Boletín nº 131 (11-07-2011)

V. Administración Local

Diputación de Córdoba

Nº. 6.559/2011

El Pleno de la Corporación e sesión del día 16 de marzo de 2011, ha adoptado el siguiente acuerdo: 

Primero.- Aprobar el Plan Provincial de Formación y Empleo Juvenil que, en materia de formación y empleo juvenil, regule la cooperación económica de la Delegación de Juventud y Deportes de la Diputación con los municipios y ELAs de la provincia de Córdoba durante el año 2011, y constituye normativa específica, cuyo Plan presenta el siguiente tenor literal:

Plan Provincial de Formación y Empleo Juvenil, que en materia de formación y empleo juvenil, regula la cooperación económica de la Delegación de Juventud y Deportes de Diputación y los municipios y entidades locales autónomas de la provincia de Córdoba durante el año 2011.

De conformidad con lo previsto en la Disposición Adicional Octava de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en la redacción que a la misma ha dado en su art. 35 la Ley 24/2005, de 18 de noviembre, de reformas para el impulso de productividad (BOE num. 277 de 19 de noviembre de 2005), es intención de la Delegación de Juventud y Deportes aprobar un Plan Provincial que, en materia de formación y empleo Juvenil regule la cooperación económica de esta Delegación de Juventud y Deportes con los municipios y entidades locales autónomas de la provincia y constituya su normativa específica.

1. FUNDAMENTACIÓN DEL PROYECTO

Antecedentes

Los Programas de Formación y Empleo Juvenil nacieron en 1995 con la intención de atender a la gran masa de Población Juvenil Desempleada de la provincia de Córdoba y a la escasa cualificación de los jóvenes que les impide acceder al Mercado de Trabajo, mediante la aplicación de 4 principios básicos:

1º.- Racionalización y Optimización de las Medidas y Recursos destinados a la lucha contra el Desempleo concebidas por las distintas Administraciones territoriales: Estatal, Autonómica, Provincial y Local.

2º.- Planificación de la Formación - como instrumento clave en la lucha contra el desempleo- atendiendo a la oferta real del Mercado de Trabajo. 

3º.- Comarcalización de la medidas de Formación - Empleo, con una actuación supramunicipal buscando la efectividad del Empleo e implicación de los Ayuntamientos en las competencias de Formación y Empleo en su localidad.

4º.- Optimización de recursos, desarrollando un ciclo completo (Formación - Empleo - Inserción), con un coste muy inferior al de otras medidas tales como Escuelas Taller, Casas de Oficios, etc.

Se desarrollan mediante Convenios de Colaboración o resoluciones en materia formativa entre la Diputación de Córdoba y el Servicio Andaluz de Empleo de la Junta de Andalucía y, en materia de Empleo hasta el doceavo programa, entre el Instituto Nacional de Empleo, el SAE y esta Corporación.

Actualmente la financiación de la Fase de Empleo está subvencionada por Diputación de Córdoba (4/6 partes de cada contrato) y los Municipios participantes en el Programa (2/6 partes de cada contrato).

La coordinación técnica entre las distintas Administraciones, se configura como el factor fundamentalpara llevar a cabo estos Programas. Así pues, la Administración Central, a través del Instituto Nacional de Empleo, la Comunidad Autónoma a través del Servicio Andaluz de Empleo, y la Administración Local a través de la Diputación de Córdoba y los Ayuntamientos de la provincia son los impulsores de la inserción laboral de los jóvenes de la provincia de Córdoba.

2.- PROCEDIMIENTO DE EJECUCIÓN DEL PROGRAMA DE FORMACIÓN Y EMPLEO

1º.- Solicitud del Programa.

Anualmente se formaliza, desde esta Corporación, una amplia solicitud de cursos de Formación Profesional Ocupacional con compromiso de contratación ante el Servicio Andaluz de Empleo.

Para poder formalizar esta propuesta de acciones formativas, con anterioridad, se realiza estudio de necesidades formativas en la provincia. Este estudio se realiza a través de encuestas a las entidades locales de la provincia, donde manifiestan las especialidades formativas en las que sus localidades están interesadas en formar a sus jóvenes, sin olvidar, que además deben ser acciones cuya actividad sea susceptible de una posterior contratación por parte de estas entidades locales.

2º.- Aprobación.

Una vez recibido el proyecto de Convenio de Colaboración/Resolución por parte de la Junta de Andalucía donde se relacionan los cursos de FPO. y la subvención concedida, dicho Convenio es aprobado o aceptada la Resolución por el Pleno y firmado por el Ilmo. Sr. Presidente y el Delegado Provincial de Empleo.

3º.- Compromisos de Contratación.

Se informa a todas las Corporaciones Locales de la Provincia del listado de las Especialidades formativas concedidas y se les solicita que remitan, en un plazo determinado, el número de plazas con compromiso de contratación por curso en los que estarían dispuestos a participar, según las necesidades de formación detectados en su zona.

4º.- Ubicación Local de los Cursos .

Dichas solicitudes son recibidas en esta Delegación y se procede a determinar la ubicación los cursos según la demanda de plazas solicitadas por municipios y Mancomunidades.

La ubicación de los cursos dependerá de la zona/s con mayor demandade número de alumnos y alumnas por parte de las Corporaciones Locales participantes, y que dispongan de las mejores comunicacionespara el desplazamiento de los alumnos e instalaciones para realizarlos.

Cuando las demandasde participación estén muy dispersaspor toda la provincia y sea imposible reunir los 10/15 compromisos en una zona concreta (municipio), se ubicará el curso en Córdoba.

Para la Selección de Plazas por municipio se tendrá en cuenta:

a) La mayor proximidad geográfica y facilidad en las vías de comunicación entre los Municipios solicitantes y el lugar de impartición del curso (minimizando la incomodidad del desplazamiento de alumnos).

b) El mayor reparto posible de las plazas entre los municipios solicitantes, criterio que favorecerá la mayor efectividad y probabilidad de inserción laboral futura del alumnado en el mercado de trabajo.

c) La existencia de condiciones y/o oportunidades especiales de empleo en el municipio que favorezca la futura absorción del alumnado en el mercado de trabajo. Esta Delegación deberá tener constancia por escrito de la advertencia expresa- por parte de la Corporación solicitante- de la existencia de estas condiciones y/o oportunidades.

Se priorizarán las propuestas que soliciten el ubicar un curso a un municipio concreto, siempre y cuando, esté justificada y consensuada esta opción entre las entidades participantes, siendo imprescindible contar con los 10/15 compromisos (ayuntamientos/mancomunidades) y ubicación adecuada a las necesidades del curso.

5º.- Fase de Selección.

La selección se realiza de acuerdo con la Normativa de la Junta de Andalucía,- Orden de 15 de mayo de 2009, por el que se establecen los Programas de Formación Profesional Ocupacional de la Junta de Andalucía - y se lleva a cabo en colaboración con las distintas administraciones participantes: Junta de Andalucía (Técnicos de Formación / Delegación de Empleo) y Diputación de Córdoba (Delegación de Juventud y Deportes).

- Se procede a realizar la Convocatoria Pública de selección enviando Hojas Cartel informativas a la Delegación Provincial de Empleo y a los ayuntamientos participantes, estableciendo el perfil requerido del alumnado, nº de plazas, día y hora de la reunión informativa y recogida de documentación que se realiza en el lugar de ubicación del curso.

- La selección de alumnos se lleva a cabo por los técnicos de las administraciones que forman parte del Programa de Formación y Empleo- Dirección Provincial de Empleo y Diputación de Córdoba mediante los siguientes instrumentos:

* Cuestionario específico por curso solicitado.

* Baremación de solicitud de acuerdo con la normativa de la Junta de Andalucía.

3.- ESTRUCTURA DEL PROGRAMA

La coyuntura económica actual que está afectando tanto a la economía española como a la andaluza, y en especial a la cordobesa, tiene su reflejo directo en el mercado de trabajo, y por ende nos encontramos en un momento crucial, en que las Políticas Activas de Empleo que se desarrollen desde las Administraciones competentes cobran una especial importancia. Dentro de dichas políticas, la Formación para el Empleo viene a convertirse en una de las herramientas clave para adaptar las cualificaciones de las personas trabajadoras a las nuevas necesidades del mercado laboral, mejorando su empleabilidad.

Los programas de formación y empleo juvenil se plantean como instrumentos de Formación y Empleo capaces de generar empleo entre la población juvenil de nuestra provincia, poniendo a disposición de este empeño los recursos de las Administraciones competentes en esta materia en nuestra provincia, en base a la siguiente estructura:

1º.- Fase de

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