Boletín nº 46 (06-03-2024)

VIII. Otras Entidades

Consorcio Provincial de Prevención y Extinción de Incendios de Córdoba

Nº. 691/2024

Por Resolución de fecha 22 de febrero de 2024, insertada en el correspondiente libro con el número 2024/00000310, la Presidencia del Consorcio ha dictado acuerdo por el que se aprueban las bases y convocatoria para la provisión, por el sistema de concurso de méritos para Entes Consorciados, del puesto de Técnico Superior de Gestión Presupuestaria y Tesorería, vancante del Consorcio Provincial de Prevención y Extinción de Incendios de Córdoba, cuyas bases son las que siguen:

BASES DE LA CONVOCATORIA PARA LA PROVISIÓN, POR EL SISTEMA DE CONCURSO DE MÉRITOS PARA ENTES CONSORCIADOS, DEL PUESTO DE TÉCNICO DE GESTIÓN PRESUPUESTARIA Y TESORERÍA VACANTE EN EL CONSORCIO PROVINCIAL DE PREVENCIÓN Y EXTINCIÓN DE INCENDIOS DE CÓRDOBA.

Base 1. Normativa

En lo no previsto en estas bases y hasta que se dicten las leyes de función pública que desarrollen el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre al amparo de lo establecido en su Disposición Final Cuarta y siempre que no se oponga a lo en él establecido, sigue siendo de aplicación la normativa sobre esta materia contenida en la Ley 30/1984, de 2 de agosto, la Ley 7/1985, de 2 de abril, el Texto Refundido de las Disposiciones Legales Vigentes en materia de Régimen Local, aprobado por el Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril y, en su condición de norma supletoria el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo.

Con objeto de evitar que la utilización de modos de expresión no sexista ocasione una dificultad perturbadora añadida para la lectura y comprensión del presente texto, se hace constar expresamente que cualquier término genérico referente a personas, como por ej. empleado, interesado, candidato, aspirante, etc. debe entenderse en sentido comprensivo de ambos sexos.

Base 2. Puestos objeto de cobertura

Las presentes bases regulan las normas para la provisión, mediante el sistema de concurso general de méritos para personal de los entes consorciados del puesto vacante incluido en la Relación de Puestos de Trabajo del Consorcio Provincial de Prevención y Extinción de Incendios de Córdoba, que se relaciona en el Anexo I. Las funciones del puesto se encuentran, asimismo, incluidas en el Anexo I.

El puesto será desempeñado en la sede del Consorcio Provincial, sito en la ciudad de Córdoba, en Avda del Mediterráneo s/n.

Base 3. Requisitos y condiciones de participación

Podrán participar en el procedimiento objeto de la presente convocatoria el personal funcionario de carrera de:

-La Excma. Diputación Provincial de Córdoba y del sector público institucional adscrito a esta entidad.

-Los seis Ayuntamientos consorciados (Cabra, Lucena, Montilla, Palma del Río, Priego de Córdoba y Puente Genil), y del sector público institucional adscrito a estas entidades.

Los integrantes de cualesquiera de las mencionadas Entidades podrán concurrir cualquiera que sea su situación administrativa siempre que pertenezcan a la Escala, Subescala y Subgrupo indicados en el Anexo I de las bases y que, por tanto, reúnan y acrediten las condiciones generales y los requisitos exigidos en la convocatoria para el puesto ofertado a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

Los participantes en el procedimiento deberán tener, al menos, una antigüedad de dos años desde la toma de posesión como funcionario de la Escala y Subescala desde la que participan, salvo en los supuestos de remoción, supresión del puesto de trabajo de destino definitivo y de reingreso al servicio activo desde situaciones que no conlleven reserva de puesto.

El personal funcionario en situación de servicios especiales o en situación de excedencia por cuidado de familiares sólo podrá participar si en la fecha de terminación del plazo de presentación de instancias han transcurrido dos años desde la toma de posesión del último destino definitivo obtenido.

El personal funcionario en situación de excedencia voluntaria por interés particular y excedencia voluntaria por agrupación familiar sólo podrá participar si ha permanecido en dicha situación el tiempo mínimo necesario para reingresar al servicio activo.

El personal funcionario en situación administrativa de suspensión de funciones en firme no podrá participar mientras dure la suspensión.

Los requisitos de participación exigidos deberán mantenerse a lo largo del proceso y hasta el momento de la toma de posesión del puesto adjudicado.

Base 4. Publicaciones

Las presentes Bases, así como sus Anexos, se publicarán en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba.

Los sucesivos anuncios que se deriven de la presente convocatoria se publicarán en el Tablón Electrónico del Consorcio Provincial de Prevención y Extinción de Incendios de Córdoba accesible desde la Sede Electrónica del Consorcio alojada en la dirección www.consorcioincendios.es. A efectos de impugnaciones, reclamaciones y recursos el cómputo de plazos se efectuará desde la publicación en el Tablón Electrónico del Consorcio Provincial de Prevención y Extinción de Incendios; salvo la resolución definitiva del concurso que se publicará, además en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba, siendo esta publicación la que ha de tenerse en cuenta a efectos del cómputo de plazos para impugnaciones.

Lo anterior, se entiende sin perjuicio de las notificaciones individuales que se considere oportuno efectuar a un aspirante por parte de la Comisión de Valoración o del órgano convocante; y de las publicaciones adicionales que puedan efectuarse en el Tablón del Consorcio Provincial de Prevención Extinción de Incendios y en procesos selectivos, accesible desde la sede electrónica del Consorcio, alojada en la dirección www.consorcioincendios.es, publicaciones que serán en todo caso divulgativas y no tendrán valor de notificación y de cómputo de plazos a efectos de reclamaciones y recursos.

Base 5. Solicitudes

Las solicitudes para tomar parte en este concurso, ajustadas al modelo publicado como Anexo II de la presente Convocatoria, se dirigirán a la Presidencia del Consorcio y se presentarán en el Registro General Electrónico del Consorcio en el plazo de 15 días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de esta Convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia.

De acuerdo con el artículo 5 de la Ordenanza reguladora de la obligación de relacionarse electrónicamente con el Consorcio en materia de procesos selectivos, de provisión de puestos y bolsas de trabajo (BOP Martes, 07 de marzo de 2023, nº 44) las solicitudes se cumplimentarán únicamente en la Sede Electrónica del Consorcio (https://sede.eprinsa.es/consorcioincendios./, en su entrada Trámites y Registro de Entrada, y se acompañarán de las siguiente documentación:

-Certificado referido a los requisitos que se exigen para el desempeño del puesto convocado, expedido por el órgano de la entidad con potestad certificante de la Administración correspondiente, y que deberá acreditar la condición de funcionario/a de carrera de la Excma. Diputación Provincial de Córdoba, de algunos de los seis Ayuntamientos consorciados (Cabra, Lucena, Montilla, Palma del Río, Priego de Córdoba y Puente Genil) o del sector público institucional adscrito a cualquiera de ellos y situación administrativa actual.

-Modelo de autobaremación conforme al Anexo III.

-Documentación acreditativa de los méritos alegados según indica la base 7.

No serán admitidas aquellas solicitudes que no se presenten en el plazo y forma señalados en el apartado anterior.

La presentación de la solicitud de participación en este concurso supone la aceptación de lo establecido en estas bases. Asimismo, con la presentación de la instancia, solicitando tomar parte en la convocatoria, los aspirantes ponen de manifiesto que son ciertos y completos todos los datos de la solicitud, así como toda la documentación que presenta (la falsedad en un documento público es un delito, de conformidad con el artículo 392 del Código Penal, Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre) y que reúne todos y cada uno de los requisitos exigidos en las bases y se compromete a acreditar documentalmente todos los datos que figuran en la solicitud.

Cada empleado público presentará una sola solicitud, en la que incorporará el autobaremo previsto en el Anexo III y la correspondiente documentación acreditativa.

El personal con discapacidad podrá pedir en la propia solicitud de participación en el proceso de provisión de la vacante objeto de la Convocatoria la adaptación del puesto de trabajo correspondiente. A la solicitud se deberá acompañar un informe expedido por los órganos técnicos competentes de la Junta de Andalucía, que acrediten la procedencia de la adaptación y la compatibilidad con el desempeño de las funciones que tenga atribuido el puesto. El órgano competente para resolver valorará la compatibilidad con el desempeño de las funciones propias del puesto de trabajo teniendo en cuenta las adaptaciones que se puedan realiza

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