Boletín nº 74 (17-04-2024)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Cabra

Nº. 1.245/2024

El Alcalde de esta Ciudad, hace saber:

Que el Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el día 29 de enero de 2024, acordó aprobar provisionalmente el expediente de modificación de la ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE EL INCREMENTO DEL VALOR DELOS TERREROS DE NATURALEZA URBANA.

Que durante el plazo de exposición pública no se ha formulado reclamación alguna contra el mismo, quedando aprobado definitivamente conforme a lo dispuesto en el artículo 17.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales.

Contra el citado acuerdo se podrá interponer por los interesados, a tenor de lo dispuesto en el artículo 19 de la citada Ley Reguladora de las Haciendas Locales, recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, contados a partir de la publicación del presente Anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA.

Las modificaciones introducidas en la Ordenanza son las siguientes:

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE EL INCREMENTO DEL VALOR DE LOS TERRENOS DE NATURALEZA URBANA.

Artículo 7. Método de estimación objetivo

1. Para determinar la base imponible según el método de estimación objetivo se multiplicará el valor del terreno en el momento del devengo, calculado conforme a lo dispuesto en el artículo 9 de esta ordenanza, por el coeficiente que corresponda según el periodo de generación aplicable y que se indica seguidamente:

PERÍODO DE GENERACIÓN

COEFICIENTE

Inferior a 1 año

0,14

1 año

0,12

2 años

0,14

3 años

0,15

4 años

0,16

5 años

0,16

6 años

0,14

7 años

0,11

8 años

0,09

9 años

0,08

10 años

0,07

11 años

0,07

12 años

0,07

13 años

0,07

14 años

0,09

15 años

0,09

16 años

0,10

17 años

0,13

18 años

0,17

19 años

0,23

20 años o más

0,40

Lo que se hace público para general conocimiento.

Cabra, a 8 de abril de 2024. Firmado electrónicamente por el Alcalde, Fernando Priego Chacón.

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