Boletín nº 94 (16-05-2024)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de La Rambla

Nº. 1.773/2024

Exp. Gex nº 4797/2024

Por Decreto de Alcaldía, nº 2024/00001021, de fecha 7 de mayo de 2024, se han aprobado las BASES QUE HAN DE REGIR EL PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN MEDIANTE EL SISTEMA DE CONCURSO EN RÉGIMEN DE LABORAL TEMPORAL DE UN PUESTO DE FONTANERO/A PARA EL AYUNTAMIENTO DE LA RAMBLA, del Excmo. Ayuntamiento de La Rambla, del tenor literal siguiente:

"BASE PRIMERA. Objeto de la convocatoria

Es objeto de las presentes Bases la contratación, con carácter laboral temporal, mediante el sistema de concurso, de un FONTANERO, con motivo de la jubilación de la persona que ocupa el puesto actualmente, destinado al servicio del Departamento de Obras del Ayuntamiento de La Rambla, con las siguientes características:

1. Laboral: Grupo C2.

2. Denominación: Fontanero/a.

3. Número de vacantes: 1.

4. Tipo de contratación: Sustitución para cubrir temporalmente el puesto de trabajo de fontanero durante el proceso de selección para su cobertura definitiva , de acuerdo con los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad y en los términos establecidos en la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público (Disp. Adicional 4ª del Real Decreto-ley 32/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reforma laboral, la garantía de la estabilidad en el empleo y la transformación del mercado de trabajo).

5. Funciones a realizar:

-Lectura de contadores mediante equipos de recogida de datos y emisión de fichas de control de lectura de los mismos.

-Control analítico simple del agua. Cloro, pH, Tª, turbidez.

-Control del consumo del agua. Caudales y volúmenes.

-Conocimientos en dosificación de reactivos al agua.

-Localización y reparación de averías en las conducciones de agua, siguiendo las normas internas municipales.

-Realización de cortes de suministro para la reparación de averías. Accionamiento y regulación del sistema verificando la correcta circulación del agua.

-Restablecimiento del servicio tras una avería o intervención en la red de abastecimiento. Mantenimiento y actualización de la red municipal de abastecimiento de agua y de saneamiento.

-Ejecución de altas, bajas y modificaciones de acometidas a la red municipal de abastecimiento de agua.

-Supervisión de trabajos de fontanería realizados por empresas externas.

-Responsable del vehículo asignado y de la organización y mantenimiento del stock mínimo de material y herramientas asignadas.

-Cumplimiento de las normas de Seguridad y Salud en el trabajo.

-Ejecución de pequeños trabajos de albañilería en el viario público.

-Trabajos de fontanería en edificios municipales (mantenimiento, reparaciones y pequeñas reformas).

El sistema de selección de las personas aspirantes será el de concurso por turno libre, constituyéndose una Bolsa de Trabajo con las personas aspirantes que habiendo superado el proceso no accedan a los puestos vacantes previstos en esta convocatoria.

BASE SEGUNDA. Retribuciones

Esta plaza está dotada con las retribuciones básicas correspondientes al grupo C2, nivel de complemento de destino 14, dos pagas extraordinarias, trienios y demás retribuciones complementarias que corresponden con arreglo a la legislación vigente y acuerdos municipales en vigor.

BASE TERCERA. Requisitos de los candidatos y titulación exigida

a) En relación con la condición de nacionalidad:

a.1) Tener la nacionalidad española.

a.2) Los nacionales de los Estados miembros de la Unión Europea.

a.3) El cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho y a sus descendientes y a los de su cónyuge siempre que no estén separados de derecho, sean menores de veintiún años o mayores de dicha edad dependientes.

a.4) Las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.

b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.

c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.

d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.

e) No haber sido condenado por sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual, según determina el artículo 13.5 de la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de protección jurídica del menor, de modificación parcial del Código Civil y de la Ley de Enjuiciamiento Civil, en su redacción aportada en la Ley 26/2015, de 28 de julio, de modificación del sistema de protección a la infancia y a la adolescencia.

f) Estar en posesión de título de Graduado Escolar o Graduado en ESO, o cumplidas las condiciones de obtenerlo en la fecha que finalice el plazo de presentación de instancias. En todo caso la equivalencia deberá ser aportada por el aspirante mediante certificación expedida al efecto por la Administración competente. En el mismo sentido habrán de acreditarse las correspondientes homologaciones de la Administración Española competente respecto de las titulaciones expedidas en el extranjero.

g) Estar en posesión de permiso de conducción tipo B.

BASE CUARTA. 

Las Bases íntegras se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba, y en la Sede Electrónica, Tablón de Edictos, del Ayuntamiento de La Rambla (https://www.larambla.es).

BASE QUINTA. 

El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial de la Provincia.

BASE SEXTA. 

Las instancias solicitando tomar parte en el proceso, conforme al Anexo I de las presentes bases, manifestando que reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos en las presentes Bases referidos a la fecha de expiración del plazo de presentación de instancias, se dirigirán al Sr. Alcalde del Ayuntamiento de La Rambla.

BASE SÉPTIMA. 

Las solicitudes se podrán presentar en el Registro General de Entrada de este Ayuntamiento o bien a través de la Sede Electrónica -Trámites del Ayuntamiento de La Rambla (https://www.larambla.es) o conforme a lo dispuesto en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo de las Administraciones Públicas.

Las solicitudes presentadas a través de las Oficinas de Correos deberán ir en sobre abierto para ser fechadas y selladas por el personal de dicho Organismo antes de ser certificadas. En caso de presentar solicitud en Oficinas de Correos o en Administración distinta, y al objeto de agilizar el procedimiento, se ruega al interesado lo comunique vía correo electrónico (secretaria@larambla.es) adjuntando documento acreditativo de la presentación.

BASE OCTAVA. 

A la solicitud deberá acompañarse resguardo acreditativo de haber satisfecho el importe por participación en procesos selectivos que ascienden a 10 euros, de acuerdo con la última tarifa, que fue publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba número 141, de 22 de julio de 2022, regulada en la Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa por participación en procesos selectivos.

Esta cantidad deberá ser ingresada en la siguiente cuenta bancaria de titularidad municipal, haciendo constar el nombre y apellidos del aspirante, DNI, y el concepto; TASA OPOSICIÓN FONTANERO:

CAJASUR

Cuenta en cargo ES52 0237 4456 4091 5064 9033

El abono de los derechos de examen deberá hacerse dentro del plazo de presentación de solicitudes. En caso contrario se procederá a la exclusión del aspirante.

En ningún caso, el pago de la tasa de los derechos de examen o la justificación de la concurrencia de alguna de las causas de exención total o parcial del mismo supondrá la sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud de participación en el proceso

Ver el anuncio completo

Aviso jurídico

Cláusula de exención de responsabilidad aplicable a la información contenida en el BOP en conformidad con la Ley 5/2002, de 4 de abril, reguladora de los Boletines Oficiales de las Provincias.

  • El Boletín es un servicio público cuya edición y gestión corresponde a la Diputación, pero los textos se transcriben en la forma en que se hallen redactados y autorizados por el órgano remitente, sin que puedan variarse o modificarse salvo autorización previa de tal órgano.
  • La información contenida en las disposiciones y textos publicados es de carácter público y su publicidad es responsabilidad del firmante del documento.
  • No ofrece necesariamente información exhaustiva, completa, exacta o actualizada.

Buscar en boletines

Desde el año 2010

Categorías

Ir a un boletín

Calendario

Ir a un boletín

Boletines anteriores

www.dipucordoba.es Web de la Diputación de Córdoba

Sede

Créditos

Diputación de Córdoba

Eprinsa

Datos de contacto

Diputación de Córdoba. Plaza Colón 14071 Cordoba. Tfno:957 211 100 | Contactar

Intranet

Intranet

Tecnologías usadas

Xhtml1.0 válido

Accesibilidad