Boletín nº 60 (26-03-2024)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Córdoba

Nº. 1.008/2024

EDICTO

Aprobada inicialmente la modificación de crédito, mediante Crédito Extraordinario, por acuerdo número 26/24, adoptado en sesión extraordinaria del Ayuntamiento Pleno, de fecha 06 de febrero de 2024, ha permanecido expuesto el mismo al público por espacio de 15 días hábiles, previo anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, de fecha 12 de febrero de 2024 (BOP nº 30, anuncio 450/2024), al efecto de que los interesados pudieran presentar las alegaciones que consideraran procedentes conforme a lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 2/2024, de 5 de marzo, por el que aprueba el texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales.

Transcurrido el plazo establecido para su exposición pública comprendido entre los días 13 de febrero y 05 de marzo, ambos inclusive, se ha presentado la siguiente

ALEGACIÓN:

-Por el Grupo Municipal Socialista de este Ayuntamiento de Córdoba, representado por don Antonio Hurtado Zurera, Portavoz del mismo, y presentada el día 26 de febrero de 2024:

(en la plataforma HELP, con documento CSV b96a5615ad74fc99cfc6ed6b6deef5ff8ec22995).

Una vez conocida por el Pleno Municipal, ha quedado desestimada la alegación y se ha adoptado el procedente ACUERDO DE APROBACIÓN DEFINITIVA de la modificación presupuestaria por crédito extraordinario en sesión ordinaria celebrada el día 14 de marzo de 2024, en los siguientes términos:

Acuerdo nº 60/24

PRIMERO. Admitir la legitimación activa de don Antonio Hurtado Zurera, para la presentación de alegaciones el día 26 de febrero de 2024, dentro del período de exposición pública contra el acuerdo 26/24, de 6 de febrero de 2024 del Pleno, por el que se aprobó inicialmente la concesión de un Crédito Extraordinario destinado a la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir, por montante de 236.353,47 €.

SEGUNDO. Desestimar las alegaciones presentadas por toda vez que se dan las tres características que debe reunir una Modificación de Crédito para justificar el destino que se da al Fondo de Contingencia. Desestimar igualmente su pretensión de que el Acuerdo no sea inmediatamente ejecutivo toda vez que ha sido el Pleno Municipal el que a la vista de las circunstancias y evitando los perjuicios que pudieran derivarse así lo ha determinado.

TERCERO. Aprobar definitivamente el expediente de concesión de Crédito Extraordinario destinado a la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir, por montante de 236.353,47 €.

CUARTO. Notificar al alegante y publicar el presente acuerdo de desestimación de alegaciones y aprobación definitiva en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba con indicación de que contra la aprobación definitiva del presupuesto podrá interponerse directamente recurso contencioso-administrativo, en la forma y plazos que establecen las normas de dicha jurisdicción.

Y para que conste, surta sus efectos donde corresponda y se proceda a su debida comunicación, publicación y ejecución, conforme a lo dispuesto en el artículo 122.5 apartado d) de la Ley de Bases de Régimen Local y a reserva de lo dispuesto en el artículo 206 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, expido la presente certificación de orden y con el Vº Bº del Excmo. Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento.

De acuerdo con lo previsto en el artículo 171.1 del RDL 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, contra los anteriores Acuerdos los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía de Sevilla, a contar desde el día siguiente a la publicación de este edicto en el Boletín Oficial de la Provincia, y ello sin perjuicio de que puede ejecutar cualquier acción que se considere conveniente.

LA TENIENTE DE ALCALDE DELEGADA DE HACIENDA, ECONOMÍA Y EMPLEO

Fdo. DOÑA BLANCA TORRENT CRUZ

(firma electrónica)

(Decreto de Delegaciones Núm. 8377, de 17 de junio de 2023)

VºBº La Secretaría General del Pleno

(firma electrónica)

Córdoba, 20 de marzo de 2024. Firmado electrónicamente por la Concejala con Delegación, Blanca Torrent Cruz. 

Aviso jurídico

Cláusula de exención de responsabilidad aplicable a la información contenida en el BOP en conformidad con la Ley 5/2002, de 4 de abril, reguladora de los Boletines Oficiales de las Provincias.

  • El Boletín es un servicio público cuya edición y gestión corresponde a la Diputación, pero los textos se transcriben en la forma en que se hallen redactados y autorizados por el órgano remitente, sin que puedan variarse o modificarse salvo autorización previa de tal órgano.
  • La información contenida en las disposiciones y textos publicados es de carácter público y su publicidad es responsabilidad del firmante del documento.
  • No ofrece necesariamente información exhaustiva, completa, exacta o actualizada.

Buscar en boletines

Desde el año 2010

Categorías

Ir a un boletín

Calendario

Ir a un boletín

Boletines anteriores

www.dipucordoba.es Web de la Diputación de Córdoba

Sede

Créditos

Diputación de Córdoba

Eprinsa

Datos de contacto

Diputación de Córdoba. Plaza Colón 14071 Cordoba. Tfno:957 211 100 | Contactar

Intranet

Intranet

Tecnologías usadas

Xhtml1.0 válido

Accesibilidad