Boletín nº 48 (08-03-2024)

VIII. Otras Entidades

Instituto Provincial de Desarrollo Económico de Córdoba (IPRODECO)

Nº. 741/2024

La Presidencia del Instituto Provincial de Desarrollo Económico, en virtud de Decreto nº 50, de 27 de febrero de 2024, ha resuelto lo siguiente:

El Instituto Provincial de Desarrollo Económico de Córdoba (en adelante IPRODECO) es un Organismo Autónomo Local de la Diputación de Córdoba constituido para la gestión directa de un servicio público de su competencia en materia de promoción y desarrollo socioeconómico y la contribución al desarrollo local de los municipios de la provincia, y se rige por lo dispuesto en sus Estatutos (BOP nº 182, de 22 de septiembre de 2016), en el ordenamiento jurídico vigente en materia de régimen local y demás normativa que resulte de aplicación a las Administraciones Públicas.

Para el cumplimiento de su objeto y fines descritos en el artículo 4 de sus Estatutos IPRODECO debe contratar obras, servicios y suministros y en materia de contratación pública resulta de aplicación lo dispuesto en la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014 (en adelante LCSP).

Para la aplicación de lo anterior en el ámbito de la Diputación Provincial de Córdoba, con fecha 3 de agosto de 2018, se dictaron las Disposiciones Interpretativas sobre el contrato menor. Instrucciones sobre el Control del Gasto. Tal y como se indica en dicha Disposición el objetivo es el establecimiento de una aplicación homogénea de la norma, optando por una específica solución de entre las que se han dado por las distintas Juntas Consultivas de Contratación Administrativa, que procure una mayor seguridad jurídica para todos los Centros Gestores de la Diputación de Córdoba, evite disfunciones significativas entre los distintos órganos de contratación que actúan por delegación y fortalezca la transparencia e integridad de los procesos de compras públicas de escasa cuantía.

Considerando que la Diputación de Córdoba, en virtud de Decreto de la Presidencia de 2023, ha aprobado la Instrucción para la aplicación de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público en la Diputación de Córdoba con el objetivo de establecer de una aplicación homogénea de la norma, optando por una específica solución de entre las que se han dado por las distintas Juntas Consultivas de Contratación Administrativa, que procure una mayor seguridad jurídica para todos los Centros Gestores de la Diputación de Córdoba, y fortalezca la transparencia e integridad especialmente en los contratos menores, pero que no resulta directamente aplicable a los organismos autónomos como IPRODECO, en el uso de las facultades atribuidas a esta Presidencia por el artículo 16 de sus Estatutos celebre

RESUELVO:

PRIMERO. Aprobar la aplicación al Instituto Provincial de Desarrollo Económico de la Instrucción para la aplicación de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público en la Diputación de Córdoba cuyo texto consolidado se encuentra publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba nº 75, de 21 de abril de 2023, por razones de transparencia y concurrencia adaptada a los órganos de contratación y a la estructura orgánica y funcional de IPRODECO.

SEGUNDO. La aplicación del contenido de la Instrucción relativo al uso de la utilidad informática Gestión de Contratación u otras aplicaciones, programas o procedimientos informáticos o software electrónico de la Empresa Provincial de Informática de la Diputación de Córdoba (EPRINSA) dependerá de la fecha de su implantación e implementación en el Instituto Provincial de Desarrollo Económico.

TERCERO. Publicar la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Provincia de conformidad con lo establecido en el artículo 6.1 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, sin perjuicio de su difusión de acuerdo con lo previsto en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.

CUARTO. Dar cuenta de la presente Resolución al Consejo Rector del Instituto Provincial de Desarrollo Económico a los efectos oportunos.

Lo que se hace público para general conocimiento.

Córdoba, 29 de febrero de 2024. Firmado electrónicamente por el Secretario, Jesús Cobos Climent.

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