Boletín nº 60 (27-03-2015)

VI. Administración Local

Diputación de Córdoba

Nº. 2.070/2015

El Pleno de esta Excma. Diputación Provincial de Córdoba, en sesión ordinaria celebrada el día 19 de marzo de 2015, aprobó el Programa Anual de Fomento y Colaboración con los Municipios y Entidades Locales Autónomas de la Provincia de Córdoba (Ejercicio 2015). En cumplimiento a lo establecido en el apartado tercero del mencionado acuerdo se publica el contenido íntegro del mencionado programa anual para que las entidades locales participantes puedan formular sus propuestas priorizadas de asistencia económica.

PROGRAMA ANUAL DE FOMENTO Y COLABORACIÓN CON LOS MUNICIPIOS Y ENTIDADES LOCALES AUTÓNOMAS DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA (Ejercicio 2015)

Preámbulo

El plan provincial de fomento y colaboración de la Diputación de Córdoba con los municipios y entidades locales autónomas, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 3 de la Ordenanza reguladora de fomento y colaboración de la Diputación de Córdoba, en adelante normativa provincial, publicada en el Boletín Oficial de la Provincia número 11, de 18 de enero de 2012, se desarrollará mediante Programas anuales que quedarán recogidos en Convenios específicos de fomento y colaboración, a suscribir entre la Diputación y cada Ayuntamiento/Entidad Local Autónoma destinataria, en adelante entidad local beneficiaria, y que incluirán en su caso, los ámbitos de colaboración y financiación para la realización de inversiones, actividades y servicios que satisfagan necesidades y aspiraciones de la comunidad vecinal, en los términos de la legislación del Estado y de las Comunidades Autónomas para asegurar la prestación integral y adecuada de las competencias propias municipales en la totalidad del territorio provincial.

La aprobación del programa correspondiente al ejercicio 2015, que en el presente ejercicio incluye además las cantidades destinadas en años anteriores al Plan Provincial de Cooperación Económica para la realización de Obras y Servicios Municipales, con el fin de mejorar la eficacia del mismo, queda regulado en la presente convocatoria de propuestas priorizadas, según las disposiciones que se acompañan, y en todo caso a lo establecido en la normativa provincial de referencia.

Primera. Objeto

La presente convocatoria tiene por objeto regular el régimen y procedimiento aplicable para el programa anual de fomento y colaboración con los Municipios y Entidades Locales Autónomas de la provincia de Córdoba, que permitirá desde el 1 de enero al 31 de diciembre de 2015, la asistencia económica en la realización de inversiones, actividades y servicios de competencia propia municipal, ejecutadas por la Diputación o por las entidades locales beneficiarias.

No podrán ser destinatarios de este programa, aquellas entidades en quienes concurran algunas de las circunstancias señaladas en el artículo 4 de la normativa provincial.

Segunda. Ámbito de Aplicación

El programa anual de fomento y colaboración de 2015, continuará creando un espacio de trabajo común en el territorio, que de acuerdo a la información recabada de los Ayuntamientos en ejercicios anteriores y a las orientaciones establecidas en el Plan Estratégico de la Provincia de Córdoba 2011-2020, pretende impulsar el equilibrio y la vertebración territorial de la provincia mediante políticas que mejoren la calidad de vida de los ciudadanos en estrecha colaboración con las iniciativas municipales, apostando por la calidad de los servicios públicos, la inversión en infraestructuras y la incorporación a las tecnologías de la información y el conocimiento, de manera que se consolide un mejor uso de los recursos propios y la atracción de nuevas actividades económicas a una sociedad participativa, dinámica, comprometida con lo propio y con un futuro respetuoso con la naturaleza, con procedimientos de elaboración que se regirán por los principios de transparencia y publicidad de las distintas actuaciones, informes y alegaciones municipales y provinciales.

Tercera. Ámbitos de Colaboración y Financiación

A partir del objetivo definido en la disposición anterior, la Diputación Provincial de Córdoba y las entidades locales beneficiarias, trabajarán en políticas públicas con ámbitos competenciales de colaboración y financiación integrados y orientados a dotar a los pueblos y ciudades de la Provincia, especialmente a los de menor población, capacidad económica y de gestión, de instrumentos que garanticen el ejercicio íntegro de las competencias propias en las siguientes materias:

Ámbitos competenciales propios de colaboración:

Políticas y programas de gastos susceptibles de asistencia económica

A)

B)

C)

1

Seguridad y Movilidad Ciudadana

  1. Admón. general de la seguridad y protección civil. Gasto corriente.

25.2 f)

9.14

130

  1. Admón. general de la seguridad y protección civil. Gasto capital.

  1. Segur. y Orden Púb. Gasto corriente.

132

  1. Segur..y Orden Púb. Gasto capital.

  1. Ordenación del tráfico y del estacionamiento. Gasto corriente.

133

  1. Ordenación del tráfico y del estacionamiento. Gasto capital.

  1. Movilidad Urbana. Gasto corriente.

134

  1. Movilidad Urbana. Gasto capital.

  1. Protección Civil. Gasto corriente.

135

  1. Protección Civil. Gasto capital.

2

Vivienda y Urbanismo

  1. Admón. General de Vivienda y Urbanismo. Gasto corrient

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