Boletín nº 175 (11-09-2014)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Palma del Río

Nº. 6.042/2014

En cumplimiento de lo dispuesto por acuerdo de la Junta de Gobierno Local, de este Iltre. Ayuntamiento de Palma del Río, en sesión ordinaria celebrada el día 30 de julio de 2014, se procede a la siguiente convocatoria:

1. Entidad que convoca:

a) Organismo: Iltre. Ayuntamiento de Palma del Río (Córdoba).

b) Dependencia que tramita el expediente: Asesoría Jurídica de Urbanismo: Domicilio: Plaza de Andalucía, 1, 14.700 Palma del Río (Córdoba). Teléfono: 957-710244. Fax: 957-644739.

c) Número de Expediente GEX 4386/2014.

2. Objeto del contrato:

Arrendamiento por el Iltre. Ayuntamiento de lotes de viviendas, con destino a ser subarrendadas a familias con especiales dificultades para acceder al mercado libre del alquiler, que reúnan como condiciones: Que estén deshabitados, libres de arrendatarios y no estén sujetos a ningún régimen de protección pública que prohíba el arrendamiento, así como que no estén en situación Legal de Ruina Urbanística, ni requerir obras de rehabilitación para que reúnan las debidas condiciones de habitabilidad, cuyo coste exceda de todas las mensualidades que se han de devengar durante el plazo de vigencia del contrato de arrendamiento, razón por la cual no se admitirá la proposición presentada, que haga inviable el ejercicio de la facultad prevista en el artículo 17.5 de la Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos, que prevé que la obligación del pago de la renta se remplazará, por el compromiso del arrendatario de reformar o rehabilitar el inmueble. Los lotes cuya ubicación aparecen grafiados en el Anexo I del Pliego de Condiciones, son los siguientes:

- LOTE 1:

a) Ubicación: Viviendas sitas en la Planta Baja, Planta Primera y Planta Segunda del Bloque 1 del conjunto edificatorio conocido como Pisos Llano de Santa Ana, calificadas por el Plan General de Ordenación Urbanística (en adelante PGOU) como Zona de Manzana Abierta Intensiva (en adelante AI).

b) Número máximo de viviendas a alquilar: 2 viviendas.

- LOTE 2:

a) Ubicación: Viviendas sitas en la Planta Tercera y Cuarta del Bloque 1 del conjunto edificatorio conocido como Pisos Llano de Santa Ana, calificadas por el PGOU como AI.

b) Número máximo de viviendas a alquilar: 1 vivienda.

- LOTE 3:

a) Ubicación: Viviendas sitas en la Planta Baja, Planta Primera y Planta Segunda del Bloque 2 del conjunto edificatorio conocido como Pisos Llano de Santa Ana, calificadas por el PGOU como AI.

b) Número máximo de viviendas a alquilar: 1 viviendas.

- LOTE 4:

a) Ubicación: Viviendas sitas en la Planta Tercera y Cuarta del Bloque 2 del conjunto edificatorio conocido como Pisos Llano de Santa Ana, calificadas por el PGOU como AI.

b) Número máximo de viviendas a alquilar: 1 vivienda.

- LOTE 5:

a) Ubicación: Viviendas sitas en la Planta Baja, Planta Primera y Planta Segunda del Bloque 3 del conjunto edificatorio conocido como Pisos Llano de Santa Ana, calificadas por el PGOU como AI.

b) Número máximo de viviendas a alquilar: 1 vivienda.

- LOTE 6:

a) Ubicación: Viviendas sitas en la Planta Tercera y Cuarta del Bloque 3 del conjunto edificatorio conocido como Pisos Llano de Santa Ana, calificadas por el PGOU AI.

b) Número máximo de viviendas a alquilar: 1 vivienda.

- LOTE 7:

a) Ubicación: Viviendas sitas entre las Calles Julio Romero y Gran Capitán, que formen parte del conjunto edificatorio conocido como Dragados, calificadas por el PGOU como AI.

b) Número máximo de viviendas a alquilar: 1 vivienda.

- LOTE 8:

a) Ubicación: Viviendas sitas entre las Calles San Eulogio y Calle Borja Pavón, que formen parte del conjunto edificatorio conocido como Dragados, calificadas por el PGOU como AI.

b) Número máximo de viviendas a alquilar: 1 vivienda.

- LOTE 9:

a) Ubicación: Viviendas sitas entre las Calles Abderramán III, Averroes y Plaza María Luisa de la Cruz Pavón, que formen parte del conjunto edificatorio conocido como Dragados, calificadas por el PGOU como AI.

b) Número máximo de viviendas a alquilar: 1 vivienda.

- LOTE 10:

a) Ubicación: Viviendas sitas entre las Calle Lucano y la Calle Amapolas , que formen parte del conjunto edificatorio conocido como Dragados, calificadas por el PGOU como AI.

b) Número máximo de viviendas a alquilar: 2 viviendas.

- LOTE 11:

a) Ubicación: Viviendas sitas entre la Avenida de Madrid, ramal interior denominado Barriada de San Francisco que desemboca en Plaza de San Francisco y Avenida Pío XII, en los Bloques A del conjunto edificatorio conocido como Barriada de San Francisco, calificadas por el PGOU como AI.

b) Número máximo de viviendas a alquilar: 2 viviendas.

- LOTE 12:

a) Ubicación: Viviendas sitas entre la Avenida de Madrid, ramal interior denominado Barriada de San Francisco que desemboca en Plaza de San Francisco y Avenida Pío XII, en los Bloques B el conjunto edificatorio conocido como Barriada de San Francisco, calificadas por el PGOU como AI.

b) Número máximo de viviendas a alquilar: 1 vivienda.

- LOTE 13:

a) Ubicación: Viviendas sitas entre la Avenida Pío XII y el ramal interior denominado Barriada de San Francisco que desemboca en Plaza de San Francisco, en el conjunto edificatorio conocido como Barriada de San Francisco calificadas por el PGOU como AI.

b) Número máximo de viviendas a alquilar: 2 viviendas.

- LOTE 14:

a) Ubicación: Viviendas sitas en el Barrio Eloy Viro, entre las Calles Pablo Casals y Calle Maestro Eloy Viro, que formen parte de Edificaciones calificadas por el PGOU como AI.

b) Número máximo de viviendas a alquilar: 2 viviendas.

- LOTE 15:

a) Ubicación: Viviendas sitas en el Barrio Eloy Viro, entre las Calles Maestro Eloy Viro y Calle Enrique Granados, que formen parte de Edificaciones calificadas por el PGOU como AI.

b) Número máximo de viviendas a alquilar: 1 vivienda.

- LOTE 16:

a) Ubicación: Grupo de Viviendas sitas en Avenida María Auxiliadora comprendidas entre la Calle María Auxiliadora, y la segunda calle sin salida sin nombre, cuyo frente coincide con el límite del SUS/NO-4, que formen parte de Edificaciones calificadas por el PGOU como AI.

b) Número máximo de viviendas a alquilar: 2 viviendas.

- LOTE 17:

a) Ubicación: Grupo de Viviendas sitas en Avenida María Auxiliadora comprendidas entre la segunda calle sin salida sin nombre cuyo frente coincide con el inicio del SUS/NO-3, y la Gasolinera existente en la citada Avenida María Auxiliadora, que formen parte de Edificaciones calificadas por el PGOU como AI.

b) Número máximo de viviendas a alquilar: 1 vivienda.

- LOTE 18:

a) Ubicación: Viviendas sitas en el Barrio de V Centenario, entre las calles Guatemala y Avenida Panamá, que formen parte de Edificaciones calificadas por el PGOU como AI.

b) Número máximo de viviendas a alquilar: 1 vivienda.

- LOTE 19:

a) Ubicación: Viviendas sitas en el Barrio de V Centenario, entre las Avenida Paraguay calle Honduras, que formen parte de Edificaciones calificadas por el PGOU como AI.

b) Número máximo de viviendas a alquilar: 1 vivienda.

- LOTE 20:

a) Ubicación: Viviendas sitas en el Barrio de Goya, entre la Avenida de la Paz y Avenida Vázquez Díaz, que formen parte de Edificaciones calificadas por el PGOU como AI.

b) Número máximo de viviendas a alquilar: 1 vivienda.

- LOTE 21:

a) Ubicación: Viviendas sitas en el Barrio de Goya, entre la Avenida Vázquez Díaz y la Avenida El Greco, que formen parte de Edificaciones calificadas por el PGOU como AI.

b) Número máximo de viviendas a alquilar: 1 vivienda.

3. Tipo de licitación y valor estimado del contrato:

El importe máximo de la renta arrendaticia mensual de cada una de las vivienda que se oferte en cada uno de los lotes, impuestos correspondientes no incluidos, no excederá de 3,5 €/m² de superficie útil, hasta el límite de 300 euros cualquiera que fuera la superficie útil del inmueble. El tipo de licitación podrá ser mejorada a la baja. El precio ofertado no será objeto de actualización.

El valor estimado del contrato asciende a la cantidad de trescientos treinta y siete mil cuarenta euros (337.040 €), para el supuesto de que se oferten y arrienden las veintisiete viviendas máximas. En dicha cantidad está excluido los Impuestos; cantidad que se fija como precio del contrato y tipo de licitación, pudiendo ser mejorado a la baja.

En ningún caso se podrá superar el tipo de licitación por lo que no se admitirán las ofertas al alza.

En el precio que resulte del contrato se considerarán incluidos los demás tribu

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