Boletín nº 85 (03-05-2024)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Montoro

Nº. 1.558/2024

ANUNCIO APROBACIÓN DEFINITIVA

MODIFICACIÓN BASES DE EJECUCIÓN

PRESUPUESTO 2024

Aprobado definitivamente la modificación de las Bases de Ejecución del Presupuesto Municipal 2024, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo adoptado por el Pleno de esta Corporación, el día 22 de marzo de dos mil cuatro, sobre aprobación inicial del expediente de modificación de las Bases de Ejecución del Presupuesto Municipal, quedando redactada la Base 14 de las mismas de la siguiente manera:

BASE 14ª. INDEMNIZACIONES POR RAZÓN DEL SERVICIO. DIETAS Y GASTOS DE LOCOMOCIÓN.

Las dietas, gastos de locomoción y análogos que devengue el personal quedarán sujetas a la regulación existente (RD 462/2002, de 24 de mayo, Orden del Ministerio de Economía y Hacienda 3770/2005, de 1 de diciembre, y Resolución de 2 de diciembre de 2005, de la Secretaría de Estado de Hacienda y Presupuesto dónde se revisan los importes a percibir).

Los importes de gastos de viaje y dietas vigentes en la actualidad son los siguientes:

DIETAS:

GRUPOS

POR ALOJAMIENTO

POR MANUTENCIÓN

ENTERA

I

102,56 EUR

53,34 EUR

155,90 EUR

II

65,97 EUR

37,40 EUR

103,37 EUR

III

48,92 EUR

28,21 EUR

77,13 EUR

GASTOS DE LOCOMOCIÓN:

Utilizando vehículo propio, a razón de 0.26 euros/kilómetro. En caso de utiliza otro medio, el importe del billete que se presentará como justificante.

ASISTENCIAS POR PARTICIPACIÓN EN TRIBUNALES DE OPOSICIÓN, CONCURSOS Y OTROS ÓRGANOS ENCARGADOS DE SELECCIONAR AL PERSONAL DEL AYUNTAMIENTO DE MONTORO.

Las recogidas en el Anexo IV del Real Decreto 462/2002 de 24 de mayo y que establece lo siguiente:

-Categoría primera:

Presidente y Secretario 45,89.

Vocales 42,83.

-Categoría segunda:

Presidente y Secretario 42,83.

Vocales 39,78.

-Categoría tercera:

Presidente y Secretario 39,78.

Vocales 36,72.

Dicha aprobación podrá ser impugnada ante la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, con los requisitos, formalidades y causas señaladas en el artículo 170 y 171 del Texto Refundido de la Ley reguladora de Haciendas Locales aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y en la forma y plazos que establecen las normas de dicha Jurisdicción.

Montoro, 25 de abril de 2024. Firmado electrónicamente por la Alcaldesa, Mª Dolores Amo Camino.

Aviso jurídico

Cláusula de exención de responsabilidad aplicable a la información contenida en el BOP en conformidad con la Ley 5/2002, de 4 de abril, reguladora de los Boletines Oficiales de las Provincias.

  • El Boletín es un servicio público cuya edición y gestión corresponde a la Diputación, pero los textos se transcriben en la forma en que se hallen redactados y autorizados por el órgano remitente, sin que puedan variarse o modificarse salvo autorización previa de tal órgano.
  • La información contenida en las disposiciones y textos publicados es de carácter público y su publicidad es responsabilidad del firmante del documento.
  • No ofrece necesariamente información exhaustiva, completa, exacta o actualizada.

Buscar en boletines

Desde el año 2010

Categorías

Ir a un boletín

Calendario

Ir a un boletín

Boletines anteriores

www.dipucordoba.es Web de la Diputación de Córdoba

Sede

Créditos

Diputación de Córdoba

Eprinsa

Datos de contacto

Diputación de Córdoba. Plaza Colón 14071 Cordoba. Tfno:957 211 100 | Contactar

Intranet

Intranet

Tecnologías usadas

Xhtml1.0 válido

Accesibilidad