Boletín nº 44 (04-03-2024)
VIII. Otras Entidades
Instituto Municipal de Desarrollo Económico y Empleo de Córdoba (IMDEEC)
Nº. 688/2024
Título: CONVOCATORIA DE INCENTIVOS AL AUTÓNOMO, EMPRENDIMIENTO Y PROYECTOS DE AUTOEMPLEO 2024 -AUTOEMPLEO 2024-
BDNS (Identif.) 745715
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones:
(https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/745715)
Primero. Objeto
Se convoca, en régimen de concurrencia competitiva y de acuerdo con los principios de objetividad y publicidad, la Convocatoria de Incentivos al Autónomo, Emprendimiento y Proyectos de Autoempleo 2024, -AUTOEMPLEO 2024- dirigida a fomentar proyectos empresariales generadores de riqueza y empleo en su fase inicial de lanzamiento y puesta en marcha, así como al fomento del mantenimiento del empleo y de autónomos de la zona de intervención afectada por la obra de remodelación Carretera de Trassierra, atendiendo a las necesidades básicas de las empresas, evitando el cierre de las mismas como consecuencia de las citadas obras de remodelación.
A través de la Convocatoria se pretende contribuir al desarrollo de proyectos de autoempleo fundamentalmente promovidos por personas jóvenes (hasta 40 años inclusive), mayores de 56 años (inclusive), mujeres, colectivos con especiales dificultades, así como, entre los residentes de las zonas más desfavorecidas de la ciudad de Córdoba que, a través del emprendimiento y el desarrollo de actividades empresariales encuentran una salida al desempleo. Igualmente se pretende contribuir al mantenimiento del empleo y del autónomo sufragando los gastos corrientes de funcionamiento de las empresas del municipio de Córdoba, ubicadas en la zona de intervención y afectadas por la obra de remodelación Carretera de Trassierra.
En la convocatoria de 2023 se incorporó la Línea 3 para el apoyo específico a empresas que desarrollen proyectos o investigaciones biotecnológicas, en los sectores biomédico, agroalimentario y/o medioambiental, vinculadas a Córdoba Biotech (1), y que en esta convocatoria se pretende dar continuidad.
Segundo. Beneficiarios
A) Línea 1: Empresas de nueva creación. Empresas, pequeñas o medianas¹, con personalidad jurídica, así como personas físicas (empresario/a individual, emprendedor de responsabilidad limitada ERL, comunidad de bienes o sociedad civil), legalmente constituidas en el periodo comprendido entre el 1 de julio de 2023 y el 30 junio de 2024 (ambos inclusive) por persona/s emprendedora/s en situación de desempleo, que creen su propio puesto de trabajo, que cumplan con los siguientes requisitos en su caso:
-La/s persona/s emprendedora/s ha/n de estar en situación de desempleo a la fecha de alta en el Régimen correspondiente de la Seguridad Social o Mutualidad Profesional.
-La/s persona/s emprendedora/s² en situación de desempleo ha/n de darse de alta en el Régimen correspondiente de la Seguridad Social o Mutualidad Profesional, en el periodo comprendido entre el 1 de julio de 2023 y el 30 junio de 2024 (ambos inclusive). Dicha fecha de alta no diferirá de la fecha de alta en el Censo de Empresarios, profesionales y retenedores de la Agencia Tributaria (Certificado de Declaración Censal) en más de tres meses.
-La/s persona/s emprendedora/s deberá/n cumplimentar debidamente la cuenta justificativa de la correspondiente solicitud, así como presentar los justificantes de gastos, pagos y documentación acreditativa, correspondientes a los conceptos de gasto subvencionables de la base nº 6 de estas Bases reguladoras relacionados en la mencionada cuenta justificativa, realizados como consecuencia de la puesta en marcha de la actividad empresarial, del centro de trabajo ubicado en el municipio de Córdoba, que hayan sido realizados y pagados en el período comprendido entre los 12 meses anteriores y 3 meses posteriores, respecto del mes de alta (sin contar éste) en el Régimen correspondiente de la Seguridad Social o Mutualidad Profesional de la persona emprendedora³.
B) Línea 2: Empresas ubicadas en la zona de intervención y afectadas por la obra de remodelación Carretera de Trassierra: Empresas, pequeñas o medianas² con personalidad jurídica o como personas físicas (empresario/a individual, emprendedor de responsabilidad limitada ERL, comunidad de bienes o sociedad civil), legalmente constituidas, con alta en el IAE, según certificado de situación censal, anterior al 30 de junio de 2023,que cumplan con el siguiente requisito:
-Estar ubicadas y ejercer actividad (según certificado de situación censal, apartado Actividades Económicas, local determinado) en un establecimiento, abierto al público, que tenga por objeto alguna operación mercantil, en la zona de intervención de la obra Remodelación Carretera de Trassierra, detallada en el Anexo B de la Convocatoria.
-Cumplimentar debidamente la cuenta justificativa de la correspondiente solicitud, así como presentar los justificantes de gastos, pagos y documentación acreditativa, correspondientes a los conceptos de gasto subvencionables de la base nº 6 de estas Bases reguladoras relacionados en la mencionada cuenta justificativa, realizados para sufragar los gastos corrientes de funcionamiento y otros afectos a la actividad económica del centro de trabajo ubicado en la zona de intervención de la obra Remodelación Carretera de Trasierra detallada en el Anexo B, que hayan sido realizados y pagados en el período comprendido entre el 1 de enero de 2023 y el 31 de marzo de 2024 (ambos inclusive).
C) Línea 3: Empresas que desarrollen proyectos o investigaciones biotecnológicas, en los sectores biomédico, agroalimentario y/o medioambiental. Empresas, pequeñas o medianas (2) con personalidad jurídica o como personas físicas (empresario/a individual, emprendedor de responsabilidad limitada ERL, comunidad de bienes o sociedad civil), legalmente constituidas y con alta en el IAE anterior al 31 de marzo de 2024, que cumplan con los siguientes requisitos:
-Que realicen proyectos o investigación biotecnológica, en los sectores biomédico, agroalimentario y/o medioambiental (se acreditará mediante Declaración Responsable al efecto del representante legal de la empresa solicitante).
-Tener suscrito un acuerdo de alojamiento, presencial o virtual, en la Incubadora de Alta Tecnología Córdoba Biotech, en el marco del apartado anterior.
-Cumplimentar debidamente la cuenta justificativa de la correspondiente solicitud, así como presentar los correspondientes justificantes de gastos, pagos y documentación acreditativa, correspondientes a los conceptos de gasto subvencionables de la base nº 6 de estas Bases reguladoras relacionados en la mencionada cuenta justificativa, realizados en el centro de trabajo ubicado en la Incubadora de Alta Tecnología Córdoba Biotech, o cuando el acuerdo de alojamiento en dicha incubadora, sea virtual los gastos realizados en el centro de trabajo del municipio de Córdoba, que hayan sido realizados y pagados en el período comprendido entre el 1 de julio de 2023 y el 31 de marzo de 2024 (ambos inclusive).
El perfil de las empresas destinatarias de la Línea 3, será el siguiente:
-Spin-offs nacidos en el mundo académico e investigador a partir de un resultado de investigación, en los ámbitos biosanitario, agroalimentario y/o medioambiental.
-Spin-outs de empresas existentes en los sectores de la biomedicina o la bioagricultura que deseen lanzar una empresa para asumir nuevos proyectos o líneas de investigación.
-Proyectos emprendedores y startups que encuentren en el sector biotecnológico una oportunidad empresarial.
-Empresas de Base Tecnológica (EBT) constituidas conforme a la normativa vigente.
-Empresas basadas en el conocimiento (EBC) derivadas de otras universidades públicas o privadas, o de centros tecnológicos.
-Proyectos de innovación, certificados o acreditados por CDTI.
Además, para todas las líneas y con carácter general deberán cumplir el siguiente requisito:
-Estar ubicadas y ejercer su actividad, en el municipio de Córdoba (hecho que se deberá reflejar en el certificado de situación censal, Actividades Económicas, dirección del local determinado. No se considerará que la empresa ejerce actividad en el municipio de Córdoba, cuando los centros de trabajo ubicados en el municipio de Córdoba sean considerados locales indirectamente afectos a la actividad (almacenes, depósitos, centros de dirección&) o en el caso de personas jurídicas (con domicilio fiscal y/o social fuera del municipio de Córdoba), cuando éstas no tengan personas trabajadoras contratadas en el centro de trabajo del municipio. Si ejercen o desarrollan su actividad fuera de un local determinado, su domicilio fiscal o social ha de estar ubicado en el municipio de Córdoba. O bien que dispongan de licencia de autorización otorgada por el Ayuntamiento de Córdoba para la prestación del servicio urbano de taxi como actividad privada reglamentada y que realicen conceptos de gasto subvencionables referidos a dicha autorización. Para la linea 2, además estar ubicadas y ejercer su actividad, en la zona de intervención de la obra Remodelación Carretera de Trassierra detallada en el Anexo B.
-En caso de presentar más de una solicitud de participación para la presente convocatoria, sólo podrá ser beneficiaria de una de las líneas que se contemplan en la misma, conforme a la Base 12.3 de la presente convocatoria.