Boletín nº 75 (18-04-2024)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Carcabuey

Nº. 1.168/2024

Por medio del presente se hace público que el Pleno del Ayuntamiento de Carcabuey, en sesión ordinaria, celebrada el día 22 de marzo de 2024, ha aprobado las BASES DE LA CONVOCATORIA PARA LA FORMACIÓN DE UNA BOLSA DE TRABAJO DE ASPIRANTES PARA TRABAJOS CUALIFICADOS EN EL AYUNTAMIENTO DE CARCABUEY.

BASES DE LA CONVOCATORIA PARA LA FORMACIÓN DE UNA BOLSA DE TRABAJO DE ASPIRANTES PARA TRABAJOS CUALIFICADOS EN EL AYUNTAMIENTO DE CARCABUEY.

El Ayuntamiento de Carcabuey, para el desempeño de trabajos municipales de corta duración, y poder contribuir al sostenimiento económico de quienes más puedan necesitarlo, establece una BOLSA DE TRABAJOS CUALIFICADOS, para futuras contrataciones temporales de personal laboral, en función de las disponibilidades presupuestarias y como consecuencia de necesidades puntuales de trabajo que pudieren surgir, o bien para cubrir permisos, vacaciones, bajas por incapacidad laboral temporal etc., y que bien necesiten de una cualificación profesional de oficios o bien técnica o administrativa, tales como: oficial de mantenimiento, oficial de fontanería, oficial de pintura, oficial de electricista, oficial de jardinería, adjunto o auxiliar administrativo, asistente o monitor/a de aula matinal, asistente de ayuda a domicilio, guarda de campo, técnico/a de deportes, técnico/a de igualdad y auxiliar de turismo y técnico/a de cualquier especialidad que se necesite por el Ayuntamiento atender situaciones ocasionales, previsibles y por ser contratos vinculados al Plan de Empleo Municipal de Carcabuey, para la activación y fomento del empleo local, de conformidad con Disposición adicional 9ª, de la Ley 3/2023, de 28 de febrero, de Empleo.

Las listas de personas aspirantes se conformarán por selección de participantes seleccionados a través de procesos selectivos que se regirán por los principios de igualdad, necesidad, mérito, y capacidad, acordes con la normativa reguladora de la selección de personal al servicio de las Administraciones Públicas y con arreglo a las siguientes:

BASES

PRIMERA. CONDICIONES Y REQUISITOS QUE DEBEN REUNIR O CUMPLIR LAS PERSONAS ASPIRANTES

1.1. Tener la nacionalidad española o nacional de un Estado miembro de la Unión Europea, o extranjeros con residencia legal en España, de conformidad con lo previsto en el artículo 57 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público. Se extenderá igualmente a las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.

1.2. Tener cumplidos 16 años de edad.

1.3. Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.

1.4. No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio del Ayuntamiento de Carcabuey, ni contar con informe negativo global, emitido por el jefe o encargado del servicio correspondiente, respecto del comportamiento general en actividades laborales que se hayan realizado en el marco de un contrato de trabajo ofrecido a través de esta bolsa, en los 18 meses anteriores a la fecha en que finalice el plazo de presentación de solicitudes, o con tres partes de disconformidad emitidos por el responsable municipal correspondiente, en ese mismo período de tiempo, respecto de cualquier tipo de actividad laboral realizada para el Ayuntamiento.

1.5. No hallarse incurso/a en causa de incapacidad o incompatibilidad para prestar sus servicios en el Ayuntamiento de Carcabuey.

1.6. Estar en condiciones de acreditar capacitación para desempeñar el puesto o puestos de trabajo en el/los que se inscribe, por medio de:

-Título oficial para el puesto específico requerido.

-Experiencia mínima de 12 meses para los oficiales de mantenimiento y de seis meses para el resto de puestos.

-Permiso de conducción correspondiente, para las modalidades que requieran la conducción de vehículos.

1.7. Un sistema de selección, determinará el orden de los aspirantes en cada una de las listas, por un concurso de méritos y circunstancias valorables, en una prueba específica de selección, o en una conjunción de ambos.

La prueba consistirá, bien en la realización de una actividad práctica, o bien en un ejercicio escrito. Los contenidos de ambos tipos de prueba deberán guardar relación con la modalidad de trabajo de que se trate y será propuesto por personal técnico competente.

El concurso de méritos valorará los distintos apartados que se recogen en el baremo incluido en el Anexo IV, si se trata de una modalidad de trabajo de personal técnico o administrativo, o en el del Anexo VII, si se trata de una modalidad de personal de oficios.

1.8. Podrá aceptarse como lista de una determinada modalidad de trabajo incluida en esta BOLSA, el orden resultante de aspirantes no seleccionados en un proceso selectivo para puestos específicos de la misma modalidad de trabajo, convocados por el Ayuntamiento, para una más amplia duración temporal, siempre y cuando esta opción se haya hecho constar expresamente en la convocatoria correspondiente. En la citada lista se integrará solamente a aquellas personas aspirantes que hubieran solicitado su participación en la misma.

SEGUNDA. INSTANCIAS Y DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR

2.1. Las instancias solicitando la incorporación a la Bolsa se presentaran conforme al modelo normalizado adjunto (Anexo I), para el caso en que la convocatoria no contemple concurso de méritos. En el caso de que la convocatoria sí contemplen un concurso de méritos, el modelo se corresponderá con el del Anexo III, si se trata de una modalidad de trabajo de personal técnico o administrativo, o con el del Anexo VI, si se trata de una modalidad de personal de oficios, se dirigirán al Sr. Alcalde-Presidente y se presentarán en el Ayuntamiento o en cualquiera de las formas admitidas en el artículo 16.4 Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el plazo de quince días hábiles contados a partir del día siguiente de la publicación de las Bases en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba y en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Carcabuey.

2.2. Las solicitudes irán acompañadas fotocopias del DNI o pasaporte, certificado de estar inscrito como demandante de empleo, así como de antigüedad de la demanda, expedido por el SAE, y además documentación acreditativa de cumplir los requisitos exigidos en la convocatoria. En el caso de que ésta contemple concurso de méritos, los/as solicitantes deberán aportar la documentación que conforme a lo establecido en los Anexos IV o VII- acredite los méritos y circunstancias valorables. Todos documentos presentados deberán ir numerados.

No tendrán que presentarse DNI o pasaporte, títulos, documentación justificativa de méritos, circunstancias, etc., que ya hubiesen sido aportados por los/as solicitantes en convocatorias anteriores de alguna modalidad de BOLSAS DE TRABAJO de este Ayuntamiento, aunque deberán hacer constar esta circunstancia, para que puedan serle tenidos en cuenta.

2.3. El Ayuntamiento podrá requerir a los/as solicitantes la subsanación de la documentación aportada si se detectaran en ésta errores o deficiencias, pero en ningún caso, ni durante el plazo de reclamación a las puntuaciones, ni fuera de este, se podrá admitir nueva documentación justificativa de méritos que no haya sido aportada durante el plazo de presentación de solicitudes.

2.4. En convocatorias de modalidades de personal técnico o administrativo, los/as aspirantes deberán cumplimentar, además, la autobaremación correspondiente según el modelo normalizado que figura en el Anexo V.

2.5. La ocultación o falsedad demostrada de datos en la solicitud, conllevará la exclusión del aspirante de la BOLSA, sin perjuicio de la exigencia de las responsabilidades en que hubiera podido incurrir.

2.6. Cada persona podrá inscribirse en un máximo de dos modalidades de trabajos incluidas en esta BOLSA, y figurar en sus correspondientes listas, siempre que reúna los requisitos exigidos en las mismas. La participación en la Bolsa de trabajos Cualificados, excluye al solicitante de participar en la Bolsa de trabajos No Cualificados del Ayuntamiento de Carcabuey.

TERCERA. CONVOCATORIAS Y ADMISIÓN DE PARTICIPANTES

3.1. La BOLSA DE TRABAJOS CUALIFICADOS, regulada mediante las presentes bases, tendrá una duración de 4 años. Para la conformación y renovación de las listas de aspirantes a cada una de las modalidades de trabajos cualificados que se estime necesario incluir en la misma, se establecerán convocatorias anuales independientes tanto para la admisión de nuevos/as solicitantes, como para la actualización de méritos alegados por los/as aspirantes anteriormente inscritos, que aún no hayan sido beneficiarios/as de un contrato y que deseen actualizar sus méritos.

Para ello se otorgará un plazo de 15 días hábiles a contar desde la publicación del anuncio de apertura de la Bolsa en el tablón municipal, procediéndose a continuación a la baremación de las solicitudes y a su incorporación en las listas inicialmente aprobadas.

3.2. Durante el plazo de admisión de solicitudes, en cada una de las convocatorias, todas las personas aspiran

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