Boletín nº 46 (06-03-2024)
VI. Administración Local
Ayuntamiento de Priego de Córdoba
Nº. 789/2024
ACUERDO DEFINITIVO DE MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA Nº 14 REGULADORA DE LAS PRESTACIONES PATRIMONIALES DE CARÁCTER PÚBLICO NO TRIBUTARIO DE LOS SERVICIOS AL CIUDADANO ASOCIADOS AL CICLO INTEGRAL DEL AGUA: ALCANTARILLADO, ABASTECIMIENTO Y DEPURACIÓN EN EL MUNICIPIO DE PRIEGO DE CÓRDOBA.
Edicto de publicación
El Pleno del Excmo. Ayuntamiento de Priego de Córdoba, en sesión extraordinaria, de fecha 5 de marzo de 2024, acordó aprobar expresamente, con carácter definitivo la redacción final del texto de la Ordenanza número 14, reguladora de las prestaciones patrimoniales de carácter público no tributario de los servicios al ciudadano asociados al ciclo integral del agua: alcantarillado, abastecimiento y depuración en el municipio de Priego de Córdoba, una vez resueltas las reclamaciones presentadas, lo que se hace público para su general conocimiento y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local.
A continuación, se reproduce el texto definitivo del acuerdo adoptado por el Pleno de la Corporación, en sesión extraordinaria, de fecha 5 de marzo de 2024:
PRIMERO. Desestimar las alegaciones formuladas por el Grupo Municipal Socialista y el Ayuntamiento de Fuente-Tójar a la aprobación inicial de la ordenanza de la prestación patrimonial municipal de carácter público no tributario reguladora del ciclo integral del agua en priego: alcantarillado, abastecimiento y depuración.
SEGUNDO. Considerar las observaciones efectuadas por la Junta de Andalucía y, por tanto, no modificar los importes a los que ascienden las fianzas y cuotas de contratación, quedando sin efecto el punto Segundo y Tercero de la Propuesta aprobada provisionalmente por el Pleno de la Corporación, en sesión ordinaria, celebrada el veintiuno de diciembre de dos mil veintitrés.
TERCERO. Aprobar el texto definitivo, que se reproduce a continuación, del resto de la modificación de ordenanza de la prestación patrimonial municipal de carácter público no tributario reguladora del ciclo integral del agua en priego: alcantarillado, abastecimiento y depuración, aprobada inicialmente por el Pleno de la Corporación, en sesión ordinaria, celebrada el veintiuno de diciembre de dos mil veintitrés, condicionando la efectividad y ejecutividad del correspondiente acuerdo a la autorización de precios conforme al Real Decreto 365/2009, de 3 de noviembre, por el que se regula el procedimiento administrativo en materia de precios autorizados en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
I.- Modificar las tarifas aplicables al servicio de abastecimiento de agua reguladas en el artículo 9, proponiéndose definir las relacionadas a continuación:
TARIFAS ABASTECIMIENTO |
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CUOTA FIJA O DE SERVICIO |
€ /Trim |
Cuota de abono |
7,343 € |
Pensionistas y Familias numerosas |
5,874 € |
CUOTA VARIABLE O DE CONSUMO |
€ /Trim |
1. SUMINISTROS PARA USO DOMÉSTICO |
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A) Tarifa normal |
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Bloque I. Hasta 20 m³ |
0,478 € |
Bloque II. 21-40 m ³ |
0,752 € |
Bloque III. 41-60 m ³ |
1,235 € |
Bloque IV. Exceso más de 60 m ³ |
2,027 € |
B) Tarifa pensionistas y familias numerosas |
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Bloque I. Hasta 20 m ³ |
0,382 € |
Bloque II. 21-40 m ³ |
0,602 € |
Bloque III. 41-60 m ³ |
0,988 € |
Bloque IV. Exceso más de 60 m ³ |
1,622 € |
2. OTROS SUMINISTROS |
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C) Tarifa comercial |
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Bloque I. Hasta 60 m ³ |
0,478 € |
Bloque II. 61-120 m ³ |
2,027 € |
Bloque III. Más de 121 m ³ |
0,752 € |
D) Tarifa Industrial |
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Bloque I. Hasta 60 m ³ |
0,478 € |
Bloque II. 61-120 m ³ |
2,027 € |