Boletín nº 33 (15-02-2024)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Castro del Río

Nº. 454/2024

Mediante Decreto de Alcaldía número 2024/00000322, de 7 de febrero, se ha aprobado la convocatoria y las bases que han de regir el procedimiento para la selección de un funcionario interino Técnico de Administración General en el Excmo. Ayuntamiento de Castro del Río, cuyo tenor literal es el siguiente:

BASES QUE HAN DE REGIR EL PROCEDIMIENTO PARA LA SELECCIÓN DE UN FUNCIONARIO INTERINO TÉCNICO DE ADMINISTRACIÓN GENERAL EN EL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE CASTRO DEL RÍO

Exp. GEX 709/2024

PRIMERA. OBJETO DE LA CONVOCATORIA

El objeto de las presentes bases es la regulación del procedimiento de selección de un funcionario interino para desempeñar las funciones de Técnico de Administración General en el Excmo. Ayuntamiento de Castro del Río, por sustitución en el puesto dado que su titular pasará a desempeñar el puesto de interventor en nombramiento accidental (art. 10.1.b) Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público).

Con objeto de evitar que la utilización de modos de expresión no sexista ocasione una dificultad perturbadora añadida a la lectura y comprensión del presente texto, se hace constar expresamente que cualquier término genérico referente a personas, como opositor, aspirante, funcionario, etc., debe entender en sentido comprensivo de ambos sexos.

SEGUNDA. CARACTERÍSTICAS DE LA PLAZA Y FUNCIONES DEL PUESTO

1. El puesto de trabajo objeto de la convocatoria tiene las siguientes características:

-Denominación: Técnico de Administración General.

-Régimen Jurídico: Funcionario interino.

-Escala: Administración General.

-Subescala: Técnica.

-Grupo de clasificación profesional: A1.

-Nivel (complemento de destino): 26.

-Dependencia orgánica: Secretaría.

-Dependencia funcional: Secretaría.

Al puesto de trabajo le corresponderá un complemento específico de 842,35 euros brutos mensuales.

2. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 169.1.a) del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, a los Técnicos de Administración General les corresponderán tareas de gestión, estudio y propuesta de carácter administrativo de nivel superior.

Concretamente, el puesto de trabajo objeto de la presente convocatoria dependerá funcional y jerárquicamente del Secretario General de la Corporación y de la Vicesecretaria General, a quien prestará colaboración en los expedientes que tramite, sin perjuicio de que pueda requerirse su participación en cualquiera de los expedientes (contratación administrativa, urbanismo, personal, etc).

En la relación de puestos de trabajo de la Corporación (publicada en el Boletín nº 142, de 27 de julio de 2021) pueden consultarse los detalles del puesto, entre cuyas funciones destacan:

-Realizar actividades administrativas de nivel superior, entre éstas se incluyen tareas directivas, de gestión, inspección, ejecución, control, estudios, propuestas, asesoramiento y otras similares.

-Redactar pliegos de Cláusulas Administrativas, redacción de contratos, actas relacionadas con las actividades de contratación pública e informes sobre procedimiento legal a seguir sobre expediente de contratación pública.

-Gestionar subvenciones y ayudas.

-Tramitar expedientes y procesos administrativos, formulación de diligencias, actas, providencias, comparecencias y oficios de mero trámite, formulación de requerimientos, citaciones, notificaciones y comunicaciones; y extensión de las oportunas diligencias y actos administrativos de análoga naturaleza.

-Realizar el seguimiento de la normativa, jurisprudencia y doctrina jurídica que pueda afectar a su área competencial.

-Controlar los expedientes y procesos.

-Coordinar y ejecutar el proceso de contratación administrativa y privada.

-Remitir información a la Administración del Estado, sobre materia propia de la unidad.

-Cualquier otra función que no estando descrita en el siguiente apartado tenga relación directa con la misión del puesto.

TERCERA. REQUISITOS QUE HAN DE REUNIR LOS PARTICIPANTES

1. Para participar en la presente convocatoria los aspirantes deberán cumplir los siguientes requisitos:

a) Tener la nacionalidad española sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 56 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.

b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.

c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.

d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleado público.

d) Estar en posesión de alguno de los siguientes títulos académicos o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de instancias: Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o Grado, según lo previsto en el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, para el ingreso en los cuerpos o escalas clasificados en el subgrupo A1.

e) Haber abonado las tasas de derechos de examen en base a la Ordenanza Municipal nº 6 (BOP nº 217, de 16 de noviembre de 2021). Dicho abono se realizará mediante ingreso en la cuenta corriente nº ES96 0237 4456 4091 5064 8823, de la entidad bancaria CAJASUR, la cantidad de diez (10) euros de alguna de las siguientes formas:

1. Ingreso en efectivo en cualquier sucursal de la entidad bancaria CAJASUR, indicando el siguiente concepto: Selección TAG, así como el nombre, apellidos y DNI del aspirante.

2. Transferencia bancaria, en la que se indicará el siguiente concepto: Selección TAG, así como el nombre, apellidos y DNI del aspirante.

2. Todos los requisitos y condiciones enumerados en el apartado anterior, deberán reunirse en la fecha en que finalice el plazo de presentación de solicitudes y mantenerse durante la vigencia de la relación con este Ayuntamiento.

CUARTA. SISTEMA DE SELECCIÓN

El sistema de selección será el de oposición.

Las personas aspirantes con un grado de discapacidad podrán solicitar las adaptaciones y ajustes razonables de medios y tiempos necesarios para la realización de las pruebas selectivas, si bien sometiéndose a las mismas pruebas que el resto de aspirantes. Los interesados deberán formular la correspondiente petición concreta, con ocasión de la solicitud de participación, en la que han de reflejar las necesidades que tengan para acceder al proceso de selección y adjuntará Dictamen Técnico Facultativo emitido por el órgano técnico de calificación del grado de minusvalía reconocido. Todo ello de acuerdo con la Orden PRE/1822/2006, de 9 de junio (BOE de 13 de junio), que deberá ser tenido en cuenta por el Tribunal Calificador.

QUINTA. PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES Y DOCUMENTOS

1. Quienes deseen participar en el presente proceso selectivo, deberán presentar instancia, conforme al modelo oficial indicando SOLICITUD DE ADMISIÓN AL PROCESO DE SELECCIÓN DE FUNCIONARIO INTERINO «TÉCNICO DE ADMINISTRACIÓN GENERAL» (ANEXO I).

2. La solicitud, dirigida al Sr. Alcalde-Presidente, se presentará en el Registro General del Excmo. Ayuntamiento de Castro del Río, o por los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en un plazo de veinte días hábiles, a contar desde la publicación de las presentes bases en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba.

Las solicitudes que se cursen a través de las oficinas de Correos, deberán presentarse en sobre abierto, para que el funcionario correspondiente pueda estampar en ellas el sello de fechas antes de certificarlas.

3. La solicitud deberá ir acompañada de la documentación acreditativa de los REQUISITOS:

a) Fotocopia del Documento Nacional de Identidad (aspirantes de nacionalidad española) o fotocopia del documento que acredite su nacionalidad (aspirantes nacionales de otros Estados).

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