Boletín nº 33 (15-02-2024)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de El Guijo

Nº. 448/2024

ANUNCIO NOTIFICACIÓN 

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de, 1 de octubre, los interesados son desconocidos y se ignora el lugar de notificación, (infructuosa), por lo que se hace público el Decreto incoación de expediente de ejecución subsidiaria sobre orden de demolición del inmueble con referencia catastral 4724052UH4642S0001YW situado en Avenida Andalucía nº 7, de El Guijo (Córdoba), que a tenor literal dice lo siguiente:

Visto que en el expediente con referencia 361/2021, se dictó Resolución de Alcaldía, de fecha 03 de marzo de 2023, referente al expediente de declaración de situación legal de ruina urbanística del inmueble sito en Avenida Andalucía nº 7 de esta localidad con referencia catastral: 4724052UH4642S0001YW cuyo titular catastral: Herederos de Maria Josefa Aperador Gálvez y sin titularidad registral, según consta en el Registro de la Propiedad de Pozoblanco.

Visto el informe emitido por el Técnico Municipal, de fecha 07/07/2022, por el que se indica como medida a adoptar la demolición del inmueble en un plazo inmediato, para que el interesado hiciera efectivo su contenido y, habiéndose acordado la declaración de ruina física inmimente del inmueble, mediante Decreto de Alcaldía, de fecha 05 de mayo de 2023, ordenando dicha demolición con la advertencia que en caso de incumplimiento el órgano administrativo competente procedería a la utilización de los medios de ejecución forzosa, a cargo del interesado.

Vista acta emitida por el servicio de inspección urbanística municipal, de fecha 25 de enero de 2024, en la cual se pone en conocimiento de esta Alcaldía el incumplimiento de la orden referida, una vez transcurrido el plazo concedido al efecto.

Considerando que de acuerdo con el artículo 1 44 de la Ley 7/2021, de 1 de diciembre, de Impulso para la Sostenibilidad del Territorio de Andalucía, El incumplimiento de los deberes de conservación y rehabilitación facultará a la Administración actuante a adoptar las siguientes medidas:

a) Ejecución subsidiaria a costa del obligado, hasta el límite del deber normal de conservación, al que se refiere el artículo 1 44.3 de esta Ley.

b) Imposición de hasta diez multas coercitivas con periodicidad mínima mensual. Su importe, en cada ocasión, será del diez por ciento del coste estimado de las obras ordenadas, con un máximo de cinco mil euros y, en todo caso y como mínimo, seiscientos euros.

De acuerdo con los antecedentes y consideraciones expuestas, y en virtud de las atribuciones que me confiere el artículo 21.1.s) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local -LRBRL-,

RESUELVO

PRIMERO. Incoar expediente de ejecución subsidiaria relativo a la orden de ejecución consistente en demolición del inmueble sito en Avenida Andalucía nº 7, con referencia catastral: 4724052UH4642S0001YW, en contra de su propiedad que, según los datos obrantes en el expediente, su titular catastral: Herederos de Maria Josefa Aperador Gálvez y sin titularidad registral según consta en el Registro de la Propiedad de Pozoblanco, una vez constatado su incumplimiento por el interesado en el plazo concedido al efecto.

SEGUNDO. Apercibir al interesado, concediéndole un nuevo plazo de 10 días para que se cumpla en su totalidad la referida resolución. Transcurrido el mismo sin proceder conforme a este segundo requerimiento, se procederá por esta Administración a la ejecución subsidiaria de las mencionadas actuaciones a costa del obligado, alcanzando hasta el límite del deber normal de conservación.

TERCERO. Notificar la presente resolución al interesado, dando traslado de la misma a los servicios técnicos municipales.

Lo que se hace público para general conocimiento.

El Guijo, 30 de enero de 2024. Firmado electrónicamente por el Alcalde, Jesús Fernández Aperador.

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