Boletín nº 6 (09-01-2024)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Priego de Córdoba

Nº. 5.676/2023

Mediante el presente se hacen públicas las bases por las que se rige la convocatoria y el proceso de selección para cubrir una plaza de Técnico/a Superior de Hacienda, Escala de Administración General, subescala técnica, subgrupo A1 de funcionario de carrera, por promoción interna, por el sistema de concurso-oposición, aprobadas por Junta de Gobierno de Local de esta Corporación, con fecha veintiocho de diciembre de dos mil veintitrés:

BASES PARA SELECCIÓN DE UNA PLAZA DE TÉCNICO/A SUPERIOR DE HACIENDA DEL AYUNTAMIENTO DE PRIEGO DE CÓRDOBA, ESCALA ADMINISTRACIÓN GENERAL, SUBESCALA TÉCNICA, SUBGRUPO A1, POR EL SISTEMA DE CONCURSO-OPOSICIÓN, POR PROMOCIÓN INTERNA, CORRESPONDIENTE A LA OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO DE 2023.

PRIMERA. Objeto de la Convocatoria

Es objeto de las presentes bases la provisión en propiedad de una plaza de Técnica Superior de Hacienda, Escala de Administración General, subescala técnica, subgrupo A1 de funcionario de carrera, por promoción interna, por el sistema de concurso-oposición, incluida en la Oferta Pública de Empleo correspondiente al año 2023, aprobada por acuerdo de Junta de Gobierno Local, de 10 agosto de 2023, publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba nº 156, de fecha 17 de agosto de 2023, cuyas características son:

-Grupo: A; Subgrupo: A1; Escala: Administración General; Subescala: Técnica; Subgrupo A1; Número de vacantes: 1.

La plaza referida está adscrita al servicio de intervención dentro del Área de Hacienda del Excmo. Ayuntamiento de Priego de Córdoba conteniendo las siguientes funciones:

FUNCIONES GENÉRICAS

Ejecutar y coordinar los trabajos de la unidad administrativa, así como:

-Funciones de estudio, asesoramiento y propuesta de carácter superior.

-Directa realización de actividades para las que capacita específicamente el título exigido para el desempeño de este puesto de trabajo en relación con las funciones encomendadas por la legislación vigente respecto de la Gestión presupuestaria, Contabilidad, control presupuestario del Ayuntamiento, establecimiento, gestión, recaudación e inspección de tributos y demás recursos de la Hacienda Local.

-Contratación Administrativa.

Funciones comunes a todos los puestos de trabajo:

-Realizar cuantas funciones se requieran y estén relacionadas con el desempeño de su puesto de trabajo, de acuerdo a la normativa, reglamentos u ordenanzas, e instrucciones recibidas de su superior inmediato para que la corporación pueda prestar eficaz y eficientemente los servicios públicos que le competen con el objetivo de responder a los intereses generales de la comunidad local.

-Efectuar propuestas de mejora a sus superiores en relación a sus sistemas y procesos de trabajo.

-Formarse en aquellas materias relacionadas con sus competencias y nuevas tecnologías de la información y comunicación para desempeñar su puesto de trabajo con mayor eficacia.

-Adaptarse a lo largo de la carrera profesional a los cambios que puedan surgir de la propia dinámica técnica, procedimental o normativa y las necesidades de la propia Administración dentro de las que le son propias, por lo que se considera como tarea fundamental del puesto la disponibilidad y apertura a formación y aceptación de nuevas formas de gestión.

-Cumplir con las normas de salud e higiene laboral y prevención de riesgos.

-Realizar aquellas funciones de corte análogo o similar categorías relacionadas con el desempeño de su puesto que le sean encomendadas para contribuir al buen funcionamiento del Departamento al que pertenece y, en general, de la Corporación.

-Seguimiento e impulso de la tramitación administrativa de los expedientes que tenga encomendados por razón de su competencia, con responsabilidad y competencia organizativa y coordinadora, conforme a las instrucciones del superior jerárquico, sobre el personal de grupos funcionariales o profesionales para los que se exija inferior titulación relacionados organizadamente con el puesto de trabajo que desempeñe.

-Conocimiento básico y funcional de la administración electrónica y de uso de los instrumentos técnicos y telemáticos de los que se dote su puesto de trabajo, con obligación de actualización de conocimientos que permitan su uso efectivo y eficiente.

-Manejo de plataformas telemáticas para la gestión pública comúnmente usados por el Ayuntamiento para el tratamiento de la información, tales como plataformas y registros, ficheros y plataformas de información o remisión de datos, correo electrónico, etc.

FUNCIONES ESPECÍFICAS:

-Contabilización de los ingresos municipales en todas sus fases (padrones, liquidación o autoliquidación, recaudación, etc.), así como de los expedientes de devolución de ingresos indebidos.

-Contabilización de todas las fases del procedimiento del gasto, de conformidad con lo establecido en las bases de ejecución del presupuesto y la normativa contable pública.

-Contabilización de operaciones (gastos e ingresos) derivadas de conceptos no presupuestarios (IVA, IRPF, fianzas, etc.).

-Apertura y cierre del presupuesto municipal, así como los expedientes relativos a sus modificaciones (trasferencias, suplemento de crédito, crédito extraordinario, generación de crédito,&).

-Estudiar y seguir desviaciones y control del gasto público, así como cumplimentación de estadísticas e informes solicitados por otras Administraciones Públicas en relación al Presupuesto.

-Realizar la contabilización y control de los anticipos de Caja Fija y Pagos a justificar.

-Realizar el control de los proyectos de gastos con financiación afectada, así como sus desviaciones de financiación.

-Llevar los libros oficiales de contabilidad, estados presupuestarios y estadísticas para organismos públicos (Tribunal de Cuentas, Hacienda Pública, etc).

-Formar la liquidación y cuenta general de la entidad local, las memorias correspondientes, los estados integrados y consolidados y la documentación complementaria que, una vez aprobada por el Pleno se rendirá al Tribunal de Cuentas.

-Registrar facturas de proveedores y certificaciones de obras o servicios, altas de terceros e información a proveedores.

-Tramitar los expedientes de reconocimiento extrajudicial de créditos.

-Tramitar y elaborar pliego de condiciones en relación a la contratación administrativa.

-Sustitución del Interventor/a por ausencia, vacaciones, enfermedad.

-Cualquier otra tarea de similar naturaleza que le sea encomendada por su superior jerárquico, así como las que puedan serle atribuidas por éste, eventual y temporalmente, para suplir la vacante, ausencia o enfermedad de otro personal del servicio

El sistema selectivo elegido es el de concurso-oposición, turno de promoción interna.

SEGUNDO. Condiciones de Admisión de Aspirantes

Para poder tomar parte en la realización de las pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir, en la fecha en que concluya el plazo de presentación de instancias, los siguientes requisitos (art. 56 TREBEP):

a) Tener la nacionalidad española o cumplir los requisitos establecidos en el artículo 57 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, en el supuesto de acceso al empleo público de nacionales de otros estados.

b) Ser funcionario de carrera del Excelentísimo Ayuntamiento de Priego de Córdoba y tener una antigüedad de, al menos, dos años de servicio activo en el subgrupo A2 como establece el artículo 18 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre

c) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.

d) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa. Solo por ley podrá establecerse otra edad máxima, distinta de la edad de jubilación forzosa, para el acceso al empleo público.

e) No haber sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado/a o inhabilitado/a. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado/a o en situación equivalente ni haber sido sometido/a a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.

f) No estar incurso en ninguno de los casos de incapacidad ni incompatibilidad establecidos en las disposiciones vigentes.

g) Estar en posesión del título de Licenciado/a Universitario/a, título de Grado o equivalente, o en condiciones de obtenerl

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