Boletín nº 10 (15-01-2024)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Posadas

Nº. 101/2024

Por Resolución de Alcaldía, de 11 de enero de 2024, han sido aprobadas las bases y la convocatoria del procedimiento de selección de un funcionario/a interino/a por programas y con carácter de urgencia, por el sistema de concurso, de 1 puesto de Orientador/a de Inserción Laboral para la ejecución del Programa de Proyectos Integrales para la Inserción Laboral, del Excmo. Ayuntamiento de Posadas, al amparo de la resolución de 31 de octubre de 2023, de la Dirección General del servicio Andaluz de Empleo, por la que se efectúa la convocatoria para el ejercicio 2023 de las subvenciones reguladas en la orden de 29 de septiembre de 2023, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas del citado programa, cuyo texto se transcribe a continuación:

BASES REGULADORAS DEL PROCESO DE SELECCIÓN DE UN/A ORIENTADOR/A DE INSERCIÓN LABORAL, FUNCIONARIO INTERINO POR PROGRAMAS, PARA EL PROGRAMA DE PROYECTOS INTEGRALES PARA LA INSERCIÓN LABORAL DEL AYUNTAMIENTO DE POSADAS.

PRIMERA. OBJETO DE LA CONVOCATORIA

El objeto de la presente convocatoria es la selección de un funcionario/a interino/a por programas y con carácter de urgencia, por el sistema de concurso, de 1 puesto de Orientador/a de Inserción Laboral para la ejecución del Programa de Proyectos Integrales para la Inserción Laboral, del Excmo. Ayuntamiento de Posadas, al amparo de la Resolución de 31 de octubre de 2023, de la Dirección General del servicio Andaluz de Empleo, por la que se efectúa la convocatoria para el ejercicio 2023, de las subvenciones reguladas en la orden de 29 de septiembre de 2023, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas del citado programa.

Esta actividad se configura con el objetivo de promover la inserción laboral, a través del desarrollo de Proyectos Integrales de personas pertenecientes a colectivos vulnerables. Los proyectos integrales se compondrán de acciones para la atención, entre las que se incluirán las actuaciones de orientación laboral y las de formación, y acciones para la inserción que contemplan las actuaciones de orientación para el empleo y las de prospección en el mercado de trabajo.

La presente convocatoria está sometida a los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad que ordenan el acceso al empleo público.

Asimismo, el proceso selectivo será mediante el sistema de concurso, que se tramitará con carácter de urgencia, pudiéndose reducir los plazos de tramitación y gestión del procedimiento con motivo de la urgencia y la excepcionalidad de la situación, considerando la proximidad del inicio de la ejecución del programa y la necesidad urgente de proceder a la contratación para cumplir los plazos marcados por la subvención, así como la existencia de un gran número de procesos selectivos llevados a cabo por este Ayuntamiento, siéndole de aplicación las presentes bases.

La urgencia viene justificada en la necesidad de seleccionar al personal técnico, a la mayor brevedad posible, para cumplir con los plazos marcados en la convocatoria, con motivo de que a nivel regional el inicio de la ejecución del programa comenzó el 26 de diciembre de 2023, y la fecha límite para la incorporación del personal técnico, es el 6 de febrero de 2024.

Por último, de conformidad con el artículo 45.1.a) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se fija como medio de comunicación a las personas interesadas de los actos, acuerdos y resoluciones integrantes de este procedimiento selectivo, la exposición en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento de Posadas, sito en Plaza del Ayuntamiento, número 1, de esta localidad. Asimismo, se podrá obtener información en relación con estas bases, su convocatoria y cuantos actos administrativos se deriven de ella y de las actuaciones del Tribunal, en la página web del Ayuntamiento de Posadas www.posadas.es (Sede Electrónica/Tablón de Edictos).

SEGUNDA. NORMATIVA APLICABLE

El proceso selectivo se sujetará, además de las presentes Bases, a lo regulado en las siguientes normas jurídicas:

-Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.

-RD Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.

-Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local.

-Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las Disposiciones vigentes en materia de Régimen Local.

-Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública.

-Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

-Resolución de 31 de octubre de 2023, de la Dirección General del servicio Andaluz de Empleo, por la que se efectúa la convocatoria para el ejercicio 2023.

-Orden de 29 de septiembre de 2023, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas del citado programa

-Otras disposiciones que sean de aplicación.

TERCERA. CARACTERÍSTICAS DEL PUESTO OFERTADO

1. Número de plazas: 1.

2. Denominación del puesto: Orientador/a de Inserción Laboral para el Programa de Proyectos Integrales para la Inserción Laboral.

3. Tipo de contrato: La persona seleccionada será contratada mediante un contrato como funcionario/a interino/a por programas de conformidad con la normativa vigente en el momento de formalizar el mismo (Artículo 10.1 c) TREBEP), grupo A2.

4. Vigencia del contrato: El inicio y finalización del contrato será desde el nombramiento del funcionario hasta la fecha de finalización del programa.

5. Jornada laboral: Jornada completa. La jornada laboral se desarrollará en función de las necesidades organizativas de la entidad, preferentemente en horario de mañana de lunes a viernes.

6. Programa formativo del proyecto: Proyectos Integrales de personas pertenecientes a colectivos vulnerables. Los proyectos integrales se compondrán de acciones para la atención, entre las que se incluirán las actuaciones de orientación laboral y las de formación, y acciones para la inserción que contemplan las actuaciones de orientación para el empleo y las de prospección en el mercado de trabajo.

CUARTA. FUNCIONES DEL PUESTO

La persona titular de esta plaza le corresponderá llevar a cabo los Proyectos Integrales que se compondrán de acciones para la atención, entre las que se incluirán las actuaciones de orientación laboral y las de formación, y acciones para la inserción que contemplan las actuaciones de orientación para el empleo y las de prospección en el mercado de trabajo, conforme a lo establecido en las bases que regulan la convocatoria para el ejercicio 2023, de las subvenciones reguladas en la Orden de 29 de septiembre de 2023, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas, en régimen de concurrencia no competitiva, del Programa de Proyectos Integrales para la Inserción Laboral.

QUINTA. REQUISITOS DE ASPIRANTES

Para poder participar en el proceso selectivo será necesario reunir los siguientes requisitos:

a) Tener nacionalidad española o reunir alguno de los requisitos establecidos en el artículo 57 del Estatuto Básico del Empleado Público para el acceso al empleo público de nacionales de otros Estados.

b) Ser mayor de 16 años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.

c) No padecer enfermedad o discapacidad física que le impida el normal ejercicio de la función.

d) Estar en posesión de una Titulación Universitaria, preferentemente, en las áreas de Psicología, Pedagogía, Psicopedagogía, Ciencias Políticas, Sociología, Ciencias del Trabajo, Educación Social, Relaciones Laborales y Recursos Humanos, Relaciones Laborales y Graduado Social, Derecho, Economía, Administración y Dirección de Empresas y Ciencias Empresariales.

e) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.

f) No ejercer ninguna actividad incompatible, de conformidad con lo establecido en la normativa de incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas.

g) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.

h) Acreditar el abono en concepto de tasa por concurrencia por participación en procesos de selección de personal, de acuerdo con la tarifa aprobad

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