Boletín nº 117 (22-06-2023)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Córdoba

Nº. 2.686/2023

Con fecha 19 de junio de 2023, se ha dictado por esta Alcaldía el Decreto nº 2023/8387, del tenor literal siguiente:

"DECRETO

Entre las funciones del Alcalde que se determinan para los municipios del Título X de la Ley 7/1985, el artículo 124.4.k) dispone la de establecer la organización y estructura de la Administración municipal ejecutiva, sin perjuicio de las competencias atribuidas al Pleno en materia de organización municipal, de acuerdo con lo dispuesto en el párrafo c) del apartado 1 del artículo 123.

Por su parte, el vigente Reglamento Orgánico General del Ayuntamiento de Córdoba, prescribe en el artículo 174.1 que para ejercer la función directiva de las distintas Áreas de Gobierno podrán existir uno o más Coordinadores Generales.

La determinación de su número y denominación, señala este artículo 174.1, corresponde a la Alcaldía.

En consecuencia, en virtud de las disposiciones mencionadas y en ejercicio de la potestad de autoorganización que corresponde en todo caso al municipio por el artículo 4. de la citada Ley 7/1985, DISPONGO:

PRIMERO. Modificar la Coordinación General de Cultura y Patrimonio Histórico que pasa a denominarse Coordinación General de Políticas Culturales con las siguientes características:

La Coordinación General de Políticas Culturales depende directamente de la Alcaldía Presidencia del Ayuntamiento de Córdoba. Bajo la dirección superior de la Coordinación General de Políticas Culturales se encuadra cualquier actividad que en materia de cultura sea realizada por las distintas Delegaciones del Ayuntamiento de Córdoba y sus Organismos Autónomos. Ello conlleva la posibilidad de dictar instrucciones y circulares, establecer directrices, dirigir planes estratégicos de actuaciones que impliquen a varias delegaciones o entidades dependientes o adscritas así como establecer las prioridades de la política presupuestaria en materia de infraestructuras, actividades y subvenciones culturales.

Funcionalmente dicha Coordinación General de Políticas Culturales se adscribe a la Delegación de Cultura ejerciendo la dirección superior dentro de la Delegación de Cultura y Patrimonio Histórico. Bajo dicha dirección superior está el órgano directivo municipal Dirección General de Cultura y Patrimonio Histórico. Dependiendo de dichos órganos se encuentran el Departamento de Gestión Cultural, Departamento de Bibliotecas, Departamento de Gestión Documental y Archivos y Departamento de Museos.

Dependiendo de la Coordinación General de Políticas Culturales y de la Dirección General de Cultura y Patrimonio Histórico está la Subdirección General de Cultura y Patrimonio Histórico asumiendo las funciones específicas que por las citadas Coordinación y Dirección General le sean asignadas.

La Alcaldía Presidencia, a quien corresponde la Presidencia de la Junta General del Consorcio Orquesta de Córdoba con arreglo a lo establecido en el artículo 14 de sus Estatutos, delega dicha Presidencia en la personal titular de la Coordinación General de Políticas Culturales con arreglo a lo establecido en el artículo 124.5 de la Ley 7/1985 reguladora de las Bases de Régimen Local.

SEGUNDO. Modificar en el sentido expresado en el apartado anterior el Decreto 3987/2020, de 9 de julio, por el que se aprueba el Organigrama Municipal.

TERCERO. La modificación de la citada Coordinación General de Cultura y Patrimonio Histórico surte efecto desde el día siguiente al cese de la persona que desempeña la Coordinación General modificada.

CUARTO. Dar traslado del presente Decreto a la persona titular de la citada Coordinación General, a la Delegación de Recursos Humanos y Salud Laboral y al Pleno y publíquese en el Boletín Oficial de la Provincia y en el Portal de Transparencia del Ayuntamiento de Córdoba.

Córdoba, 20 de junio de 2023. Firmado electrónicamente por el Alcalde, José María Bellido Roche.

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