Boletín nº 37 (21-02-2024)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Lucena

Nº. 492/2024

Con fecha del veinticinco de octubre de dos mil veintitrés, el Pleno del Excmo. Ayuntamiento de Lucena adoptó el acuerdo que, según el acta correspondiente, todavía en borrador y a reserva de los términos que resulten de su aprobación definitiva en próxima sesión del mismo órgano, dice literalmente como sigue:

<<7. ADOPCIÓN DE ACUERDO, QUE EN SU CASO PROCEDA, EN RELACIÓN CON LA APROBACIÓN DEL PROYECTO DE ACTUACIÓN PARA ACTIVIDAD EXTRAORDINARIA EN SUELO RÚSTICO PARA TANATORIO EN POLÍGONO 34, PARCELA 123 DE LAS NAVAS DEL SELPILLAR. CTRA A-3132

Por el Secretario se dio lectura, en extracto, al dictamen de la Comisión de Urbanismo y Promoción local, adoptado por unanimidad, en sesión celebrada el día 9 de octubre de 2023.

El texto íntegro del dictamen puede consultarse en la Sede electrónica del Ayuntamiento/Validación de documentos, introduciendo el CSV B765 9CAB C2D1 445E 1715.

Ninguno de los grupos municipales intervino en el presente punto.

El Pleno, por unanimidad y en votación ordinaria, acuerda:

Primero. La desestimación de las alegaciones presentadas por el Ilmo. Ayuntamiento de Moriles, D. Francisco Acero Doblas y la mercantil Servicios Funerarios de Moriles SL.

Segundo. La justificación del escrito de contestación a las citadas alegaciones por parte del promotor de la actuación, la entidad Palos Rodríguez Mediación y Servicios S.L.

Tercero. La consideración del carácter favorable de los informes emitidos por las Administraciones públicas tuteladoras de intereses afectados.

Cuarto. La excepcionalidad del artículo 217 de las NN.UU. del PGOU de Lucena, en cuanto a la condición de separación a núcleos urbanos.

Quinto. La declaración de la actuación de interés público o social acorde al Art. 30.2.b del Reglamento General de la LISTA.

Sexto. La aprobación del Proyecto de Actuación para actuación extraordinaria en suelo rústico para Tanatorio en Polígono 34, Parcela 123 de Las Navas del Selpillar, Ctra. A-3132.

El acuerdo se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia y en la Sede electrónica del Excmo. Ayuntamiento de Lucena, donde se publicará el proyecto aprobado.

Con carácter previo al otorgamiento de la licencia se devengará la prestación compensatoria, que deberá ajustarse al contenido de la Ordenanza Municipal aprobada al efecto.>>

Lo que de conformidad con lo preceptuado en el artículo 22.3 de la Ley 7/2021, de 1 de diciembre, de Impulso para la Sostenibilidad del Territorio de Andalucía (LISTA) y 32.2 de su Reglamento, se publica en el Boletín Oficial de la Provincia y en la Sede electrónica del Excmo. Ayuntamiento de Lucena.

Igualmente se hace constar que el Documento aprobado definitivamente ha sido diligenciado por el Secretario del Excmo. Ayuntamiento de Lucena con fecha 24 de enero de 2024, y el texto íntegro puede consultarse en la Sede electrónica del Ayuntamiento/Validación de documentos, introduciendo el CSV F3BA BA54 8AFF 2066 9E09.

Baena, 9 de febrero de 2024. Firmado electrónicamente por el Alcalde, Aurelio Fernández García.

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