Boletín nº 95 (17-05-2024)

VI. Administración Local

Diputación de Córdoba

Nº. 1.896/2024

Título: Extracto del acuerdo de fecha 14 de mayo del año en curso, de la Junta de Gobierno de la Excma. Diputación Provincial de Córdoba, por el que se aprueba la Convocatoria de Subvenciones a Ayuntamientos para proyectos en materia de protección civil, para el uso de las Agrupaciones Municipales de Voluntarios de Protección Civil de la Provincia de Córdoba de esta Diputación, 2024.

BDNS (Identif.) 761572

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones:

(http://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/761572)

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones:

(http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index).

Primero. Beneficiarios

Ayuntamientos de la Provincia de Córdoba que tengan agrupaciones locales de voluntarios y voluntarias de protección civil registradas en el Registro de Agrupaciones de Voluntarios de Andalucía, con una población inferior a 50.000 habitantes.

Segundo. Finalidad

Concesión de subvenciones en concepto de adquisición de vehículos y uniformidad y material menor complementario de intervención y protección personal de protección civil, para el uso de las Agrupaciones Locales de Voluntarios de Protección Civil de municipios de la provincia de Córdoba, que deberán ser adquiridos durante el año 2024 a 30 de junio de 2025, para facilitar y mejorar la realización de las tareas de colaboración en labores de prevención, socorro y rehabilitación en los municipios de la provincia de Córdoba que realizan las agrupaciones de voluntarios de protección civil, mediante la mejora y renovación tanto del parque de vehículos como de la uniformidad y material menor complementario de intervención y protección personal, siempre que los mismos sean de uso exclusivo para las funciones de protección civil que realizan las agrupaciones de voluntarios y voluntarias de protección civil.

Tercero. Bases reguladoras

Bases reguladoras de la Convocatoria de Subvenciones a Ayuntamientos para proyectos en materia de protección civil para el uso de las Agrupaciones Municipales de Voluntarios de Protección Civil de la Provincial de Córdoba del Departamento de Consumo, Participación Ciudadana y Protección Civil publicas en la sede electrónica de la Diputación Provincial de Córdoba.

https://participacionciudadana.dipucordoba.es/contenido-de-area/informacion-sobre-acciones-de-ayuda-a-entidades-locales-dentro-de-la-actividad-realizada-por-el-departamento-de-consumo-y-participacion-ciudadana/

Cuarto. Cuantía

El presupuesto máximo disponible para la concesión de las subvenciones a las que se refiere la presente convocatoria asciende a la cantidad de 230.000,00 € para la realización de las actuaciones subvencionables, correspondiendo 130.000,00 € para la Modalidad A y 100.000,00 € para la Modalidad B.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes

El plazo de presentación será de 10 días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba.

Sexto. Otros datos

Las solicitudes se presentarán a través del Registro Electrónico de la Diputación de Córdoba, en el tramite electrónico habilitado a tal efecto, conforme al modelo que figura como Anexo I de la Convocatoria.

Córdoba, 16 de mayo de 2024. Firmado electrónicamente por el Diputado Delegado de Deportes y Protección Civil, Antonio Ramón Martín Romero.

Aviso jurídico

Cláusula de exención de responsabilidad aplicable a la información contenida en el BOP en conformidad con la Ley 5/2002, de 4 de abril, reguladora de los Boletines Oficiales de las Provincias.

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  • La información contenida en las disposiciones y textos publicados es de carácter público y su publicidad es responsabilidad del firmante del documento.
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