Boletín nº 73 (16-04-2024)

VI. Administración Local

Diputación de Córdoba

Nº. 1.320/2024

ANUNCIO

El Pleno de la Excma. Diputación Provincial de Córdoba, en sesión ordinaria celebrada el día 20 de marzo de 2024, adoptó en votación ordinaria y con el voto afirmativo de los/as 13 Sres./Sras Diputados/as del Grupo PP-A, los 11 del Grupo PSOE -A y los 2 del Grupo IU-Andalucía, y en contra de la Sra. Diputada del Grupo VOX, según consta en el borrador del acta, pendiente de aprobación, lo siguiente:

URGENCIA B). INCREMENTO RETRIBUTIVO COMPLEMENTARIO DEL 0,5 % POR EL PIB PREVISTO EN EL ARTÍCULO 19 DOS 2 B) LA LEY 31/2022, DE 23 DE DICIEMBRE, DE PRESUPUESTOS GENERALES DEL ESTADO PARA EL AÑO 2023, DEL PERSONAL EVENTUAL.

En los artículos 104 y 104 bis de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local se configura el régimen básico del personal eventual de las Diputaciones Provinciales, señalando que el número, características y retribuciones del personal eventual será determinado por el Pleno de cada Corporación, al comienzo de su mandato, pudiendo estas determinaciones modificarse con motivo de la aprobación de los presupuestos anuales.

La Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023 dispone en su artículo 19 Dos 2 b): Asimismo se aplicarán, en su caso, los siguientes incrementos respecto de las retribuciones vigentes a 31 de diciembre de 2022 y con efectos, en ambos casos, de 1 de enero de 2023:

b) Incremento vinculado a la evolución del Producto Interior Bruto (PIB) nominal en el año 2023. Si el incremento del PIB nominal igualase o superase el estimado por el Gobierno en el cuadro macroeconómico que acompaña a la elaboración de la presente ley de Presupuestos, se aplicará un aumento retributivo complementario del 0,5 por ciento.

A estos efectos, una vez publicados por el INE los datos de avance del PIB de 2023, se aprobará la aplicación de este incremento mediante Acuerdo del Consejo de Ministros, que se publicará en el BOE.

El Boletín Oficial del Estado de 8 de febrero de 2024 publica la Resolución de 7 de febrero de 2024, de la Secretaría de Estado de Presupuestos y Gastos, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 6 de febrero de 2024, por el que se aprueba el incremento del 0,5% en las retribuciones del personal al servicio del sector público en aplicación de lo previsto en el artículo 19.Dos.2 b) de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023. Dicha Resolución establece que &.Adicionalmente en el año 2023, si el incremento del PIB nominal fuera igual o superior al que aparece estimado en el cuadro macroeconómico que acompaña a los Presupuestos Generales del Estado, se aplicará una subida complementaria de un 0,5 por ciento. Este posible incremento complementario del año 2023, de carácter consolidable, tendría efectos de 1 de enero de 2023, sobre la base de las retribuciones vigentes el 31 de diciembre de 2022.

Por su parte, el artículo 19.Dos.2.b) de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023 recoge para el año 2023 las previsiones contenidas en el Acuerdo de 19 de octubre de 2022, estableciendo que: «2.Asimismo se aplicarán, en su caso, los siguientes incrementos respecto de las retribuciones vigentes a 31 de diciembre de 2022 y con efectos de 1 de enero de 2023: b)Incremento vinculado a la evolución del Producto Interior Bruto (PIB) nominal en el año 2023. Si el incremento del PIB nominal igualase o superase el estimado por el Gobierno en el cuadro macroeconómico que acompaña a la elaboración de la presente ley de Presupuestos, se aplicará un aumento retributivo complementario del 0,5 por ciento. A estos efectos, una vez publicados por el INE los datos de avance del PIB de 2023, se aprobará la aplicación de este incremento mediante Acuerdo del Consejo de Ministros, que se publicará en el BOE». El Instituto Nacional de Estadística, con fecha 31 de enero de 2024, ha certificado que el crecimiento del PIB nominal en el año 2023 fue de un 8,6/%. Por su parte, la previsión del Gobierno incluida en el cuadro macroeconómico que acompañó a la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2023 recogía un PIB nominal del 6 por ciento. Por tanto, en cumplimento de lo dispuesto en el artículo 19.Dos.2.b) de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023 y dado que se dan los condicionantes recogidas en la norma, a propuesta de la Vicepresidenta Primera del Gobierno y Ministra de Hacienda y del Ministro para la Transformación Digital y de la Función Pública, el Consejo de Ministros, en su reunión del día 6 de febrero de 2024, acuerda: Aprobar el incremento de las retribuciones del personal al servicio del sector público previsto en el artículo 19.Dos.2.b) de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023, que establece que «& Si el incremento del PIB nominal igualase o superase el estimado por el Gobierno en el cuadro macroeconómico que acompaña a la elaboración de la presente ley de Presupuestos, se aplicará un aumento retributivo complementario del 0,5 por ciento.

En su virtud, de conformidad con lo establecido en los artículos 104 y ss. de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, se propone al Pleno aprobar los nuevos importes de las retribuciones anuales del personal eventual de la Corporación, con efectos de 1 de enero de 2023, distinguiendo entre el primer semestre del año y el segundo semestre del año 2023:

I.- PRIMER SEMESTRE DEL AÑO 2023 CORRESPONDIENTE A LA CORPORACIÓN 2019-2023.

Personal Eventual

Cuantía anual - 2022

Cuantía consolidada - 2023

(2,5% + 0,5% + 0,5%)

Jefatura Gabinete de Presidencia

53.613,05 €

55.489,51 €

Jefatura Comunicación e Imagen

45.869,18 €

47.474,60 €

Secretario/a Particular

37.043,32 €

38.339,84 €

Ayte. Serv, Operativos Presidencia

37.043,32 €

38.339,84 €

Asesor/a de Gobierno

37.043,32 €

38.339,84 €

Asesor/a de Grupo

37.043,32 €

38.339,84 €

Administrativo/a Delegaciones

27.174,93 €

28.126,05 €

Administrativo/a

27.174,93 €

28.126,05 €

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