Boletín nº 65 (04-04-2024)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Pozoblanco

Nº. 979/2024

DECRETO&./

El artículo 104.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de Bases del Régimen Local, establece que el número, características y retribuciones del personal eventual será determinado por el Pleno de cada Corporación, al comienzo de su mandato. Estas determinaciones sólo podrán modificarse con motivo de la aprobación de los Presupuestos anuales.

El artículo 104.2 de la misma Ley dispone que el nombramiento y cese de estos funcionarios es libre y corresponde al Alcalde.

En sesión extraordinaria, celebrada por el Ayuntamiento Pleno el día 27 de junio de 2023, se presentó una propuesta de la Alcaldía sobre nombramiento de personal eventual.

Vistas las anteriores consideraciones y en uso de las facultades que me otorga la Ley 7/1985, de 2 de abril, modificada por la Ley 57/2003, de Medidas para la Modernización del Gobierno Local,

HE RESUELTO:

PRIMERO. Designar a doña Sonia Jornet Ruiz, con DNI número 45.491.090-B, como Responsable Gabinete de Comunicación del Ayuntamiento de Pozoblanco, a jornada completa, y conforme a las características que seguidamente se detallan, que son las acordadas en sesión plenaria de 27 de junio de 2023.

Denominación: Responsable Gabinete de Comunicación; Características: Jornada Completa. El pago de las retribuciones se realizará con cargo a la correspondiente consignación presupuestaria.

SEGUNDO. Que el puesto de Responsable Gabinete de Comunicación, lo es de Carácter Eventual, pudiendo cesar en cualquier momento por decisión del Alcalde que efectuó el nombramiento, y en todo caso, cuando el mismo cese en el desempeño del cargo.

TERCERO. Se notificará la presente Resolución a la persona designada, que se considerará aceptada tácitamente, salvo manifestación expresa y, se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba y Tablón de Edictos de la Corporación, sin perjuicio de su efectividad desde el día siguiente de la firma de la Resolución, de conformidad con lo establecido en el artículo 46 del RD 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales.

CUARTO. Asumir el Ayuntamiento las obligaciones que las normas del Régimen General de la Seguridad Social imponen a las Empresas con respecto a los empleados a su servicio.

QUINTO. Efectuar la Corporación Municipal el pago de la cuota empresarial que legal o reglamentariamente le corresponda con tal motivo.

SEXTO. Dar cuenta al Pleno de la Corporación en la próxima sesión que se celebre.

Pozoblanco, 18 de marzo de 2024. Firmado electrónicamente por el Alcalde, Santiago Cabello Muñoz.

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