Boletín nº 88 (08-05-2024)

VI. Administración Local

Diputación de Córdoba

Nº. 1.717/2024

EXCMA. DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE CÓRDOBA

Servicio de Asistencia Económica

ANUNCIO

El Pleno de esta Excma. Diputación Provincial de Córdoba, en sesión extraordinaria y urgente, celebrada el día 3 de mayo de 2024, aprobó inicialmente el PLAN DIPUTACIÓN INVIERTE: PLAN PROVINCIAL DE REACTIVACIÓN ECONÓMICA PARA LAS ENTIDADES LOCALES DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA.

Para dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 32 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, se ordena la publicación de un extracto del mismo en el Boletín Oficial de la Provincia para que puedan formularse alegaciones y reclamaciones en el plazo de diez días hábiles desde el día siguiente al de su publicación.

La representación legal de la entidad local beneficiaria deberá aceptar la financiación para las actuaciones a ejecutar, cuyas cantidades se contienen en el Anexo I del mencionado Plan provincial, y presentarla a través de la Sede Electrónica de la Diputación Provincial de Córdoba, en el plazo de diez días hábiles desde el día siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial de la Provincia del presente acuerdo de aprobación inicial del Plan provincial, según el formulario electrónico que consta en dicha Sede. En el caso de que en el plazo establecido la entidad local no presente la aceptación de la financiación, decaerá el derecho a recibirla.

Excepcionalmente, y de conformidad con lo establecido en el art. 58 del RLGS, Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, aplicado en este caso con carácter supletorio y por analogía, además de la cuantía total máxima señalada (10.300.000.- euros) dentro del crédito disponible, se fija una cuantía adicional de 6.300.000 euros, cuya aplicación a la concesión del presente Plan Provincial no requerirá de una nueva aprobación inicial.

La fijación y utilización de esta cuantía adicional esta sometida al incremento del importe del crédito presupuestario disponible como consecuencia de un suplemento por una incorporación de crédito que ha aprobado inicialmente el Pleno extraordinario y urgente de esta Diputación de fecha 3 de mayo de 2024, haciéndose constar expresamente que la efectividad de esta cuantía adicional esta condicionada a la declaración de disponibilidad del crédito, previa aprobación definitiva de la modificación presupuestaria por suplemento de crédito indicada, y en un momento anterior a la resolución definitiva de este Plan Provincial.

El expediente completo puede consultarse en las dependencias del Servicio de Asistencia Económica.

PLAN PROVINCIAL DIPUTACIÓN INVIERTE DE REACTIVACIÓN ECONÓMICA PARA LAS ENTIDADES LOCALES DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA

PLAN DIPUTACIÓN INVIERTE . (Ejercicio 2024)

PRIMERA.  Objeto

Las presentes Bases tienen por objeto regular el régimen y procedimiento aplicable por el que se aprueba el PLAN DIPUTACIÓN INVIERTE , Plan provincial de reactivación económica a ayuntamientosentidades locales autónomas y mancomunidades de municipios de la provincia de Córdoba, en adelante Plan Provincial, que permitirá por un lado:

1. La asistencia económica en actuaciones que refuercen y garanticen los servicios públicos de competencia de las Entidades Locales beneficiarias, ya sean gestionados directa o indirectamente por éstas, pudiéndose financiar gastos en inversiones reales, gastos en bienes corrientes y servicios, así como, los gastos de personal, incluidas nuevas contrataciones laborales, preferentemente entre demandantes de empleo de la propia localidad, rigiéndose igualmente, en el caso del personal laboral temporal, por el principio de celeridad, teniendo por finalidad atender razones expresamente justificadas de necesidad y urgencia.

y por otro,

2. Coadyuvar las actuaciones de fomento del desarrollo económico y social, a poner en marcha por las propias Entidades Locales beneficiarias en su ámbito territorial y competencial, generando entornos urbanos más accesibles e inclusivos, respirables y sostenibles, inteligentes y dinámicos, que apuesten por una mejora de la competitividad para el sector servicios y agroalimentario, tratando de articular medidas específicas que faciliten el desarrollo de nuevos proyectos profesionales, el acceso en igualdad de condiciones a servicios públicos, la fijación de población y la atracción de talento, así como un uso sostenible de los recursos.

Ejecutándose en ambos casos, por las propias entidades locales beneficiarias, pudiendo contar, en su caso, y de acuerdo con lo establecido en estas bases, con la asistencia técnica y/o jurídica puntual de la propia Diputación Provincial de Córdoba, a través de sus servicios, y en función de su grado de disponibilidad, incluyéndose actuaciones desde el 1 de enero de 2024 al 31 de diciembre de 2025, con el fín último de favorecer la reconstrucción económica sólida, inclusiva y resiliente.

Teniendo en cuenta el interés social de la asistencia económica con cargo al Plan Provincial, y dado que sus destinatarios tienen el carácter de gobiernos integrantes de la organización territorial del Estado, las entidades locales destinatarias de los fondos quedarán exceptuadas de que se les aplique la compensación de los créditos exigibles a favor de Diputación o sus Organismos Autónomos, en el caso de ser deudoras con la Corporación Provincial. Asimismo, y de acuerdo con el apartado 4º bis del artículo 13 de la Ley 5/2010, de 11 de junio, de Autonomía Local de Andalucía, no se les exigirá estar al corriente en sus obligaciones tributarias con cualquier administración o con la Seguridad Social.

SEGUNDA.  Ámbito de aplicación

El Plan Provincial, continuará creando un espacio de trabajo común en el territorio provincial, que de acuerdo a la información recabada de las entidades locales en el ejercicio anterior y a las orientaciones establecidas en:

-En la iniciativa liderada por la Unión Europea a través de los Fondos Next Generation UE de la Comisión Europea y en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, entendido como Proyecto de país.

-En el Acuerdo de 2 de mayo de 2023, del Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía, por el que se aprueba la formulación de la Estrategia frente al Desafío Demográfico en Andalucía.

-Y en lo enunciado en los ejes vertebradores del Programa de Gobierno Provincial del actual mandato 2023-2027, que se refiere a solucionar el problema del agua en el norte de la provincia abordar la electrificación de la misma generar oportunidades de crecimiento económico en los municipios así como impulso de políticas destinadas a la empleabilidad de calidad. Un eje de actuación troncal que impulse la conectividad interior y exterior de la provincia y el desarrollo de políticas que apuesten por la fijación de la población al territorio y que eviten, de la mano del resto de administraciones, el éxodo de los pueblos a los grandes núcleos de población.

Permitan alcanzar un objetivo de trabajo conjunto para ofrecer, a todos y cada uno de los municipios y mancomunidades de la provincia de Córdoba, infraestructuras y servicios de calidad, además de la puesta en valor de economías, tradicionales y emergentes, que permitan la creación de ecosistemas de valor añadido en los núcleos rurales y responder desde lo público a los retos sociales, económicos y medioambientales.

TERCERA.  Ámbitos de colaboración y financiación

A partir del objetivo definido en la disposición anterior, la Diputación Provincial y las entidades locales beneficiarias, trabajarán en políticas públicas con ámbitos competenciales de colaboración y financiación integrados y orientados a dotar a los pueblos y ciudades de la Provincia, especialmente a los de menor población, capacidad económica y de gestión, de instrumentos que garanticen el ejercicio íntegro de las competencias propias en las materias que se indican en el Anexo 2 de este Plan.

CUARTA.  Financiación de las actuaciones, criterios objetivos de distribución de los recursos y ponderación de los mismos.

El Plan provincial, tendrá asignada una cuantía inicial de 10.300.000.-euros, con cargo a la aplicación presupuestaria prevista en el Presupuesto Consolidado de esta Diputación Provincial de Córdoba para el ejercicio 2024:

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  • La información contenida en las disposiciones y textos publicados es de carácter público y su publicidad es responsabilidad del firmante del documento.
  • No ofrece necesariamente información exhaustiva, completa, exacta o actualizada.

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