamiento el nuevo Consultorio Local de Añora. Este plazo puede ser prorrogado mediante acuerdo del Ayuntamiento Pleno por causas debidamente justificadas acreditadas por la Entidad beneficiaria. El destino debe mantenerse durante los treinta años siguientes a la inauguración del Consultorio.

Si el bien inmueble patrimonial cedido no se destinase al uso previsto dentro del plazo antes señalado o dejase de estarlo posteriormente, se considerará resuelta la cesión y revertirán al Ayuntamiento de Añora con todas las mejoras realizadas, la cual tendrá derecho a percibir del beneficiario, previa tasación pericial, el valor de los detrimentos sufridos por el citado bien. Comprobado que no se destina el bien al uso previsto, será suficiente acta notarial que constate el hecho. El acta será notificada a la Entidad beneficiaria dándole un trámite de audiencia por plazo de quince días, a efectos de que pueda formular cuantas alegaciones estime procedentes. Finalmente, el Ayuntamiento, a la vista de las alegaciones presentadas resolverá la reversión.

TERCERO. Declarar el interés público de la presente cesión, que tiene como objetivo mejorar la infraestructura sanitaria de Añora, con la finalidad de garantizar una adecuada prestación de los servicios sanitarios que reciben las vecinas y los vecinos, y mejorar las condiciones de trabajo del personal sanitario.

CUARTO. El Ayuntamiento de Añora inició de oficio, por Resolución de la Alcaldía, de fecha 26 de noviembre de 2021, expediente administrativo para la concesión de licencia de segregación del bien inmueble objeto de la cesión y que ha quedado antes descrito. Por acuerdo de la Junta de Gobierno Local, celebrada el día 11 de diciembre de 2023, se ha concedido de oficio licencia de segregación del terreno 948 m² de la parcela 26 del polígono que se ceden en los términos del apartado primero del presente acuerdo. En este sentido, se adopta compromiso firme de tramitarlo simultáneamente con el expediente de cesión de la propiedad y concluirlo hasta la inscripción del inmueble a segregar y ceder en el Registro de la Propiedad.

QUINTO. El Ayuntamiento Pleno aprobó el 28 de marzo de 2023, la modificación de la Ordenanza Fiscal del Impuesto sobre Bienes Inmuebles e incluyó, al amparo de lo dispuesto en el artículo 62.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Haciendas Locales, una exención a favor de los bienes de que sean titulares los centros sanitarios de titularidad pública, siempre que estén directamente afectados al cumplimiento de los fines específicos de los referidos centros. Dicha exención está actualmente en vigor.

SEXTO. Someter a información pública el presente acuerdo mediante publicación de un anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia y en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento durante el plazo veinte días hábiles. En caso de que se presenten alegaciones será resueltas por el Ayuntamiento Pleno. En el caso que no presenten alegaciones el acuerdo ahora adoptado será considerado definitivo.

SÉPTIMO. Cumplido el trámite de información pública, dar traslado del presente acuerdo y del expediente instruido a la Dirección General de Patrimonio de la Consejería de Hacienda y Administración Pública de la Junta de Andalucía, instando su aceptación por el Consejo de Gobierno y a la formalización de la cesión mediante la firma del pertinente convenio administrativo, cuyo borrador figura en el Anexo a la Resolución del Director General de Patrimonio, de 10 de abril de 2018, por la que se dictan instrucciones sobre la tramitación de expediente de aceptación de la cesión gratuita del uso o la titularidad de bienes o derechos a favor de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y con el que este Ayuntamiento declara estar conforme.

OCTAVO. Inscribir en el Registro de la Propiedad la operación formalizada en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 27.4 de la Ley 7/1999, de 29 de septiembre, de Bienes de las Entidades Locales de Andalucía.

NOVENO. Dar traslado del presente acuerdo, remitiendo copia del expediente completo tramitado a la Dirección General de Patrimonio, a la Delegación Territorial de Salud y Familias y a la Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía en Córdoba.

DÉCIMO. Autorizar al Sr. Alcalde-Presidente a firma de todos los documentos que se deriven del presente acuerdo".

Lo que se hace público para general conocimiento.

Añora, 21 de diciembre de 2023. Firmado electrónicamente por el Alcalde, Bartolomé Madrid Olmo.

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