Boletín nº 78 (24-04-2012)

V. Administración Local

Ayuntamiento de La Carlota

Nº. 2.549/2012 (Corrección de anuncio)

Doña Rafaela Crespín Rubio, Alcaldesa-Presidenta del Excmo. Ayuntamiento de La Carlota (Córdoba), hago saber:

Que el Ayuntamiento Pleno, en sesión Ordinaria celebrada el día 28 de marzo de 2012, adoptó, entre otros, el acuerdo de Rectificar los errores materiales existentes en la Ordenanza Municipal reguladora de Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad vial, de forma que donde dice:

RELACIÓN CODIFICADA DE LA ORDENANZA MUNICIPAL DE TRÁFICO, CIRCULACIÓN DE VEHICULOS A MOTOR Y SEGURIDAD VIAL

Apd.

Opc.

Hecho denunciado.

Euros.

Artículo 8: Normas de comportamiento en el circulación.

3

No comunicar a la Jefatura de la Policía Local la ejecución de obra o instalación de materiales o útiles para la misma, cuando ello afecte a la seguridad del tráfico o a la libre circulación.

90 €

Articulo 9: Circulación de vehículos.

1

01

Circular con vehículos por zona peatonal.

90 €

2

02

Circular con vehículos por zona ajardinada.

90 €

2

Circular en sentido contrario al estipulado.

90 €

Artículo 10: Límites de velocidad.

2

Entorpecer la marcha de otros vehículos circulando a velocidad anormalmente reducida.

50 €

3

01

Circular sin moderar suficientemente la velocidad en calle de un solo carril.

50 €

3

02

Circular sin moderar suficientemente la velocidad en calle con afluencia considerable de peatones.

50 €

3

03

Circular sin moderar suficientemente la velocidad en zona donde exista centro escolar.

90 €

Artículo 11: Peatones.

1

01

No ceder el paso, los peatones, a minusválidos.

30 €

1

02

No ceder el paso, los peatones, a carritos de niños.

30 €

1

03

No ceder el paso, los peatones, a personas con deficiencias de movilidad.

30 €

2

01

Jugar a la pelota en vía pública.

30 €

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