Boletín nº 38 (22-02-2024)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Córdoba

Nº. 468/2024

ENCOMIENDA ADMINISTRATIVA DEL AYUNTAMIENTO DE CÓRDOBA A LA GERENCIA MUNICIPAL DE URBANISMO DE CÓRDOBA PARA LA ELABORACIÓN DEL PROYECTO DE OBRA DE PRIMER ESTABLECIMIENTO DEL CENTRO CÍVICO MUNICIPAL NOROESTE Y OTRAS ACTUACIONES RELACIONADAS CON EL MISMO.

La Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Córdoba, en sesión ordinaria, celebrada el día 29 de enero de 2024, adoptó entre otros, acuerdo en relación a la propuesta de encomienda de gestión a la Gerencia Municipal de Urbanismo, para la elaboración del proyecto de obra de primer establecimiento del Centro Cívico Municipal Noroeste y otras actuacciones relacionadas con el mismo en los términos siguientes:

PRIMERO. Aprobar, en relación con la construcción del futuro Centro Cívico Municipal Noroeste, en la parcela situada en la esquina de la calle Historiador Dozy con la calle Fernando Amor en Córdoba, la encomienda de gestión de las previstas en el artículo 11 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Excmo. Ayuntamiento de Córdoba a la Gerencia Municipal de Urbanismo de Córdoba, tendente a la realización de las actividades de carácter material y técnico necesarias para la redacción del Proyecto de obra nueva, dirección y supervisión de las obras de construcción que se inicien, así como redacción de los expedientes técnicos necesarios en relación con el expediente, asistencia técnica en su caso a la Mesa de Contratación, control técnico de actividades mediante la designación de responsables del futuro contrato de obras, así como la dirección y supervisión de la obra de construcción que se contrate, en general, desarrollar todas las funciones y cometidos que la legislación vigente atribuye a la figura del Director de Obra. Con carácter enunciativo y no limitativo, además de lo anteriormente descrito, la encomienda comprenderá:

a) Redacción del proyecto básico y de ejecución, con los elementos necesarios de una obra de primer establecimiento definida en el artículo 232.2 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público.

b) Dirección de obra, de acuerdo con lo establecido en el artículo 12 de la Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación (LOE).

c) Dirección de la ejecución de la obra, de acuerdo con lo establecido en el artículo 13 de la Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación (LOE).

d) Redacción del Estudio de Seguridad y Salud.

e) El informe técnico necesario para la aprobación del Libro del Edificio.

f) Elaboración del borrador del Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares y la Memoria justificativa de necesidad, de cara a la licitación de la obra prevista en el proyecto de Obra.

Teniendo presente lo dispuesto en el apartado segundo del artículo 11.2 de la Ley 40/2015, la presente encomienda de gestión no supondrá la cesión de la titularidad de la competencia ni de los elementos sustantivos de su ejercicio, siendo responsabilidad de los órganos competentes del Excmo. Ayuntamiento de Córdoba, como entidad encomendante, dictar cuantos actos o resoluciones de carácter jurídico den soporte o en los que se integre la concreta actividad material objeto de la encomienda. En todo caso, la Gerencia Municipal de Urbanismo, como entidad encomendada, tendrá la condición de encargado del tratamiento de datos de carácter personal a los que pudiere tener acceso en ejecución de la presente encomienda, siéndole de aplicación lo dispuesto en la normativa de protección de datos de carácter personal.

SEGUNDO. Aprobar la duración de la presente encomienda, que abarcaría desde la fecha de aceptación de la misma por la Gerencia Municipal de Urbanismo hasta la completa conclusión del expediente de la obra de construcción del edificio proyectado, sin perjuicio de su publicación necesaria, para su eficacia, en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba, de conformidad con lo previsto en el artículo 11.3 a) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.

TERCERO. Trasladar el presente Acuerdo a la Gerencia Municipal de Urbanismo del Ayuntamiento de Córdoba a los efectos oportunos, para su aceptación.

Lo que se hace público para general conocimiento.

En Córdoba, a 6 de febrero de 2024. Firmado electrónicamente por el Concejal Delegado de Participación Ciudadana, Miguel Ruiz Madruga.

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