Boletín nº 70 (11-04-2024)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Villafranca de Córdoba

Nº. 1.127/2024

ANUNCIO APROBACIÓN DEFINITIVA

Aprobado definitivamente el expediente de crédito suplemento de crédito financiado con cargo al remanente líquido de tesorería, lo que se publica a los efectos del artículo 169.1, por remisión del 177.2, del Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo:

Estado de gastos

Descripción

CAPÍTULO 2. GASTOS CORRIENTES EN BIENES Y SERVICIOS

177.959,88

CAPÍTULO 4. TRANSFERENCIAS CORRIENTES

1.278,35

TOTAL

179.238,23

Estado de ingresos

Descripción

Euros

CAPÍTULO 8. ACTIVOS FINANCIEROS

179.238,23

TOTAL INGRESOS

179.238,23

Además, queda acreditado el cumplimiento de los requisitos que establece el artículo 37.2, apartados a) y b), del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, por el que se desarrolla el Capítulo I del Título VI de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, reguladora de las Haciendas Locales, en materia de presupuestos, que son los siguientes:

a) El carácter específico y determinado del gasto a realizar y la imposibilidad de demorarlo a ejercicios posteriores.

b) La insuficiencia en el estado de gastos del Presupuesto de crédito destinado a esa finalidad específica, que deberá verificarse en el nivel en que esté establecida la vinculación jurídica.

Contra el presente Acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de dicha Jurisdicción.

Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 113.3 de la Ley 7/1985, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.

En Villafranca, 2 de abril de 2024. Firmado electrónicamente por el Alcalde-Presidente, Francisco Palomares Sánchez.

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