Boletín nº 57 (21-03-2024)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Córdoba

Nº. 908/2024

Exp. Help: 2024/19359

ANUNCIO DE LA DELEGACIÓN DE COMERCIO DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE CÓRDOBA SOBRE APERTURA DEL PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES PARA LA CONCESIÓN DE AUTORIZACIONES DE VENTA EN LA TEMPORADA TAURINA PARA LOS AÑOS 2024, 2025, 2026 Y 2027.

De conformidad con lo dispuesto en la Base Tercera de las Bases reguladoras de la Concesión de Autorizaciones de Venta para las distintas modalidades de Comercio de Temporada correspondientes a los años 2024, 2025, 2026 y 2027 aprobadas mediante Decreto 2023/13175, de 11 de octubre de 2023, y publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia nº 200, de 20 de octubre de 2023, se publica la apertura del plazo para la presentación de solicitudes de concesión de autorizaciones de venta para la Temporada Taurina correspondiente a los años 2024, 2025, 2026 y 2027, concediéndose a los interesados el plazo de VEINTE DÍAS NATURALES a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba.

Las solicitudes, según modelo adjunto, deberán registrarse acompañadas de la siguiente documentación:

1-Fotocopia del Documento Nacional de Identidad en caso de ser persona física.

2-Fotocopia del CIF en caso de ser persona jurídica y acreditación de la identidad del representante de la misma así como documento de representación de la persona jurídica.

3-Certificado de Alta I.A.E. y Certificado de estar al corriente en el pago del Impuesto de Actividades Económicas (Agencia Estatal de Administración Tributaria).

4-Certificado de alta en el régimen de la Seguridad Social que corresponda y certificado de estar al corriente en el pago de las cotizaciones de la Seguridad Social (Tesorería General de la Seguridad Social).

5-Seguro de Responsabilidad Civil vigente por un importe mínimo de 150.000,00 euros y justificante del recibo de pago del mismo (en el que conste claramente el sello de la entidad aseguradora acreditativo de que está pagado o, en su caso, comprobante bancario).

6-Los prestadores procedentes de terceros países deberán acreditar el cumplimiento de las obligaciones establecidas en la legislación vigente en materia de autorizaciones de residencia y trabajo.

7-En el caso de que los objetos de venta consistan en productos para la alimentación humana, las personas que vayan a manipular los alimentos deberán estar en posesión del certificado correspondiente acreditativo de la formación como manipulador de alimentos con una antigüedad no superior a 6 años.

8-Cualquier otra documentación que hubiere de exigirse por la normativa específica en función del tipo de actividad a desarrollar (certificados de instalación de gas, electricidad, eliminación de humos, tasa por la recogida de residuos, montaje de estructuras, o cualquier otro documento exigido por la normativa aplicable).

9-Dos fotografías de la instalación que se proponga instalar desde distintos ángulos (frontal y lateral) a fin de garantizar, dependiendo de la ubicación solicitada, el cumplimiento de la legislación en materia de protección monumental, patrimonial, histórica o artística.

Los requisitos deberán cumplirse antes de dictarse Resolución definitiva y mantenerse hasta la fecha de finalización de la actividad autorizada.

Los documentos con número 3, 4, 5, 6, 7 y 8 podrán ser sustituidos por una Declaración Responsable, según modelo adjunto, suscrita por el interesado en el que manifieste, bajo su responsabilidad, que cumple con los requisitos establecidos en la normativa vigente para obtener el reconocimiento de un derecho o facultad o para su ejercicio, que dispone de la documentación que así lo acredita, que la pondrá a disposición de la Administración cuando le sea requerida, y que se compromete a mantener el cumplimiento de las anteriores obligaciones durante el período de tiempo inherente a dicho reconocimiento o ejercicio.

Las solicitudes de autorización deberán indicar alguna de las ubicaciones que se relacionan en el cuadro adjunto, no admitiéndose solicitudes de autorización para ubicaciones o actividades distintas.

UBICACIÓN

ACTIVIDAD

TIPO DE INSTALACIÓN

DIMENSIONES MÁXIMAS

Alrededores de Plaza de Toros "LOS CALIFAS"

Venta de sombreros y

artículos taurinos

Fija o Movible por el propio

comerciante

6m.(frontal) x 4m.(fondo)

Alrededores de Plaza de Toros "LOS CALIFAS"

Venta de sombreros y

artículos taurinos

Fija o Movible por el propio

comerciante

6m.(frontal) x 4m.(fondo)

Alrededores de Plaza de Toros "LOS CALIFAS"

Frutos secos

Fija o Movible por el propio

comerciante

6m.(frontal) x 4m.(fondo)

Alrededores de Plaza de Toros "LOS CALIFAS"

Frutos secos

Fija o Movible por el propio

comerciante

6m.(frontal) x 4m.(fondo)

Alrededores de Plaza de Toros "LOS CALIFAS"

Frutos secos

Fija o Movible por el propio

comerciante

6m.(frontal) x 4m.(fondo)

Alrededores de Plaza de Toros "LOS CALIFAS"

Frutos secos

Fija o Movible por el propio

comerciante

6m.(frontal) x 4m.(fondo)

Las instalaciones de venta en ningún caso pueden afectar al tránsito de peatones, a la circulación de vehículos ni al acceso o salida de la plaza de toros de los servicios de emergencia ni del resto de vehículos que se utilicen para la realización del evento. En todo caso, deberán seguir las indicaciones que le realicen los agentes de Policía Local.

La concesión de las autorizaciones de venta se concederán para los siguientes periodos:

-Para el año 2024 desde el día 18 de mayo de 2024 hasta el día 25 de mayo de 2024.

-Para los años 2025, 2026 y 2027 los días para los que se concederán las autorizaciones dependerá del calendario de fiestas populares que apruebe para cada año la Junta de Gobierno Local del Excmo. Ayuntamiento de Córdoba.

Lo anterior, sin perjuicio de tener que acreditar anualmente el cumplimiento de los requisitos para el ejercicio de la actividad.

Córdoba, 13 de marzo de 2024. Firmado electrónicamente por el Concejal Delegado de Comercio, Julián Urbano de

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