Boletín nº 42 (29-02-2024)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Montalbán de Córdoba

Nº. 617/2024

Don Miguel Ruz Salces, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Montalbán de Córdoba, hace saber:

Por Resolución de la Alcaldía número 2024/00000237, de fecha 20 de febrero de 2024, se ha acordado la modificación de las bases del proceso selectivo para la provisión, mediante oposición, de 3 plazas de Administrativo/a de Administración General, Grupo C, Subgrupo C1, Escala Administración General, Subescala Administrativa, por turno libre (BOP número 231, de 5 de diciembre de 2023), en el sentido que a continuación se expone:

Donde dice:

SEXTA. Sistema de selección y desarrollo de los ejercicios.

6.1. El procedimiento de selección será el de oposición.

6.1.1. PRIMER EJERCICIO. Teórico. Consistirá en contestar por escrito, en un plazo máximo de dos horas, un cuestionario de 100 preguntas tipo test, con cuatro respuestas alternativas, elaborado por el Tribunal inmediatamente antes de su realización, en relación a los contenidos del programa que consta en el Anexo I de esta convocatoria.

Las respuestas correctas puntuarán positivamente, mientras que las preguntas no contestadas no tendrán valoración. Tres preguntas contestadas erróneamente restarán el valor asignado a una respuesta correcta (Aciertos-Errores/3). En caso de que el número de preguntas contestadas erróneamente sea inferior a múltiplo de tres, se restará proporcionalmente.

Los aspirantes que no obtengan al menos 5 puntos serán eliminados.

6.1.2. SEGUNDO EJERCICIO. Supuesto Práctico. El ejercicio práctico consistirá en contestar por escrito, mediante preguntas tipo test, con cuatro respuestas alternativas, uno o varios supuestos prácticos propuestos por el Tribunal relacionados con los contenidos del programa que consta en el Anexo I de esta convocatoria.

Este ejercicio deberá realizarse en un tiempo máximo de dos horas y estará dirigido a apreciar la capacidad de los aspirantes para llevar a cabo las tareas cuya realización corresponda a los funcionarios de la Subescala Administrativa de Administración General.

Durante el desarrollo de este ejercicio, los aspirantes podrán hacer uso en todo momento de textos legales sin comentar.

Este ejercicio se calificará sobre diez puntos y para superarlo será necesario obtener al menos cinco puntos, de forma que el aspirante que no obtenga dicha puntuación será eliminado. La puntuación obtenida será la media aritmética de las puntuaciones otorgadas por los miembros del Tribunal.

6.2. Celebración de los ejercicios.

6.2.1. PRIMER EJERCICIO (teórico).

La determinación de los miembros del Tribunal, así como del lugar, fecha y hora de celebración del primer ejercicio formará parte de la Resolución por la que se apruebe la lista definitiva de admitidos y excluidos, siendo objeto de la publicidad que para la misma se prevé en las presentes Bases.

Desde la publicación de la lista definitiva de admitidos y excluidos al inicio primer ejercicio deberá transcurrir un periodo mínimo de cinco días hábiles.

Una vez corregido el primer ejercicio, el Tribunal publicará una nota informativa en el Tablón de Anuncios de la Sede Electrónica de la Corporación, con el siguiente contenido:

1. La relación de aspirantes que hubieran superado el ejercicio, indicando la nota obtenida por cada uno de ellos.

2. Convocatoria a los opositores que hubieren superado el ejercicio para la realización del segundo.

3. Lugar, fecha y hora para la celebración del segundo ejercicio. Desde la publicación de las notas del primer ejercicio hasta la celebración del segundo deberá transcurrir un plazo mínimo de cinco días hábiles y máximo de cuarenta y cinco días hábiles.

Al margen de lo anterior el Tribunal deberá hacer pública una plantilla con las soluciones correctas.

Los interesados podrán presentar alegaciones en relación con las calificaciones obtenidas o con la plantilla de resultados publicada por el Tribunal, en el plazo de cinco días hábiles desde su publicación en el Tablón de Anuncios de la Sede Electrónica.

Las alegaciones y/o subsanaciones deberán presentarse en el Registro General de Entrada Municipal bien de forma presencial o bien, y preferentemente, de forma electrónica.

La presentación en las oficinas de correos o en cualquier registro administrativo distinto del mencionado en el párrafo anterior no interrumpirá el plazo de presentación. En tales casos, las alegaciones se entenderán presentadas el día en que entren en el Registro de Entrada Municipal.

El Tribunal deberá resolver las alegaciones presentadas y publicar la resolución, junto a la modificación de las calificaciones que ello conlleve, en el Tablón de Anuncios de la Sede Electrónica antes de la celebración del segundo ejercicio.

6.2.2. SEGUNDO EJERCICIO (supuesto práctico).

El segundo ejercicio (supuesto práctico) tendrá lugar al menos cinco días hábiles después de la publicación de las calificaciones del primer en el Tablón de Anuncios de la Sede Electrónica del Ayuntamiento.

La fecha y hora de la celebración del segundo ejercicio se fijará por el Tribunal, y se hará constar en el documento donde figuren las calificaciones del primer ejercicio, conforme a lo establecido en el apartado anterior.

Únicamente podrán participar en el segundo ejercicio los aspirantes que hayan superado el primero.

Una vez corregido el segundo ejercicio el Tribunal publicará una nota informativa en el Tablón de Anuncios de la Sede Electrónica de la Corporación con relación de aspirantes que hubieran superado el ejercicio, indicando la nota obtenida por cada uno de ellos.

Los interesados podrán presentar alegaciones en relación con las calificaciones obtenida, en el plazo de cinco días hábiles desde su publicación en el Tablón de Anuncios de la Sede Electrónica.

Las alegaciones y/o subsanaciones deberán presentarse en el Registro General de Entrada Municipal bien de forma presencial o bien, y preferentemente, de forma electrónica.

La presentación en las oficinas de correos o en cualquier registro administrativo distinto del mencionado en el párrafo anterior no interrumpirá el plazo de presentación. En tales casos, las alegaciones se entenderán presentadas el día en que entren en el Registro General de Entrada del Ayuntamiento.

El Tribunal deberá resolver las alegaciones presentadas y publicar la resolución, junto a la modificación de las calificaciones que ello conlleve, en el Tablón de Anuncios de la Sede Electrónica, antes de la publicación del resultado de la oposición.

6.2.3. Disposiciones comunes a todos los ejercicios.

6.2.3.1. Orden de intervención.

El orden de intervención de los/as aspirantes se iniciará por aquellos cuyo primer apellido comience por la letra «U», atendiendo, a estos efectos, a la ordenación alfabética resultante del listado de aspirantes admitidos.

En el supuesto de que no exista ningún aspirante cuyo primer apellido comience por la letra «W», el orden de actuación se iniciará por aquellos cuyo primer apellido comience por la letra «X», y así sucesivamente.

Todo ello de conformidad con lo establecido en la Resolución de 27 de julio de 2023, de la Secretaría de Estado de Función Pública, por la que se publica el resultado del sorteo a que se refiere el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración del Estado.

6.2.3.2. Llamamiento único.

Para todos los ejercicios los aspirantes serán convocados en llamamiento único. La no presentación a cualquiera de los ejercicios en el momento de ser llamado comportará automáticamente la pérdida de su derecho a participar en él y en los sucesivos, quedando excluido del proceso selectivo. No obstante, en el supuesto de fuerza mayor que haya impedido la presentación del aspirante en el momento previsto, y siempre que dicha circunstancia esté debidamente acreditada y así lo aprecie el Tribunal, se podrá examinar a los aspirantes que no comparecieron cuando fueron llamados, siempre que no haya finalizado la prueba correspondiente, ni se entorpezca el desarrollo de la convocatoria con perjuicio para el interés general o de terceros.

6.2.3.3. Duración máxima.

La duración máxima del proceso de celebración de los ejercicios será de 3 meses, contados desde la celebración del primero de ellos.

6.2.3.4. Secreto de la identidad.

El Tribunal, salvo razones que justifiquen lo contrario, adoptará las medidas oportunas para garantizar que los ejercicios de la oposición sean corregidos sin conocer la identidad de los aspirantes. El Tribunal podrá excluir a aquellos opositores en cuyas hojas de examen figuren nombres, rasgos, marcas o signos que permitan conocer la identidad de los autores.

Debe decir:

SEXTA. Sistema de selección y desarrollo de los ejercicios.

6.1. El procedimiento de selección será el de oposición.

6.1.1. PRIMER E

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