Boletín nº 48 (08-03-2024)
VI. Administración Local
Ayuntamiento de Cabra
Nº. 658/2024
EL ALCALDE DE ESTA CIUDAD, HACE SABER:
Que ha concluido la convocatoria y pruebas de selección del proceso de estabilización de empleo temporal para la cobertura definitiva de personal laboral fijo del Patronato Municipal de Deportes del Ayuntamiento de Cabra, llevadas a cabo mediante concurso, en ejecución de la Oferta de Empleo Público de 2022, de conformidad con lo dispuesto en las Disposiciones Adicionales Sexta y Octava de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público (Expediente GEX 2022/20711).
De conformidad con el artículo 21.1.h) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases del Régimen Local; el artículo 136 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, y el artículo 7 del Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el que se establecen las reglas básicas y los programas mínimos a que se debe ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de la Administración Local, esta Alcaldía ha dictado las resoluciones que más abajo se relacionan, autorizando las contrataciones como personal laboral fijo del Patronato Municipal de Deportes del Ayuntamiento de Cabra, a las personas y en las plazas que también se indican a continuación:
Nº RESOLUCIÓN /FECHA |
APELLIDOS Y NOMBRE |
DNI |
PLAZA |
2023/3906/4-12-2023 |
Cazorla Campos, Antonio Jiménez Sánchez, José María |
****934** ****910** |
Técnico Deportivo |
2023/3907/4-12-2023 |
Molina Moral, Manuel Pérez Campos, María Carmen |
****941** ****20** |
Auxiliar Administrativo |
2023/3908/4-12-2023 |
Muñoz Priego, José Antonio Quero Manchado, José Rosal Arnáiz, Antonio de Padua |
****940** ****441** ****918** |
Peón |
2023/3909/ 4-12-2023 |
Ortuño Cabrera, Jorge |
****172** |
Conserje |
Contra el presente acuerdo que pone fin a la vía administrativa pueden los interesados interponer potestativamente recurso de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que lo ha dictado o bien impugnarlo directamente ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo con competencia territorial, en el plazo de dos meses, computándose los plazos para recurrir a partir del día siguiente al de la notificación o publicación del acto. En el caso de haber interpuesto recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso interpuesto. No obstante, lo anterior, podrán ejercer cuantas acciones estimen convenientes para la defensa de sus derechos o intereses.
Cabra, 22 de febrero de 2024. Firmado electrónicamente por el Alcalde, Fernando Priego Chacón.