Boletín nº 84 (02-05-2024)

VIII. Otras Entidades

Instituto Municipal de Desarrollo Económico y Empleo de Córdoba (IMDEEC)

Nº. 1.633/2024

Título: CONVOCATORIA DE INCENTIVOS A AUTÓNOMOS, EMPRESAS Y ENTIDADES QUE REALICEN PLANES DE FORMACIÓN E INSERCIÓN LABORAL QUE LLEVEN APAREJADA CONTRATACIÓN DE PERSONAS EN SITUACIÓN DE DESEMPLEO 2024 -FORMA Y CONTRATA 2024-

BDNS (Identif.) 757814

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones:

(https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/757814)

Primero. Objeto

Se convoca, en régimen de concurrencia competitiva y de acuerdo con los principios de objetividad y publicidad, la Convocatoria de Incentivos a Autónomos, Empresas y Entidades que realicen planes de formación e inserción laboral que lleven aparejada contratación de Personas en situación de desempleo 2024 -FORMA Y CONTRATA 2024- dirigida a impulsar y apoyar iniciativas cuyo objetivo principal sea la financiación de planes de formación especializada para la mejora de la competitividad, la innovación o la aplicación de las TICs para empresas, personas autónomas, asociaciones empresariales o colegios profesionales o la contratación indefinida de personas en situación desempleo, al objeto de mejorar la competitividad de las beneficiarias de la Convocatoria.

Esta iniciativa abarca una doble perspectiva:

Hacer frente a las necesidades formativas más inmediatas de las empresas y su adaptación a la actual situación acaecida en el entorno.

Optimizar y adecuar la inserción de personas trabajadoras que se encuentran en situación de desempleo a la demanda real de las empresas, facilitando de este modo su contratación.

A través de la Convocatoria se pretende:

-Ofrecer un instrumento eficaz, destinado, por un lado, a atender las necesidades reales de las empresas y de la sociedad, y, por otro, al mantenimiento del empleo y a la mejora de la ocupabilidad de las personas en situación de desempleo, con el fin último de contribuir a mejorar la calidad de vida de la población cordobesa.

-Promover la formación especializada para la mejora de la competitividad, la innovación o la aplicación de las TICs en empresas y asociaciones empresariales o colegios profesionales y facilitando a las personas trabajadoras la promoción interna dentro de estas.

-Promover la generación de empleo de carácter indefinido entre las personas en situación de desempleo de nuestra ciudad favoreciendo su desarrollo socioeconómico.

-Apostar por la mejora formativa del talento cordobés que a su vez implica una mejora en su empresa por las nuevas habilidades adquiridas y por otra por la oportunidad de permanencia en la ciudad de Córdoba que esta Convocatoria ofrece a las personas jóvenes.

Teniendo como objetivo general, establecer las condiciones de concesión de incentivos para el fomento de la formación especializada, la inserción o contratación laboral a desarrollar por personas autónoma, empresas o entidades, a fin de disminuir la tasa de desempleo del municipio de Córdoba y generar nuevas oportunidades de empleo.

Segundo. Beneficiarios 

1. En el caso de Plan de formación especializada para la mejora de la competitividad, la innovación o la aplicación de las TICs para empresas, personas autónomas, asociaciones empresariales o colegios profesionales:

-Las personas físicas (empresario/a individual, comunidad de bienes, sociedad civil, emprendedor de responsabilidad limitada ERL, ESPJ), o las empresas, con personalidad jurídica, que se encuentren legalmente constituidas, ubicadas, con centro de trabajo y que ejerzan su actividad económica en el término municipal de Córdoba.

-Las asociaciones empresariales, que se encuentren legalmente constituidas al amparo de la Ley 19/1977, de 1 de abril, sobre regulación del Derecho de Asociación Sindical, en el ámbito empresarial o de la Ley Orgánica 11/1985, de 2 de agosto, de Libertad Sindical, con domicilio social y que ejerzan su actividad económica en el término municipal de Córdoba.

-Los Colegios Profesionales, que se encuentren legalmente constituidos al amparo de la Ley 2/1974, de 13 de febrero, sobre Colegios Profesionales, con domicilio social y que ejerzan su actividad en el término municipal de Córdoba.

2. En el caso de Proyectos de mejora de la competitividad: Las personas físicas (empresario/a individual, comunidad de bienes, sociedad civil, emprendedor de responsabilidad limitada ERL, ESPJ), y las empresas, con personalidad jurídica, que se encuentren legalmente constituidas, ubicadas, con centro de trabajo y que ejerzan su actividad económica en el término municipal de Córdoba.

3. En el caso de Proyectos de carácter social: Las empresas de inserción, las empresas de economía social, las asociaciones y las entidades sin ánimo de lucro y las organizaciones empresariales o sindicales, que se encuentren legalmente constituidas, ubicadas y con centro de trabajo en el término municipal de Córdoba.

Tercero. Diario Oficial

Se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba a través de la Base de Datos Nacional de Subvenciones.

Cuarto. Bases Reguladoras

Se mantendrán publicadas en el Tablón Edictal de Anuncios del Ayuntamiento de Córdoba:

(https://sede.cordoba.es/cordoba/tablon-de-anuncios/).

Supletoriamente en la WEB del IMDEEC:

(https://imdeec.es/ayudas-2024/).

Córdoba, 9 de abril de 2024. Firmado electrónicamente por la Presidenta de la Agencia Administrativa Local "Instituto Municipal de Desarrollo Económico y Empleo de Córdoba-IMDEEC", Blanca Torrent Cruz.

Aviso jurídico

Cláusula de exención de responsabilidad aplicable a la información contenida en el BOP en conformidad con la Ley 5/2002, de 4 de abril, reguladora de los Boletines Oficiales de las Provincias.

  • El Boletín es un servicio público cuya edición y gestión corresponde a la Diputación, pero los textos se transcriben en la forma en que se hallen redactados y autorizados por el órgano remitente, sin que puedan variarse o modificarse salvo autorización previa de tal órgano.
  • La información contenida en las disposiciones y textos publicados es de carácter público y su publicidad es responsabilidad del firmante del documento.
  • No ofrece necesariamente información exhaustiva, completa, exacta o actualizada.

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