Boletín nº 72 (15-04-2024)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Iznájar

Nº. 1.192/2024

CONVOCATORIA PÚBLICA DE SUBVENCIONES PARA AYUDAS ECONÓMICAS POR NACIMIENTO O ADOPCIÓN DESTINADAS A FAMILIAS DEL MUNICIPIO DE IZNÁJAR EJERCICIO 2024.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones:

(https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convo- catoria/559059)

Primero. Beneficiarios

Los beneficiarios de la ayuda serán el/los hijo/s independientemente de que los solicitantes de la ayuda sean ambos progenitores o adoptantes o uno de ellos como titulares del Libro de Familia en el que figure registrado su nacimiento o adopción.

Segundo. Objeto

Fomentar y ayudar a la natalidad de los habitantes del municipio de Iznájar, en apoyo a la familia, a la conciliación de la vida familiar y laboral, y a paliar los gastos originados por el nacimiento o la adopción de uno o más hijos.

Tercero. Bases Reguladoras

Las bases reguladoras se encuentran publicadas en la página web del Ayuntamiento de Iznájar www.iznajar.es así como en la BDNS.

Cuarto. Cuantía

500 euros por el primer hijo (en el caso de que fuese el primer hijo para el progenitor solicitante de la ayuda).

1.000 euros por el segundo hijo (en el caso de que fuese el segundo hijo para el progenitor solicitante de la ayuda).

1.500 euros (en el caso de que fuese el tercer hijo para el progenitor solicitante de la ayuda).

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes

El plazo de presentación de la solicitud por hijo/a nacido o adoptado a partir del 01/12/2024, inclusive podrá efectuarse a partir del día siguiente al de la publicación de las presentes bases en el Tablón de anuncios del Ayuntamiento de Iznájar y hasta el día 30 de noviembre de 2024. Para los nacimientos que tengan lugar entre el 1 de diciembre de 2023 y el 30 de noviembre de 2024, ambos inclusive, la solicitud deberá presentarse en el plazo de 20 días hábiles a contar desde el siguiente al del día nacimiento del niño/a.

Iznájar, 3 de abril de 2024. Firmado electrónicamente por el Alcalde-Presidente, Lope Ruiz López

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