Boletín nº 56 (20-03-2024)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Moriles

Nº. 872/2024

Habiéndose subsanado y rectificado por Decreto de Alcaldía nº 103/2024, de fecha 11 de marzo, la Resolución de Presidencia nº 79/2024, de fecha 22 de febrero, por la que se aprueban las bases de la convocatoria para la provisión de un técnico de proyectos, para la ejecución del proyecto ECOMORILES: REINVENTANDO UN FUTURO SOSTENIBLE, por el sistema de concurso de méritos, se abre nuevo plazo de presentación de solicitudes, que será de 10 días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba.

Se inserta a continuación el acuerdo adoptado:

PRIMERO. Aprobar las subsanación de las bases específicas para la selección del personal de ejecución (personal técnico de proyectos) del proyecto Eco Moriles: Reinventando un futuro sostenible, para el desarrollo de las actuaciones solicitadas al Ministerio de Transición Ecológica y Reto Demográfico mediante la Orden de 22 de junio de 2023, por la que se convocan subvenciones para la financiación de proyectos promovidos por Entidades Locales para la innovación territorial y la reactivación de la actividad socioeconómica y la lucha contra la despoblación, de conformidad con lo siguiente:

Donde dice: TERCERA. FORMA Y PLAZO DE PRESENTACIÓN DE INSTANCIAS:

Quienes deseen formar parte en la convocatoria deberán solicitarlo mediante instancia que se dirigirá a la Presidencia del Ayuntamiento de Moriles y durante el plazo de 10 días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación del anuncio de la convocatoria en el Tablón de Anuncios de la sede electrónica del Ayuntamiento de Moriles (www.moriles.es). El resto de publicaciones se realizarán en el Tablón de anuncios de la sede electrónica.

Debe decir: TERCERA. FORMA Y PLAZO DE PRESENTACIÓN DE INSTANCIAS:

Quienes deseen formar parte en la convocatoria deberán solicitarlo mediante instancia que se dirigirá a la Presidencia del Ayuntamiento de Moriles y durante el plazo de 10 días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación del anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba. Asimismo se publicará en el Tablón de Anuncios de la sede electrónica del Ayuntamiento de Moriles:

(www.moriles.es). El resto de publicaciones se realizarán en el Tablón de anuncios de la sede electrónica.

Por otra parte, en la Base Tercera, se elimina los siguientes párrafos:

Cuando se presenten en lugar diferente al Registro de Entrada del Ayuntamiento de Moriles, el/la aspirante deberá comunicar, mediante correo electrónico tal circunstancia, y anunciar la fecha y el medio de envío utilizado para la remisión de la solicitud, a la siguiente dirección de correo electrónico: auxiliarregistro@moriles.es.

El pago de la tasa se efectuará dentro del plazo de presentación de solicitudes. La falta de pago de la tasa en el plazo señalado, determinará la inadmisión del aspirante a las pruebas selectivas.

En la BASE QUINTA, donde dice:

Acreditación: Los siguientes documentos son todos obligatorios para valorar la experiencia:

-Informe de vida laboral actualizado.

-Contratos de trabajo y/o certificación en la que se acrediten los servicios prestados.

-Certificado sobre las funciones realizadas, la cuales deberán estar relacionadas con la coordinación, gestión y ejecución de proyectos, expedida por la Administración Pública correspondiente.

Si falta alguno de los documentos anteriores, no se valorará la experiencia.

Debe decir:

Acreditación: Los siguientes documentos son todos obligatorios para valorar la experiencia:

-Informe de vida laboral actualizado.

-Contratos de trabajo y/o certificación en la que se acrediten los servicios prestados.

-Certificado sobre las funciones realizadas, la cuales deberán estar relacionadas con la coordinación, gestión y ejecución de proyectos, expedida por la Administración Pública correspondiente.

En la BASE DÉCIMA:

Donde dice: 10. Formación de bolsas.

Se formará una bolsa de empleo con los/as aspirantes que hayan superado el procedimiento selectivo, en el orden que determine la puntuación obtenida en dicho proceso, que el Ayuntamiento de Moriles podrá utilizar en caso de que el/la candidato/a seleccionado/a decida no incorporarse, bajas laborales, sustituciones, etc.

Debe decir: 10. Formación de bolsas.

Asimismo, una vez finalizado el proceso selectivo y efectuada la adjudicación del destino, y teniendo en cuenta la reserva de plazas en un cupo no inferior al 10% de las vacantes para ser cubiertas entre personas con discapacidad (artículo 28 de la Ley 4/2017, de 25 de septiembre, de la Junta de Andalucía) se formará una "bolsa", con los aspirantes que hubieran participado en el proceso selectivo atendiendo al orden de puntuación de dicho proceso, que el Ayuntamiento de Moriles podrá utilizar en caso de que el/la candidato/a seleccionado/a decida no incorporarse, bajas laborales, sustituciones, etc.

SEGUNDO. Publicar un anuncio del presente acuerdo en el Boletín Oficial de la Provincia, siendo la fecha de este anuncio la que servirá para el cómputo de la ampliación del plazo de presentación de instancias, durante 10 días hábiles.

TERCERO. Disponer la conservación de aquellos trámites y actos cuyo contenido se hubiera mantenido igual de no haberse cometido la infracción y la subsanación de los mismos.

CUARTO: Notificar la presente Resolución a la Delegación del Gobierno en Córdoba de la Junta de Andalucía.

Contra las presentes bases, que ponen fin a la vía administrativa, se puede interponer alternativamente o recurso de reposición potestativo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, ante la Presidencia de esta Mancomunidad, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones públicas, o recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Córdoba o, a su elección, el que corresponda a su domicilio, si éste radica en Andalucía, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo, no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime pertinente.

Moriles, 11 de marzo de 2024. Firmado electrónicamente por la Alcaldesa-Presidenta, Francisca A. Carmona Alcántara.

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