Boletín nº 114 (14-06-2024)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Lucena

Nº. 2.272/2024

Por Decreto de esta Alcaldía de fecha 07/05/2024, se ha dispuesto aprobar la convocatoria y las bases del proceso selectivo convocado por el Excmo. Ayuntamiento de Lucena para la conformación de una bolsa de trabajo temporal correspondiente a la categoría profesional de Psicólogo/a, que sirva para atender los futuras necesidades urgentes e inaplazables de nombramiento como funcionario/a interino/a, y cuyo texto seguidamente se reproduce:

<<BASES Y CONVOCATORIA DE PROCEDIMIENTO SELECTIVO CONVOCADO POR EL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE LUCENA PARA LA CONFORMACIÓN DE UNA BOLSA DE TRABAJO TEMPORAL CORRESPONDIENTE A LA CATEGORÍA PROFESIONAL DE PSICÓLOGO/A, QUE SIRVA PAR A ATENDER LAS FUTURAS NECESIDADES URGENTES E INAPLAZABLES DE NOMBRAMIENTO COMO FUNCIONARIO/A INTERINO/A.

PRIMERA. OBJETO DE LA CONVOCATORIA

Es objeto de la presente convocatoria la conformación de una bolsa de trabajo temporal que sirva para atender las futuras necesidades urgentes e inaplazables de nombramiento como funcionario/a interino/a en la categoría profesional de Psicólogo/a.

Las retribuciones aparejadas a los nombramientos interinos que tuviesen lugar se corresponden con las propias del grupo de clasificación A, subgrupo A1 (en cuanto a salario base se refiere), las propias del nivel 26 (en cuanto a complemento de destino se refiere), y las correspondientes al puesto de Psicólogo en la vigente Relación de Puestos de Trabajo de este Ayuntamiento (en cuanto a complemento específico se refiere).

SEGUNDA. REQUISITOS DE LOS/LAS ASPIRANTES

Para ser admitido/a se precisa reunir los siguientes requisitos:

1. Ser español/a o nacional de un Estado miembro de la Unión Europea o incluirse en alguno de los supuestos previstos en el artículo 57 del Texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 octubre.

2. Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.

3. Estar en posesión del título de Licenciatura o Grado en Psicología + Máster en Psicología General Sanitaria o certificación autonómica que acredite cumplir los requisitos legales para ejercer actividades sanitarias, o hallarse en condiciones de obtenerlo en la fecha en que finalice el plazo de presentación de instancias. También será suficiente estar en posesión del resguardo acreditativo de haber abonado los derechos del título. En el supuesto de que se aleguen estudios equivalentes a los específicamente señalados, los/as aspirantes habrán de citar la disposición legal en que se reconozca expresamente tal equivalencia o, en su caso, aportar certificación del órgano competente.

4. Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.

5. No haber sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades autónomas, ni hallarse en situación de inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida en su Estado el acceso al empleo público.

TERCERA. PUBLICIDAD Y SOLICITUDES DE ADMISIÓN

En el plazo de veinte días hábiles a contar desde el siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba de la presente convocatoria y bases, quienes deseen tomar parte en las pruebas selectivas cursarán su solicitud dirigida al titular de la Alcaldía del Ayuntamiento, manifestando que reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos.

Las solicitudes se cumplimentarán en la sede electrónica del Ayuntamiento de Lucena (www.aytolucena.es) en su entrada Procesos de Selección. Si se dispone de certificado digital, en la misma sede se podrá realizar la presentación a través del Registro Electrónico. Si no se dispone de certificado digital se imprimirá la solicitud, una vez cumplimentada ésta, y se presentará en el Registro General de dicho Ayuntamiento o conforme a lo dispuesto en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Si la solicitud no se presentara a través de la sede electrónica, se deberá acompañar de fotocopia del DNI. En caso de presentarse por la sede electrónica no es necesario adjuntar este documento.

Para ser admitido/a bastará con que los/as aspirantes manifiesten responsablemente en su solicitud que reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos en la base segunda de esta convocatoria y que indiquen en ella su dirección de correo electrónico. No obstante, las personas que resulten objeto de llamamiento para formalizar el nombramiento con carácter interino habrán de acreditar documentalmente, con carácter previo a su nombramiento, el cumplimiento de todos y cada uno de los requisitos exigidos en la base segunda (a fecha de expiración del plazo de presentación de solicitudes de participación), tal y como se estipula a su vez en la base novena.

El resto de anuncios referidos al proceso selectivo (listas provisional y definitiva de admitidos, fechas y lugar de celebración de la prueba, calificaciones, etc.) serán igualmente objeto de publicación en la sede electrónica de esta Administración Local (www.aytolucena.es) - en su entrada "Procesos de Selección". En todo caso, la fecha, hora y lugar de celebración de la prueba será objeto de publicación, mediante anuncio cursado al efecto con una antelación mínima de 72 horas.

CUARTA. LISTAS DE ADMITIDOS

Expirado el plazo de presentación de instancias, el Alcalde dictará resolución declarando aprobadas las listas provisionales de admitidos/as y excluidos/as. En dicha resolución, que se publicará en la sede electrónica de esta Administración Local (www.aytolucena.es) en su entrada "Procesos de Selección", se concederá, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.1 de la Ley 39/2015, un plazo de diez días para que los/as aspirantes excluidos/as puedan subsanar o completar su documentación, con los efectos administrativos previstos en dicho precepto.

Subsanados, en su caso, los defectos que hubiesen sido apreciados, las listas definitivas de personas admitidas y excluidas (aprobadas igualmente por resolución de Alcaldía) se expondrán en la sede electrónica de esta Administración Local (www.aytolucena.es) en su entrada "Procesos de Selección". Con ocasión de dicha publicación se anunciará la fecha, hora y lugar de celebración del primer ejercicio del proceso selectivo.

QUINTA. TRIBUNAL CALIFICADOR

El Tribunal Calificador estará integrado por cinco miembros, de los cuales uno de ellos actuará como Presidente, todos ellos con voz y voto, y un Secretario/a, sin voto. Los integrantes de dicho órgano, tanto titulares como suplentes, serán designados por el Sr. Alcalde en la Resolución que apruebe la lista definitiva de aspirantes admitidos y excluidos.

Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir, notificándolo a la Autoridad convocante, y los aspirantes podrán recusarlos, en cualquier momento del proceso selectivo, cuando concurran alguna de las circunstancias previstas en los artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Tanto para que el Tribunal quede válidamente constituido como para su actuación, se requerirá la presencia del Presidente y Secretario, titulares o suplentes indistintamente, y de la mitad al menos de sus miembros, titulares o suplentes indistintamente.

El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de los asesores especialistas que estime oportunos, limitándose la actuación de dichos asesores a prestar su colaboración en sus especialidades técnicas.

Los miembros del Tribunal son personalmente responsables del estricto cumplimiento de las bases de la convocatoria y de la sujeción a los plazos que en la misma se establezcan.

SEXTA. DESARROLLO DEL PROCESO

Constará de dos fases, la primera de oposición y la segunda de concurso de méritos:

Fase de Oposición

Consistirá en la contestación por escrito, en un periodo de tiempo que previamente determine el Tribunal, de un cuestionario de 50 preguntas con respuestas alternativas de conocimientos sobre el temario que se publica como Anexo de estas bases, de las cuales solo una será la correcta. Cada pregunta acertada tendrá un valor de 0,2 puntos, las contestadas erróneamente restarán 0,050 puntos cada una y las que el aspirante deje sin contestar ni restarán ni sumarán.

De igual modo, el cuestionario contendrá 5 preguntas de reserva, numeradas de la 51 a la 55, que servirán exclisivamente para sustituir por su propio orden a aquellas otras que pudiesen resultar anuladas con posterioridad a la celebración del ejercicio.

Este ejercicio será calificado hasta un máximo de diez puntos, siendo eliminados y declarados no aptos los aspirantes que no alcancen un mínimo de cinco puntos.

Fase de Concurso (valoración de méritos)

Esta fase, que será calificada hasta un máximo de cinco puntos, será de exclusiva aplicación a los aspirantes que hubieran superado la primera fase del proceso (fase de oposición), y en consecuencia solo a aquellos aspirantes que hubiesen resultado calificados como en la primera fase.

A su vez, la presente fase de concurso estará compuesta por dos subapartados:

A) Experiencia Profesional:

-Por cada mes completo de servicios prestados en la Administración Local o en otras Administraciones Públicas como "Psicólogo/a": 0,05 puntos.

-Por cada mes de servicios prestados en empresa pública o privada como "Psicólogo/a": 0,03 puntos.

A estos efectos no se computarán servicios que hubieran sido prestados simultáneamente y se reducirán proporcionalmente los prestados a tiempo parcial. De igual modo, los periodos de servicios inferiores al mes serán valorados proporcionalmente.

La puntuación máxima por este subapartado A) será de 3,5 puntos.

B) Titulación y formación:

-Por estar en posesión del Doctorado en Psicología: 0, 75 puntos.

-Por estar en posesión de Máster de Psicología de la Intervención Social y Comunitaria, ó relacionado: 0,50 puntos.

-Por estar en posesión de Máster en Género e Igualdad: 0,50 puntos.

-Por estar en posesión de Master en Violencia de Género: 0,50 puntos.

-Por cada hora lectiva de cursos formativos, jornadas, seminarios o congresos, expedidos por instituciones públicas, directamente relacionados con el puesto a cubrir: 0,001 puntos.

*En ningún caso será objeto de valoración estar en posesión de aquellos Máster ú otras titulaciones que sean requisito indispensable para ser admitido al presente procedimiento, según se relacionan en la base segunda.

La puntuación máxima por este subapartado B) será de 1,5 punto.

SÉPTIMA. ACREDITACIÓN DE LOS MÉRITOS ALEGADOS

Los méritos alegados por los/as aspirantes habrán de ser acreditados documentalmente junto con la solicitud de participación (en ningún caso podrán resultar objeto de valoración méritos aportados por los/as aspirantes una vez finalizado el plazo habilitado para la presentación de solicitudes), y en la forma que seguidamente se detalla:

*Experiencia profesional. Mediante la certificación expedida por la Administración correspondiente o, en su defecto, mediante la presentación de informe de vida laboral y contratos o tomas de posesión correspondientes. Si los servicios prestados lo han sido en empresa pública o privada se acreditarán mediante la presentación de contratos de trabajo e informe de vida laboral.

*Titulaciones Académicas. Mediante la presentación del título académico o certificado de estudios desarrollados, expedido por la autoridad competente en materia docente.

*Cursos de formación. Mediante certificado, diploma o documento acreditativo de las asistencia, expedido por el ente organizador de los mismos y comprensivo del número de horas.

OCTAVA. CALIFICACIÓN TOTAL DEL PROCESO SELECTIVO

La calificación total de cada aspirante vendrá dada por la suma de las puntuaciones obtenidas en las dos fases que configuran el proceso selectivo, si bien tal suma de puntuaciones solo procederá en el caso de aquellos aspirantes que hayan alcanzado la puntuación mínima de 5 puntos en la fase primera del proceso.

En caso de empate en las calificaciones totales, dicho empate será resuelto en favor del aspirante que tenga mayor puntuación en la primera fase, y en caso de persistir el empate en favor del aspirante con menor número de preguntas contestadas erroneamente en dicha fase primera, y si aún así persisiese el empate éste se resolverá en favor del aspirante que mayor puntuación hubise obtenido en el subapartado A) de la fase de concurso, sin tener en consideración a los exclusivos efectos de desempate la puntuación máxima de dicho subapartado.

NOVENA. RESULTADOS DEL PROCESO

Celebrado el ejercicio de la fase de oposición, y en el plazo de dos días hábiles siguientes, se hará pública en la sede electrónica de esta Administración Local (www.aytolucena.es) en su entrada "Procesos de Selección" la plantilla con las preguntas realizadas y las respuestas correctas. Los aspirantes podrán alegar sobre las preguntas en el plazo de los dos días hábiles siguientes. Resueltas las alegaciones, se hará pública la plantilla definitiva, con indicación de las preguntas anuladas, en su caso, debiendo entenderse desestimadas las alegaciones no recogidas en dicha publicación. Una vez hecho lo anterior, se procederá a la corrección del ejercicio. Ni la plantilla provisional ni la definitiva que resulte de la posible estimación de alegaciones serán recurribles de forma independiente a la lista de aprobados de este ejercicio.

Finalizada la corrección del ejercicio de la fase de oposición, el Tribunal Calificador hará público en la sede electrónica de esta Administración Local (www.aytolucena.es) en su entrada "Procesos de Selección" un anuncio comprensivo de las calificaciones correspondientes a dicho ejercicio, especificándose la puntuación alcanzada por cada uno/a de los/las aspirantes.

Celebrada la fase de concurso, se hará público en la sede electrónica de esta Administración Local (www.aytolucena.es) en su entrada "Procesos de Selección" un anuncio comprensivo de las calificaciones correspondientes a dicha fase segunda, especificándose la puntuación alcanzada por cada uno/a de los/las aspirantes. De igual modo, en dicho anuncio se hará pública la puntuación total del proceso obtenida por todos los aspirantes (exclusión hecha de aquellos que no superaron la primera fase).

DÉCIMA. VIGENCIA Y FUNCIONAMIENTO DE LA BOLSA

Finalizado el proceso selectivo se procederá a constituir una bolsa de trabajo en la que serán incluidos aquellos aspirantes que hubieren aprobado el ejercicio que constituye la fase de oposición (esto es, todos aquellos que hubiesen obtenido una puntuación mínima de 5 puntos), por el orden de puntuación total que hayan obtenido en el proceso, y que estará vigente hasta la publicación de nueva lista de candidatos resultante del desarrollo de un posterior proceso selectivo para la misma categoría ó, en todo caso, durante un periodo máximo de 4 años a contar desde la resolución que constituya dicha bolsa. Tal bolsa servirá para atender futuros llamamientos para nombramiento de personal interino, en referencia a la categoría profesional de Psicólogo/a, cuando se dé alguna de las circunstancias previstas en el artículo 10 del Texto Refundido del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 octubre.

Una vez conformada la bolsa de trabajo y aprobada la necesidad de proceder al nombramiento de funcionario/a interino/a, con estricta sujeción a las limitaciones y prescripciones establecidas por las leyes de presupuestos generales del Estado o cualquier otra norma de aplicación, se seguirá para hacer los llamamientos el orden de puntuación obtenido, debiendo ser llamado siempre en primer lugar el que figure primero de la lista, sin poder acudir al siguiente salvo renuncia o falta de contestación al llamamiento por parte del primero, y así sucesivamente con los siguientes clasificados.

No obstante lo anterior, quienes una vez llamados hayan sido nombrados funcionarios interinos y hayan tomado posesión como tales no podrán volver a ser llamados hasta que cese la causa que motivó el anterior nombramiento.

Requerida por correo electrónico la persona que corresponda (al correo indicado por ésta en su instancia de participación en el proceso), la misma deberá contestar al llamamiento en un plazo máximo de 48 horas, ya sea aceptando el mismo (en cuyo caso habrá de acompañar a la solicitud la documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos contemplados en la base segunda), o bien renunciando justificadamente el mismo. La falta de respuesta en el plazo concedido al efecto comportará la pérdida de su posición en la bolsa, pasando al último lugar de la misma de cara a siguientes llamamientos.

Se consideran motivos justificados de rechazo del llamamiento, por los que el candidato/a mantendrá su posición en la bolsa, las siguientes circunstancias que, en todo caso, deberán ser debidamente acreditadas por el interesado en su contestación al llamamiento en el plazo de 48 horas concedido al efecto:

a) Estar trabajando cuando se realice el llamamiento, para lo que deberá presentar informe de vida laboral actualizado (a fecha del llamamiento).

b) Encontrarse en situación de incapacidad temporal por enfermedad o accidente, justificándose mediante la presentación del oportuno informe médico.

c) Estar en alguna de las situaciones previstas por la normativa vigente a efectos de permisos o licencias (embarazo, parto/lactancia o adopción, acogimiento, baja maternal/paternal, enfermedad grave de un familiar, etc.), justificando debidamente la documentación que lo acredite.

d) Por causa de violencia de género.

e) Por estar cursando estudios de formación reglada en el momento del llamamiento, debiendo acreditar documentalmente dicha situación.

De rechazar el llamamiento sin causa justificada, el candidato pasará al último lugar de la bolsa de cara a siguientes llamamientos.

El rechazo sobrevenido, una vez tenido lugar el nombramiento y consiguiente toma de posesión del candidato, comportará en todo caso la pérdida de posición en la bolsa, pasando al último lugar de la misma de cara a siguientes llamamientos.

UNDÉCIMA. INCIDENCIAS E INTERPRETACIÓN DE LAS BASES

Se atribuye a la Alcaldía la facultad de interpretar estas bases, así como resolver las incidencias y recursos planteados contra las mismas hasta el acto de constitución del tribunal calificador, momento a partir del cual se atribuirán a éste las facultades de interpretación, resolución de incidencias y adopción de los acuerdos necesarios para el buen orden de éste en todo lo no previsto en estas bases, hasta la terminación del proceso selectivo.

ANEXO: TEMARIO

1. La Constitución Española de 1978. Significado jurídico y características. Estructura. Principios Constitucionales. La reforma constitucional. Derechos y Deberes Fundamentales. Garantías y suspensión de los Derechos y Libertades.

2. La organización política del Estado: La Corona y los poderes del Estado. Funciones del Rey. Sucesión, regencia y tutoría. El refrendo.

3. La Comunidad Autónoma de Andalucía: Organización política y administrativa. Competencias. El Estatuto de autonomía de Andalucía.

4. La Administración Local. Concepto, naturaleza y características. Principios constitucionales y regulación jurídica. Entidades que integran la Administración Local. El Municipio. Concepto y elementos. Clases de entes municipales en el derecho español.

5. El Acto Administrativo. El Procedimiento Administrativo. Principios generales.

6. Ley de Prevención de Riesgos Laborales.

7. Políticas públicas de igualdad de oportunidades. Mainstreaming e Integración de la perspectiva de género

8. La planificación con enfoque integrado de género. Los informes de Impacto de género

9. El Sistema Público de Servicios Sociales en Andalucía. La Ley 9/2016, de 27 de diciembre, de servicios sociales de Andalucía. Estructura territorial de los servicios sociales. Competencias de las Administraciones Públicas. Participación ciudadana. Estrategia de ética. Modelo de calidad. Estructura funcional. Prestaciones. Proceso de Intervención. Planificación. Las y los profesionales de los servicios sociales.

10. La Psicología de la Intervención social. Funciones. Procedimientos, técnicas e instrumentos. Ámbitos de actuación. Definición y características de la psicología Social Aplicada. La metodología en psicología social. Tipos y estrategias de investigación. Técnicas de recogida de datos.

11. El papel del/a Psicólogo/a en las Prestaciones Básicas de los Servicios Sociales Comunitarios: Servicio de Información, Valoración, Orientación y Asesoramiento; el Servicio de Ayuda a Domicilio; de Convivencia y Reinserción Social; de Cooperación Social y en las ayudas complementarias.

12. Trabajo en equipo e interdisciplinariedad en los Servicios Sociales. Estructura de los Equipos de Trabajo. La actuación de los/as psicólogos/as en los Equipos de Trabajo de los Servicios Sociales Municipales. Funciones y tareas.

13. La Mediación Familiar en Andalucía. Normativa reguladora. Técnicas y Modelos de mediación familiar. Diferencias con la terapia psicológica. La resolución de conflictos: mediación, negociación y arbitraje. Técnicas.

14. Decreto 100/2022, de 7 de junio, por el que se regula el Programa de tratamiento a familias con menores en situación de riesgo o desprotección. Aspectos generales de tratamiento familiar: concepto y tiempo de duración. Fases que componen el tratamiento familiar. Modalidades del programa de tratamiento a familias con menores. Tratamiento a familias con menores en situación de riesgo social. Tratamiento a familias para posibilitar la reunificación familiar.

15. El Sistema de Información sobre el Maltrato Infantil en Andalucía. Valórame. Valoración del Daño psicológico. Orden de 30 de julio de 2019, por la que se aprueba el formulario normalizado de la hoja de notificación de posibles situaciones de riesgo, Decreto 210/2018, de 20 de noviembre, que regula el procedimiento de actuación ante situaciones de riesgo y desamparo de la infancia y adolescencia en Andalucía

16. La crisis familiar y los recursos familiares. El concepto de cambio. Las dependencias afectivas. Factores de riesgo.

17. Educación sexual y planificación familiar.

18. El niño y la niña sujetos de derechos. Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor, de modificación parcial del Código Civil y de la Ley de Enjuiciamiento Civil. Ley 4/2021, de 27 de julio, de Infancia y Adolescencia de Andalucía. III Plan de Infancia y Adolescencia de Andalucía. Los servicios y programas dirigidos a la infancia y la familia. Necesidades a las que responden: funciones y objetivos de los servicios sociales.

19. Plan integral para la prevención, seguimiento y control del absentismo escolar. La intervención desde los Servicios Sociales Municipales.

20. Prevención de la inadaptación social infantil y juvenil desde un enfoque de intervención comunitaria.

21. Características psicosociales de la juventud. Modelos de intervención con jóvenes en riesgo. El fenómeno de la delincuencia juvenil. Formas de actuación desde los Servicios Sociales.

22. La atención infantil temprana en Andalucía, organización y equipos profesionales. El proceso asistencial en atención infantil temprana en Andalucía: finalidad.

23. Regulación sobre la responsabilidad penal de los menores. Los menores infractores: Intervención del psicólogo en el equipo técnico. El informe técnico. El proyecto de centro y el proyecto de atención individualizado.

24. La violencia. Educación en valores. Sistemas de detección de la violencia y su prevención. Factores que influyen en su gestación. Programas de intervención con personas maltratadas y con personas maltratadoras. Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de Protección integral a la infancia y a la adolescencia frente a la violencia.

25. Psicología y violencia familiar. Principales grupos de víctimas de maltrato familiar. El papel de la psicología.

26. La Psicología en el Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia: prestaciones y servicios; valoración de la dependencia y reconocimiento del derecho a las prestaciones del sistema. Intervención del psicólogo. Regulación.

27. Las personas mayores: aspectos biológicos, psicológicos y sociales. El Paradigma del Envejecimiento Activo. El maltrato a personas mayores. Definición, tipología y factores de riesgo. Repercusiones psicológicas y sociales en el mayor.

28. Las personas cuidadoras. El soporte emocional para la familia. Estrategias y técnicas.

29. Concepto de discapacidad y minusvalía. Valoración de la discapacidad. Los programas de intervención psicosocial en el ámbito de la discapacidad. La situación de Discapacidad: evolución del concepto, descripción y clasificación. Normativa en materia de discapacidad. Reconocimiento, declaración y clasificación del grado de discapacidad. La atención a las personas con discapacidad: centros, servicios, ayudas y prestaciones. La inclusión y la participación de las personas con discapacidad

30. Igualdad. Conceptos generales: género, discriminación, desigualdad, acción positiva, roles y estereotipos. Socialización de género. Transversalidad de género. Corresponsabilidad y conciliación. Coeducación. Políticas públicas de igualdad en el ámbito municipal (Planes de Igualdad). Legislación estatal: LO 3/2007, de 22 de marzo, modificada el 7 de septiembre de 2022. Ley para la Igualdad efectiva entre mujeres y hombres. Legislación autonómica: Ley 12/2007, de 26 de noviembre, para la Promoción de la Igualdad de Género en Andalucía.

31. Violencia de género y otras violencias contra las mujeres.- Concepto y tipos de violencia hacia las mujeres. Legislación estatal: Ley de Medidas de Protección Integral contra la violencia de género LO 1/2004, de 28 de diciembre. Legislación autonómica: Ley de Medidas de Prevención y protección integral contra la Violencia de Género, 13/2007 de 26 de noviembre, modificada por la Ley 7/2018, de 30 de julio. Programas de Intervención Psicológica del Instituto Andaluz de la Mujer. Unidad de valoración integral de la violencia de género. Informes periciales de intervención. Test de autoestima, ansiedad, depresión, personalidad (16PF-5, MMPI-2-RF, inventario multifásico de personalidad),cuestionario de sintomatología (Isb-50, SCL-90-R).

32. Movimientos migratorios. La población inmigrante con necesidad de intervención social. Estructuras de integración y recursos. Psicología Social y multiculturalidad. Minorías étnicas. Concepto de etnia, etnicidad. Los derechos de las minorías étnicas. La etnia gitana. Inmigración y emigración: análisis de la situación y repercusiones en Andalucía. Plan integral para la inmigración en Andalucía. Cooperación al desarrollo y voluntariado social en este ámbito.

33. La entrevista como técnica psicológica. Concepto y tipología. El diagnóstico psicológico en el ámbito de los Servicios Sociales Municipales. El Informe psicológico en el ámbito de los Servicios Sociales Municipales.

34. El duelo y las pérdidas afectivas. Soportes emocionales para el afrontamiento de la realidad.

35. Trastornos de estrés postraumático. Diagnóstico. Mecanismo de producción y terapia cognitivo conductual.

36. Psicología del Desarrollo: Primera infancia: inteligencia motora, desarrollo afectivo-social; Segunda Infancia: desarrollo cognitivo afectivo-emocional; Pubertad y Adolescencia: características psicosociales; Las personas mayores: características físicas y psicológicas de la vejez.

Alteraciones propias de la primera infancia: Introducción, sintomatología y clasificación. Alteraciones propias de la edad escolar: fobia escolar, atraso escolar, fracaso escolar.

37. La evaluación de la inteligencia y las aptitudes. Instrumentos. Fiabilidad y validez. Técnicas de intervención psicológicas efectivas contrastadas empíricamente. Tratamientos eficaces en los trastornos de adultos. Tratamientos eficaces en los trastornos mentales de niños y adolescentes. Criterios para determinar los tratamientos contrastados empíricamente.

38. Los trastornos generalizados del desarrollo (TGD). Trastornos por déficit de atención. Aspectos etiológicos y clínicos. Evaluación, diagnóstico y tratamiento psicológico.

39. La motivación. Enfoques. Motivación intrínseca y extrínseca. La motivación en el ámbito terapéutico. Motivación en la intervención social.

40. Trastornos relacionados con el alcohol. Aspectos etiológicos y clínicos. Evaluación, diagnóstico y tratamiento. Trastorno por juego patológico.

41. Drogas y adicciones: concepto, clasificación. Antecedentes, líneas generales y estructura del Plan Andaluz sobre Drogas y Adicciones. Regulación sobre prevención y asistencia en materia de drogodependencias y adicciones y normas de desarrollo. El abordaje de las drogodependencias y adicciones. Programas terapéuticos. La red de recursos asistenciales: tipología, objetivos, programas y recursos de incorporación sociolaboral de personas con problemas de drogodependencias y adicciones. Itinerarios personalizados de incorporación social.

42. Concepto de indicador psicosocial. Definiciones y tipologías de indicadores. Metodología de elaboración de un sistema de indicadores de cambio social. Límites de los indicadores.

43. Derechos, igualdad de trato y no discriminación de las personas homosexuales, bisexuales, transexuales, transgénero y/o intersexuales (LGTBI), y de sus familiares, en la Comunidad Autónoma de Andalucía. Conceptos, principios y efectividad de los derechos. Normativa aplicable.

44. Gestión de los recursos humanos en la Administración. Metodologías de gestión de recursos humanos en general: la valoración de puestos de trabajo y la evaluación del desempeño en el ámbito privado. Relación de los Puestos de Trabajo como instrumento de organización integral de los recursos humanos.

45. Intervención en crisis y emergencias. Delimitación conceptual y tipología de emergencias. Tipos de afectados. Reacciones ante los eventos traumáticos. Primeros auxilios psicológicos. La comunicación en emergencias: comunicación de malas noticias. El duelo. Atención al interviniente: el estrés traumático secundario. Intervención estratégica: asesoramiento y organización de escenarios.>>

Lo que se hace público para general conocimiento.

Lucena, 5 de junio de 2024. Firmado electrónicamente por el Alcalde, Aurelio Fernández García.

Aviso jurídico

Cláusula de exención de responsabilidad aplicable a la información contenida en el BOP en conformidad con la Ley 5/2002, de 4 de abril, reguladora de los Boletines Oficiales de las Provincias.

  • El Boletín es un servicio público cuya edición y gestión corresponde a la Diputación, pero los textos se transcriben en la forma en que se hallen redactados y autorizados por el órgano remitente, sin que puedan variarse o modificarse salvo autorización previa de tal órgano.
  • La información contenida en las disposiciones y textos publicados es de carácter público y su publicidad es responsabilidad del firmante del documento.
  • No ofrece necesariamente información exhaustiva, completa, exacta o actualizada.

Buscar en boletines

Desde el año 2010

Categorías

Ir a un boletín

Calendario

mes anteriormes siguienteJunio
LMMJVSD
12
3456789
10111213141516
17181920212223
24252627282930
202320242025

Ir a un boletín

Boletines anteriores

www.dipucordoba.es Web de la Diputación de Córdoba

Sede

Créditos

Diputación de Córdoba

Eprinsa

Datos de contacto

Diputación de Córdoba. Plaza Colón 14071 Cordoba. Tfno:957 211 100 | Contactar

Intranet

Intranet

Tecnologías usadas

Xhtml1.0 válido

Accesibilidad