Boletín nº 74 (17-04-2024)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Hornachuelos

Nº. 1.276/2024

En la sesión ordinaria del Pleno del Ayuntamiento de Hornachuelos, celebrado el día 31 de enero de 2024, se ha adoptado por mayoría absoluta de sus miembros presentes, el siguiente acuerdo en relación al Plan Estratégico de Subvenciones, según consta en el Exp.Gex 2024/321:

PRIMERO. Aprobar el Plan Estratégico de Subvenciones del Ayuntamiento de Hornachuelos para los periodos 2024, 2025 y 2026, cuyo tenor literal es el siguiente:

"PREÁMBULO

Según la Exposición de Motivos de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (en adelante, LGS), una parte importante de la actividad financiera del sector público se canaliza a través de subvenciones, con el objeto de dar respuesta, con medidas de apoyo financiero, a demandas sociales y económicas de personas y entidades públicas o privadas.

Desde la perspectiva económica, las subvenciones son una modalidad importante de gasto público y, por tanto, deben ajustarse a las directrices de la política presupuestaria, actualmente orientada por los criterios de estabilidad presupuestaria y crecimiento económico. La LGS supone un paso más en el proceso de racionalización de nuestro sistema económico, incardinándose en el conjunto de medidas y reformas que se han venido instrumentando con esta finalidad. Uno de los principios que rigen esta ley es el de transparencia. Con este objeto las Administraciones deberán hacer públicas las subvenciones que concedan, y, a la vez, la ley establece la obligación de formar una base de datos de ámbito nacional que contenga información relevante sobre todas las subvenciones concedidas.

Esta mayor transparencia redunda de forma directa en un incremento de los niveles de eficiencia y eficacia en la gestión del gasto público subvencional. En esta línea de mejora de la eficacia, la LGS establece, como elemento de gestión e instrumento de dicha mejora, la necesidad de elaborar en cada Administración Pública un plan estratégico de subvenciones.

El Plan Estratégico de Subvenciones del Ayuntamiento de Hornachuelos constituye un instrumento de gestión preceptivo, de carácter programático y carente de rango normativo, cuyo objetivo fundamental es la racionalización del gasto público en la concesión de subvenciones que se articulen desde este Ayuntamiento.

La ordenación del presente Plan Estratégico de Subvenciones se articula sobre la base de los siguientes hitos normativos:

-Artículo 31.2 de la Constitución Española: El gasto público realizará una asignación equitativa de los recursos públicos, y su programación y ejecución responderán a los criterios de eficiencia y economía.

-Artículo 8.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones: Los órganos de las Administraciones públicas o cualesquiera entes que propongan el establecimiento de subvenciones, con carácter previo, deberán concretar en un plan estratégico de subvenciones los objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación, el plazo necesario para su consecución, los costes previsibles y sus fuentes de financiación, supeditándose en todo caso al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria.

-Artículo 12.3 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley General de Subvenciones: Los planes estratégicos de subvenciones tienen carácter programático y su contenido no crea derechos ni obligaciones; su efectividad quedará condicionada a la puesta en práctica de las diferentes líneas de subvención, atendiendo entre otros condicionantes o las disponibilidades presupuestarias de cada ejercicio.

Asimismo, constituye normativa reguladora en la materia la Ordenanza General reguladora de Subvenciones del Ayuntamiento de Hornachuelos.

CAPÍTULO I

NATURALEZA JURÍDICA, ÁMBITO TEMPORAL, ÁMBITO OBJETIVO DE APLICACIÓN Y PRINCIPIOS GENERALES Y OBJETIVOS

ARTÍCULO 1. NATURALEZA JURÍDICA

Los Planes Estratégicos de Subvenciones son un instrumento de gestión de carácter programático, carente de rango normativo, que no supone una incidencia directa en la esfera de los particulares, ni su aprobación generar derechos ni obligaciones para la Administración. Su efectividad queda condicionada al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria, por lo que la aprobación de las correspondientes bases y convocatorias de las diferentes líneas de subvención, así como de las disponibilidades presupuestarias se acomodarán en cada momento a dichos objetivos. El establecimiento efectivo de las subvenciones previstas en este Plan requerirá inclusión de las consignaciones correspondientes en los Presupuestos municipales de cada año y la aprobación de las Ordenanzas que contengan las bases reguladoras de su concesión.

ARTÍCULO 2. ÁMBITO TEMPORAL

De conformidad con lo establecido en el artículo 11.4 del Reglamento de Subvenciones, se establece una vigencia del presente Plan Estratégico de tres años, es decir, abarca la actividad subvencional del Ayuntamiento de Hornachuelos de los años 2024 a 2026; si bien de conformidad con el artículo 14.1 del mismo texto normativo, se actualizará anualmente, de acuerdo con la información relevante disponible.

ARTÍCULO 3. ÁMBITO OBJETIVO DE APLICACIÓN

El presente Plan Estratégico resulta de aplicación directa a todas las subvenciones concedidas anualmente por el Ayuntamiento de Hornachuelos mediante los siguientes procedimientos de concesión de subvenciones:

-Subvenciones concedidas en régimen de concurrencia competitiva.

-Subvenciones nominativas previstas en el presupuesto.

Con carácter general, las subvenciones se concederán en régimen de concurrencia competitiva; no obstante, podrán concederse mediante ayuda directa aquellas subvenciones que figuren como nominativas en los presupuestos municipales. Con carácter excepcional, y por tanto ajenas al presente plan, podrán concederse subvenciones directas por razones de interés público, social, económico o humanitario u otras que dificulten su convocatoria pública, o bien cuando venga impuesto por norma de rango legal, en los términos previstos en la Ley General de Subvenciones.

Pese a tratarse de ayudas en la modalidad de préstamo reembolsable, se incluyen en el Anexo del Plan Estratégico las Ayudas para el Impulso de Proyectos Productivos, resultándole además de aplicación la normativa estatal en materia de subvenciones, así como la Ordenanza General de Subvenciones de este Ayuntamiento.

ARTÍCULO 4. PRINCIPIOS GENERALES Y OBJETIVOS

La concesión de subvenciones por el Ayuntamiento de Hornachuelos debe responder a los siguientes principios:

a) Publicidad y transparencia: las subvenciones incluidas en este Plan Estratégico de Subvenciones deben reflejarse en el Presupuesto municipal y estar siempre a disposición del público interesado, sin perjuicio de otras medidas de publicidad y transparencia previstas por las leyes.

b) Concurrencia, objetividad, igualdad y no discriminación: con carácter general las subvenciones de este Ayuntamiento se asignarán mediante el procedimiento de concurrencia competitiva, sin perjuicio de la posibilidad de concesión mediante ayuda directa.

La asignación de dichas subvenciones será objetiva y con la misma no se producirán discriminaciones entre los colectivos y beneficiarios.

c) Principio de estabilidad y regla del gasto.

d) Eficacia en el cumplimiento de los objetivos y eficiencia en la asignación y utilización de los recursos públicos: las subvenciones están destinadas a la realización de una actividad concreta y la misma debe ser evaluada valorando los objetivos conseguidos y los recursos destinados.

CAPÍTULO II

BENEFICIARIOS, ÁREAS DE ACTUACIÓN Y

PROCEDIMIENTOS DE CONCESIÓN

ARTÍCULO 5. BENEFICIARIOS

Serán beneficiarios de las subvenciones contenidas en este Plan Estratégico las personas, físicas o jurídicas, asociaciones o entidades que las reciban para la realización de actividades de utilidad pública o interés social o para promover la consecución de fines públicos atribuidas a la competencia local, que reunan los requisitos establecidos en cada convocatoria.

La aprobación del Plan Estratégico de Subvenciones no supone la generación de derecho alguno a favor de los potenciales beneficiarios, que no podrán exigir indemnización o compensación alguna en caso de que el Plan no se lleve a la práctica en sus propios términos.

ARTÍCULO 6. ÁREAS DE ACTUACIÓN

A efectos del presente Plan Estratégico, se entiende por áreas de actuación las contenidas en la Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Hornachuelos.

Las líneas estratégicas de actuación recogidas en el presente Plan Estratégico son las siguientes:

-Promoción económica.

-Ayudas para el apoyo al estudio y la educación al colectivo estudiantil con necesidades sociales y económicas.

-Actividades de fomento de la cultura y fiestas populares en los Depart

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