Boletín nº 36 (23-02-2015)

IV. Junta de Andalucia

Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo
Delegación Territorial en Córdoba

Nº. 850/2015

Convenio o Acuerdo: Saneamientos de Córdoba, SA SADECO (Empresa Municipal)

Expediente: 14/01/0020/2015

Fecha: 02/02/2015

Asunto: Resolución de Inscripción y Publicación

Destinatario: María Teresa Pérez Lidon

Código: 14001042011988

Visto el texto de los Acuerdos adoptados el 15 de enero de 2015, por la Comisión Paritaria del Convenio Colectivo de Saneamientos de Córdoba SA, SADECO (Empresa Municipal) por lo que, entre otros, se aprueban las tablas salariales de 2015, y de conformidad a lo establecido en el artículo 90 del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo, esta Autoridad Laboral, sobre la base de las competencias atribuidas en el Real Decreto 4043/1982, de 29 de diciembre, sobre Traspaso de Funciones y Servicios de la Administración del Estado a la Junta de Andalucía en materia de trabajos, el Decreto de la Presidenta 4/2013, de 9 de septiembre, de la Vicepresidencia y sobre reestructuración de Consejerías, el Decreto 149/2012, de 5 de junio, por el que se aprueba la estructura orgánica de la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo.

ACUERDA

Primero. Ordenar su inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo.

Segundo. Disponer la publicación en el Boletín Oficial de la Provincia.

El Delegado Territorial de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo en Córdoba, José Ignacio Expósito Prats.

ACTA DE LA REUNIÓN CELEBRADA POR LA COMISIÓN PARITARIA EL DÍA 15 DE ENERO DE 2015

En la ciudad de Córdoba, siendo las doce horas del día quince de enero de dos mil quince, en la sede social de la Empresa Municipal Saneamientos de Córdoba, SA, sita en avenida Medina Azahara número 4, se reúne la Comisión Paritaria, con el siguiente orden del día:

1º. Tablas salariales 2015.

2º. Aplicación del descuento extraordinario realizado en el año 2012.

Asisten:

En representación de la parte económica:

Don Antonio Prieto Mahedero, Director Gerente

Don Antonio Delgado Eslava, Director Área Admón. y Serv. Generales

Don Juan Revilla Álvarez, Director Área de Operaciones

Doña Ana Herrador Martínez, Jefa Dpto. Recursos Humanos

En representación de la parte social:

Don Francisco Mérida Sánchez

Doña Sonia Muñoz Ruiz

Don Antonio Rodríguez Barranco

Don Juan A. Grande Alanzabe, invitado

Don Francisco Fernández Gómez, invitado

Don Antonio Porcel López, invitado

Secretaria: Doña Esperanza Rodríguez Navarro

1º. Tablas Salariales 2015

Abierta la reunión por el Director Gerente, cede la palabra al Sr. Delgado Eslava que expone que, en base a lo estipulado en el Convenio Colectivo de SADECO 2012-2015 y en cumplimiento de lo establecido en la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2015, se propone adoptar los siguientes acuerdos:

1) Aprobar las nuevas tablas salariales con un incremento del 3% que, de conformidad con el informe emitido por la Directora de Recursos Humanos, se aplicaría al complemento de transporte, complemento de desplazamiento, quebranto de moneda y complemento de desgaste de ropa.

2) Aportar al Plan de Pensiones de SADECO, de acuerdo a lo establecido en el artículo 20.3 de LPGE 2015, la diferencia positiva, si la hubiera, entre la masa salarial 2014 y la masa salarial 2015, calculadas en los términos establecidos en la referida norma. Dicha retribución resultante se devengaría el 31 de diciembre de 2015 y se abonaría en el mes de enero de 2016.

Se adjuntan las nuevas tablas salariales con la subida del 3% sobre los pluses mencionados. Se acuerda elevarlo al Consejo de Administración para su aprobación si procede.

La parte social no está de acuerdo con la subida propuesta por la empresa por considerarla insuficiente.

Propone, al igual que el año pasado, que la totalidad que supone para cada trabajador o trabajadora el 3% se acumule en uno de los pluses que permite la ley.

Igualmente se recuerda que la empresa se comprometió en la Paritaria de 5 de mayo de 2014 a realizar una oferta de plus de productividad, esa oferta jamás llegó a producirse, por lo que no han podido trasladar nada a la plantilla.

Ya que no hay acuerdo en la subida salarial tal y como propone la parte social, también podría aceptar, para su traslado al personal y por permitirlo la ley, que la subida salarial se produzca con el mismo modelo de retribuciones y objetivos que actualmente recibe el Director-Gerente.

Sobre el plan de pensiones tampoco considera adecuada la propuesta de la empresa y recuerda que nuestro plan de pensiones se creó a partir de los premios extraordinarios y de constancia y por lo tanto deberían aplicarse las aportaciones que correspondan a 2015, al tener una consideración especial y estar motivado.

La parte social no está de acuerdo en ninguna de las propuestas de la empresa.

2º. Aplicación del descuento extraordinario realizado en el año 2012.

La parte económica propone la recuperación, de acuerdo con la Disposición Adicional décima de la LPGE 2015, del 24,04% de la cantidad descontada de las retribuciones 2012 por aplicación del RD-L 20/2012, dicha medida se materializará en nómina específica y se abonará en el mes de enero para el personal activo. Para el personal no activo (jubilación, extinción de contrato, etc.) al que se le realizó el mencionado descuento podrá solicitar su restitución en instancia dirigida a la Empresa y previa su comprobación les será abonado mediante cheque o transferencia según se indique en la solicitud. En caso de que el personal de que se trate hubiera fallecido, la petición deberá formularse por sus herederos conforme a Derecho civil.

Sobre la devolución del descuento extraordinario realizado en 2012, la parte social considera que la cantidad a devolver es insuficiente ya que se ha dicho en diferentes foros que se tendría en cuenta los esfuerzos realizados por los trabajadores y trabajadoras de SADECO y que se devolvería la cantidad máxima disponible. Y sin más asuntos que tratar se levanta la sesión, siendo las doce horas veinticinco minutos del día de su comienzo.

Año 2015. Incremento Salarial 3%   

Artículo 45. Complemento de transporte    

Complemento de transporte: 40,01 euros/mes   

Artículo 46. Complemento de desplazamiento    

Casillas o Colegio La Aduana: 3,66 euros/día.  

Complejo Medioambiental: 4,96 euros/día.  

Dentro casco urbano: 2,10 euros/día.  

Santa Cruz: 8,37 euros/día.     

Artículo 52. Quebranto de moneda    

Cuantía personal que realiza cobros y pagos: 32,88 euros/mes.  

Cuantía personal que gestiona un fondo fijo: 16,43 euros/mes.     

Artículo 53. Complemento de desgaste de ropa  

Personal Administrativo que no recibe ropa de trabajo: 24,66 euros/mes.

TABLA DE SALARIOS EN EUROS PARA EL AÑO 2015

SALARIO BASE, COMPL. TRANSPORTE Y ASISTENCIA, PERSONAL SERVICIOS,

COMPL. PUESTO DE TRABAJO

Categoría

S. Base mes

Trans.

mes

Asistencia

Categoría

Importe mes

Jefe o encargado

1.592,82

40,01

42,75

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