Boletín nº 37 (21-02-2024)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Baena

Nº. 452/2024

Adoptado por el Excmo. Ayuntamiento Pleno, en sesión plenaria ordinaria celebrada el día 30 de octubre 2023, acuerdo sobre la aprobación provisional del expediente de imposición, modificación y supresión de Ordenanzas reguladoras de los Precios Públicos 2024, acuerdo que ha quedado elevado a definitivo, en cumplimiento de los dispuesto en el artículo 17.4 del Texto Refundido de la Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004 de 5 de marzo, se publican en el Boletín oficial de esta Provincia las modificaciones aprobadas por el Pleno de la Corporación Municipal.

PRIMERO. ORDENANZA REGULADORA DE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE AYUDA A DOMICILIO.

A) Se modifica el artículo 4º de la presente Ordenanza Reguladora, redactándose en los siguientes términos:

La aportación del beneficiario vendrá determinada por el resultado de multiplica el número de horas recibidas en la prestación del servicio por el precio/hora establecido en la tabla siguiente, en función de la capacidad económica personal determinada por los Servicios sociales del Excmo. Ayuntamiento de Baena.

CAPACIDAD ECONOMICA PERSONAL

% Aportación

Hora

(15,45 euros)

Importe Euro/Hora

< o igual a 1 IPREM 2023

0,00 €

7.200,00 €

0%

> 1 IPREM _< 2 IPREM

7.200,01 €

14.400,00 €

5%

0,77 €

> 2 IPREM _< 3 IPREM

14.400,01 €

21.600,00 €

10%

1,55 €

> 3 IPREM _< 4 IPREM

21.600,01 €

28.800,00 €

20%

3,09 €

> 4 IPREM _< 5 IPREM

28.800,01 €

36.000,00 €

30%

4,64 €

> 5 IPREM _< 6 IPREM

36.000,01 €

43.200,00 €

40%

6,18 €

> 6 IPREM _< 7 IPREM

43.200,01 €

50.400,00 €

50%

7,73 €

> 7 IPREM _< 8 IPREM

50.400,01 €

57.600,00 €

60%

9,27 €

> 8 IPREM _< 9 IPREM

57.600,01 €

64.800,00 €

70%

10,82 €

> 9 IPREM _< 10 IPREM

64.800,01 €

72.000,00 €

80%

12,36 €

> 10 IPREM

72.000,01 €

 

90%

13,91€

La variable precio/hora referenciado anteriormente en el cuadro, está establecido en la Resolución de 25 de abril de 2023, de la Agencia de Servicios Sociales y Dependencia de Andalucía, por la que se revisa el coste/hora máximo del servicio de ayuda a domicilio en el ámbito del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, en la Comunidad Autónoma de Andalucía.

B) Se incorpora un nuevo apartado dentro del artículo 4º de la presente Ordenanza Reguladora, redactándose en los siguientes términos:

En lo sucesivo, hasta la supresión de la presente Ordenanza Reguladora del Precio Publico por la Prestación del servicio de Ayuda a Domicilio, la variable PRECIO/HORA se modificará en función de lo que establezca la Junta Andalucía mediante resolución de la Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación, surtiendo efecto el primer día del mes siguiente a la aprobación de la Resolución por parte de la Consejería.

SEGUNDO.  ORDENANZA REGULADORA DEL PRECIO PÚBLICO POR EXPEDICION DE TARJETA PARA LA EXTRACCION DE AGUA DE POZOS MUNICIPALES

A) Se suprime la actual Ordenanza Reguladora del Precio Publico por Expedición de Tarjeta para la Extracción de Agua de Pozos Municipales, cuya redacción actual es la siguiente:

"ARTÍCULO 1º. FUNDAMENTO Y NATURALEZA

De conformidad con lo previsto en el artº 127, en relación con el artº 41 ambos del Real Decreto Legislativo 2/2004 de 5 de marzo por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, este Ayuntamiento establece el precio público por expedición de tarjeta expendedora para extracción de agua de pozos municipales.

ARTÍCULO 2º. OBLIGADOS AL PAGO

Están obligados al pago del precio público regulado en esta ordenanza, los adquirentes de tarjetas expendedoras para e

Ver el anuncio completo

Aviso jurídico

Cláusula de exención de responsabilidad aplicable a la información contenida en el BOP en conformidad con la Ley 5/2002, de 4 de abril, reguladora de los Boletines Oficiales de las Provincias.

  • El Boletín es un servicio público cuya edición y gestión corresponde a la Diputación, pero los textos se transcriben en la forma en que se hallen redactados y autorizados por el órgano remitente, sin que puedan variarse o modificarse salvo autorización previa de tal órgano.
  • La información contenida en las disposiciones y textos publicados es de carácter público y su publicidad es responsabilidad del firmante del documento.
  • No ofrece necesariamente información exhaustiva, completa, exacta o actualizada.

Buscar en boletines

Desde el año 2010

Categorías

Ir a un boletín

Calendario

Ir a un boletín

Boletines anteriores

www.dipucordoba.es Web de la Diputación de Córdoba

Sede

Créditos

Diputación de Córdoba

Eprinsa

Datos de contacto

Diputación de Córdoba. Plaza Colón 14071 Cordoba. Tfno:957 211 100 | Contactar

Intranet

Intranet

Tecnologías usadas

Xhtml1.0 válido

Accesibilidad