Boletín nº 60 (26-03-2024)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Montalbán de Córdoba

Nº. 976/2024

Don Miguel Ruz Salces, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Montalbán de Córdoba, hace saber:

Con fecha 14 de marzo de 2024, se ha dictado Resolución número 2024/00000393, del tenor literal siguiente:

"Visto que por Resolución de la Alcaldía número 2023/00001570, de fecha 24 de noviembre de 2023, se aprueban las bases y la convocatoria que han de regir el proceso selectivo para la provisión, mediante oposición, de 3 plazas de Administrativo/a de Administración General, Grupo C, Subgrupo C1, Escala Administración General, Subescala Administrativa, por turno libre (BOP número 231, de 5 de diciembre de 2023), correspondientes a las Ofertas de Empleo Público de los ejercicios 2020 (BOP número 155, de 13 de agosto de 2020) y 2021 (BOP número 206, de 29 de octubre de 2021).

Resultando que por Resolución de la Alcaldía número 2024/00000237, de fecha 20 de febrero de 2024, se procede a la modificación de las bases en lo relativo al desarrollo de los ejercicios por el procedimiento de oposición, publicándose el correspondiente anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba número 42, de 29 de febrero de 2024.

Conocido el requerimiento efectuado por la Delegación Territorial de Justicia, Administración Local y Función Pública de la Junta de Andalucía en Córdoba, con fecha 8 de marzo de 2024, y número de asiento registral 230/RE/E/2024/813, relativo a la subsanación de la Resolución de la Alcaldía número 2024/00000237, de fecha 20 de febrero de 2024, por la que se acuerda la modificación de las bases en lo relativo al desarrollo de los ejercicios por el procedimiento de oposición (BOP número 42, de 29 de febrero de 2024), en dos apartados de las Bases 6.2.1 y 6.2.2, en lo relativo a:

Las alegaciones y/o subsanaciones deberán presentarse en el Registro General de Entrada Municipal bien de forma presencial o bien, y preferentemente, de forma electrónica.

La presentación en las oficinas de correos o en cualquier registro administrativo distinto del mencionado en el párrafo anterior no interrumpirá el plazo de presentación. En tales casos, las alegaciones se entenderán presentadas el día en que entren en el Registro General de Entrada del Ayuntamiento.

En su virtud y, en uso de las facultades que me confieren las disposiciones legales vigentes,

RESUELVO

PRIMERO. Subsanar la Resolución de la Alcaldía número 2024/00000237, de fecha 20 de febrero de 2024, por la que se acuerda la modificación de las bases que han de regir el proceso selectivo para la provisión, mediante oposición, de 3 plazas de Administrativo/a de Administración General, Grupo C, Subgrupo C1, Escala Administración General, Subescala Administrativa, por turno libre, en ejecución de las Ofertas de Empleo Público de los ejercicios 2020 y 2021, publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba número 42, de 29 de febrero de 2024, conforme a lo siguiente:

Donde dice:

6.2.1. PRIMER EJERCICIO (teórico)

(&)

Las alegaciones y/o subsanaciones deberán presentarse en el Registro General de Entrada Municipal bien de forma presencial o bien, y preferentemente, de forma electrónica.

La presentación en las oficinas de correos o en cualquier registro administrativo distinto del mencionado en el párrafo anterior no interrumpirá el plazo de presentación. En tales casos, las alegaciones se entenderán presentadas el día en que entren en el Registro General de Entrada del Ayuntamiento.

Debe decir:

6.2.1. PRIMER EJERCICIO (teórico)

(&)

Las alegaciones y/o subsanaciones se entenderán presentadas el día en que tengan entrada en cualquiera de los registros recogidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Donde dice:

6.2.2. SEGUNDO EJERCICIO (teórico-práctico)

(&)

Las alegaciones y/o subsanaciones deberán presentarse en el Registro General de Entrada Municipal bien de forma presencial o bien, y preferentemente, de forma electrónica.

La presentación en las oficinas de correos o en cualquier registro administrativo distinto del mencionado en el párrafo anterior no interrumpirá el plazo de presentación. En tales casos, las alegaciones se entenderán presentadas el día en que entren en el Registro General de Entrada del Ayuntamiento.

Debe decir:

6.2.2. SEGUNDO EJERCICIO (teórico-práctico)

(&)

Las alegaciones y/o subsanaciones se entenderán presentadas el día en que tengan entrada en cualquiera de los registros recogidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

SEGUNDO. Publicar la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba y en el Tablón de Edictos de la Sede Electrónica del Ayuntamiento.

TERCERO. Dar cuenta de la presente Resolución a la Delegación Territorial de Justicia, Administración Local y Función Pública de la Junta de Andalucía en Córdoba, en relación al requerimiento de subsanación efectuado, con fecha 8 de marzo de 2024, y número de asiento registral 230/RE/E/2024/813.

Lo Decreta y firma el Sr. Alcalde-Presidente, de lo que como Secretario-Interventor certifico a los solos efectos de la fe pública.

Lo que se hace público para general conocimiento.

En Montalbán de Córdoba, 15 de marzo de 2024. Firmado electrónicamente por el Alcalde-Presidente, Miguel Ruz Salces.

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