Boletín nº 47 (07-03-2024)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de El Viso

Nº. 621/2024

Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, mediante anuncio publicado en el Boletín Oficial de la Provincia nº 6, de fecha nueve de enero del corriente, queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo Plenario provisional, adoptado en sesión ordinaria, celebrada el pasado día veintiocho de diciembre de dos mil veintitrés por este Ayuntamiento, sobre la modificación de la Ordenanza Municipal reguladora de la Tasa por la Prestación de los Servicios de Casas de Baños, Piscinas e Instalaciones Análogas, cuyo texto íntegro se hace público en cumplimiento del artículo 17.4 del Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.

"ORDENANZA REGULADORA DE LA TASA POR LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS DE CASAS DE BAÑOS, PISCINAS E INSTALACIONES ANÁLOGAS.

&

Artículo 3º. Tarifa

1. La cuantía de la tasa regulada en esta Ordenanza será la fijada en la Tarifa contenida en el apartado siguiente, para cada uno de los distintos servicios o actividades.

2. La Tarifa de esta tasa será la siguiente:

Epígrafe 1º. Piscina y Spa:

a) Piscina de Verano:

1. Por la entrada personal a la piscina:

1.1. Desde 14 años: 3,00 €.

1.2. De niños de 5 a 14 años: 2,00 €.

1.3. Abonos:

a) Por mes (adultos) 50,00 €.

b) Por mes (niños, hasta 14 años): 40,00 €.

c) En caso de que se acredite estar en posesión del carné joven vigente, el precio del abono será de 40,00 € mes adultos, y si acredita minusvalía superior al 33%, el precio del abono será de 40,00 € mes/adulto.

d) Por 15 días (adultos): 25,00 €.

e) Por 15 días (niños, hasta 14 años): 20,00 €.

Dichos abonos serán personales e intransferibles.

1.4. Cursos de natación para niños aprendizaje -: 40,00 €/mes, de lunes a viernes.

1.5. Escuela de natación perfeccionamiento -: 20,00 € por el mes de julio y 20,00 € por el mes de agosto, de lunes a viernes.

1.6.- Aquayim: 20,00 €/mes por tres días a la semana.

b) Piscina Climatizada:

Matrícula y/o gastos de inscripción: 0,00 €.

1. Natación Libre/Alquiler Calle:

- 2,50 €/hora.

2. Abonos Natación Libre:

- 1 mes/3 horas por semana: 20,00 €.

3. Cursos- Periodicidad Mensual -:

3.1. Aquayim:

- 3 días semanales: 20,00 €.

3.2. Natación:

a) 3 días semanales (aprendizaje): 20,00 €.

b) 3 días semanales (perfeccionamiento): 20,00 €.

3.3.- Escuela de Natación:

- 3 días semanales: 20,00 €.

Se podrán formular convenios con AMPAS, Asociaciones y Colectivos a estos efectos.

Las tarifas antes referidas serán abonadas antes del inicio de los correspondientes servicios, no procediendo a su devolución una vez se utilicen las instalaciones por ninguna causa.

c) Spa:

1.- Entrada Instalaciones Spa Municipal: 2,00 € por sesión.

Epígrafe 2º. Instalaciones Deportivas y otras Instalaciones Municipales Análogas:

1. Por la entrada personal a las instalaciones deportivas consistentes en Pistas de Tenis:

1.1. Adultos: 1,50 € por 1 hora y media y persona.

1.2. Niños: 1,00 € por 1 hora y media y persona.

1.3. Adquisición fichas monedero para iluminación: 2,00 €.

2. Gimnasio:

2.1. 2,00 € / día.

2.2. 15,00 € / mes con Monitor.

2.3. 10,00 € / mes sin Monitor.

3. Por la entrada personal a las instalaciones deportivas consistentes en Pistas de Padel:

3.1. Por partido 8,00 €, incluyendo iluminación.

4. Por la entrada personal a las instalaciones deportivas consistentes en Pabellón Polideportivo Cubierto:

4.1. Adultos: 1,00 € por 1 partido de 1 hora y media y persona.

4.2. Niños: 0,20 € por 1 partido de 1 hora y media y persona.

4.3. En el caso de que la utilización del Pabellón Polideportivo Cubierto sea por equipos de fútbol federados de cualquier categoría:

- Entrenamiento: 20,00 € por partido de 2 horas.

- Partido oficial de 2 horas: 50,00 € por partido.

- Partido amistoso: 50,00 € por 2 horas.

4.4. Equipos Federados locales: 0,00 €.

En el caso de utilización de luz, se incrementará en 2,00 € por partido.

5. Por la utilización privativa de otras instalaciones municipales (para bodas u otros actos lucrativos):

5.1. Parque Forestal: 250,00 €.

5.2. Aula de la Naturaleza: 250,00 €.

5.3. Pista Polideportiva: 250,00 €.

5.4. Utilización privativa del Centro Social La Bomba:

a) Cumpleaños organizados por el particular, por hora: 10,00 €.

b) Bodas, bautizos, comuniones y comidas organizados por el particular: 250,00 €.

5.5. Utilización privativa del Aula de la Naturaleza para otros eventos: 50,00 €.

5.6. Utilización de naves Municipales: 250,00 € por evento.

En todas las instalaciones, la limpieza, será a cargo del usuario.

La utilización de las instalaciones antes referidas por Asociaciones y Colectivos Viseños será gratuita, así como el resto de actos que se realicen en dichos inmuebles de titularidad Municipal.

5.7. Utilización de nave Municipal (antiguo Bar Owen): 250,00 € / evento Bar y Nave anexa, y 150,00 € / evento solo el Bar. No se alquilará nave anexa de forma independiente.

6. Entrada al Refugio: 1,00 € por persona.

7. Entrada Exposición Permanente Aurelio Teno: 1,00 € por persona.

8. Entrada Museo Reyes Magos: 1,00 € por persona.

9. Entrada Centro de Artesanía: 1,00 € por persona.

10. Entrada Aula de la Naturaleza: 1,00 € por persona.

11. Trenecito: 2,00 € por persona.

Se podrán realizar Convenios Específicos con otros Ayuntamientos, Federaciones y Diputación, para la utilización de Instalaciones Deportivas, atendiendo al interés social y utilidad pública.

Contra el presente Acuerdo, conforme al artículo 19 del Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se podrá interponer por los interesados recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con sede en Granada.

El Viso, 21 de febrero de 2024. Firmado electrónicamente por el Alcalde-Presidente, Juan Díaz Caballero.

Aviso jurídico

Cláusula de exención de responsabilidad aplicable a la información contenida en el BOP en conformidad con la Ley 5/2002, de 4 de abril, reguladora de los Boletines Oficiales de las Provincias.

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  • La información contenida en las disposiciones y textos publicados es de carácter público y su publicidad es responsabilidad del firmante del documento.
  • No ofrece necesariamente información exhaustiva, completa, exacta o actualizada.

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