Boletín nº 26 (06-02-2024)
VI. Administración Local
Ayuntamiento de Lucena
Nº. 349/2024
Aprobada inicialmente por el Pleno de este Ayuntamiento, en sesión ordinaria, celebrada el día 29 de noviembre de 2023, la modificación del artículo 29 y Anexo I de la Ordenanza para la regulación del Comercio Ambulante en Lucena, y no habiéndose presentado reclamación o sugerencia alguna dentro del plazo de información pública y audiencia a los interesados habilitado al efecto mediante anuncio publicado en el Boletín Oficial de la Provincia nº 234, de 12 de diciembre de 2023, y Tablón de Edictos Municipal, se entiende definitivamente aprobado dicho acuerdo conforme a lo dispuesto en el artículo 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, según texto que se adjunta como anexo.
Contra dicho acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con sede en Sevilla, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, conforme a lo dispuesto en los artículos 10.1.b) y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, sin perjuicio de cualquier otro que se considere procedente.
Lucena, 30 de enero de 2024. Firmado electrónicamente por el Alcalde, Aurelio Fernández García.
Anexo
Artículo 29. Puestos
1. El mercadillo constará de ciento cuarenta y un (141) puestos en la ciudad de Lucena, y quince (15) puestos en cada una de las barriadas de Las Navas del Selpillar y Jauja.
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Anexo I
Plano de situación y dimensiones de los puestos ubicados en Recinto Ferial Nuevo-Lucena. Podrá consultarse en la dirección web:
https://sede.eprinsa.es/lucena/validacion-de-documentos (CSV: A413 7544 DDB2 A82B E3B6)